Informe final n° 722-2016 Municipalidad de tocopilla - auditoria auditoría al gasto en periodo electoral - uso de bienes - vehículos - rrhh - recursos físicos y financieros - octubre 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 840030428

Informe final n° 722-2016 Municipalidad de tocopilla - auditoria auditoría al gasto en periodo electoral - uso de bienes - vehículos - rrhh - recursos físicos y financieros - octubre 2016

Fecha11 Octubre 2016
Número de informe722/2016
EmisorRegional Antofagasta

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto efectuar un examen de las cuentas de gastos asociados a los subtítulos/cuentas 21 Gastos en personal; 22 Bienes y Servicios de Consumo; y 24 Transferencias Corrientes, con el objeto de constatar la veracidad y fidelidad de aquellas, registro contable, y documentación de respaldo, además de verificar el correcto uso de bienes, vehículos y recursos humanos y físicos municipales para el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2016, en la Municipalidad de Tocopilla.

Adicionalmente, se revisó el cumplimiento de las instrucciones impartidas sobre elecciones municipales 2016, contenidas en el oficio N° 8.600, de igual año, de este Organismo de Control.

La finalidad de la revisión fue determinar si las transacciones cumplieron con las disposiciones legales y reglamentarias; se encontraban debidamente documentadas; sus cálculos eran exactos y estaban adecuadamente registradas. Todo lo anterior, en concordancia con la referida ley N° 10.336.

Adicional al examen en referencia, se incluyó la denuncia realizada ante este Organismo de Control por don José Muñoz Quezada, relativa al uso indebido del vehículo municipal, camioneta Nissan, doble cabina, de color rojo, placa patente UC-2741.
CONCLUSIONES Se constató la incorporación en forma reiterada de la imagen del Alcalde de la Municipalidad de Tocopilla, en la publicidad realizada por la entidad para informar sobre las actividades municipales, principalmente en las redes sociales del municipio, tales como: el Twitter www.imtocopilla.cl/municipalidad/. Al respecto, corresponde que el municipio, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en dichas conductas, por cuanto su reincidencia puede implicar una vulneración a las normas relativas al empleo de recursos del organismo de que se trata, en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales, conforme a lo manifestado en los oficios Nos 8.600 y 69.300, ambos de 2016, de este origen, lo que será verificado en futuras fiscalizaciones.

Se representó un desembolso equivalente a $ 691.569, por la adquisición de 1.000 calendarios que consignaron la imagen del Alcalde de esa comuna en diversas situaciones, tales como actividad con vecinos, participación en reuniones, celebración de navidad, partidos de fútbol, entre otros. Por lo anterior, la municipalidad deberá arbitrar las medidas que resulten procedentes para lograr el reintegro de la señalada cifra. En caso contrario esta Entidad de Control
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