Informe final n° 368-18 Municipalidad de san pedro de atacama sobre auditoría al proceso de formulación, ejecución y control presupuestario y financiero - octubre 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840027796

Informe final n° 368-18 Municipalidad de san pedro de atacama sobre auditoría al proceso de formulación, ejecución y control presupuestario y financiero - octubre 2018

Fecha16 Octubre 2018
Número de informe368/2018
EmisorRegional Antofagasta

OBJETIVO La auditoría tuvo por objeto verificar que el proceso de formulación, ejecución y control presupuestario del municipio fue realizado de manera eficiente y eficaz, conforme la normativa que regula la materia, manteniendo el equilibrio financiero acorde a las normas contables vigentes, para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016. Además, tuvo por finalidad el examen de algunos rubros o partidas del balance, para comprobar la razonabilidad e integridad de los mismos y la acreditación y legalidad de las erogaciones efectuadas entre los periodos 2016 y 2017. Asimismo, atender una denuncia sobre presunto abandono de funciones por parte del Alcalde de la Municipalidad de San Pedro de Atacama, por no haber concurrido a dependencias municipales -sin justificación aparente- entre los días 24 al 29 de agosto de 2017.
CONCLUSIONES Se constató que la Municipalidad de San Pedro de Atacama pagó $2.000.000 a un profesional contratado a honorarios, para la elaboración de las conciliaciones bancarias de todas las cuentas corrientes que mantiene el área de gestión municipal, para el periodo comprendido entre los meses de octubre de 2015 a octubre de 2016, determinándose errores en la metodología utilizada en la confección de los procedimientos conciliatorios, además de la falta de supervisión y de revisión del trabajo entregado por el servidor, que permitiera acreditar el buen cumplimiento de las tareas contratadas. Por consiguiente, esta Contraloría Regional formulará el reparo respectivo por la suma desembolsada, de acuerdo con los artículos 95 y siguientes de la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
Respecto de lo indicado en el punto anterior, esta Contraloría Regional incoará un sumario administrativo en ese organismo comunal, para investigar eventuales responsabilidades administrativas derivadas de dicha situación y de otras irregularidades detectadas, tales como la existencia de desfases de hasta ochenta y ocho (88) días corridos en el depósito de recaudaciones por parte de la Tesorera Municipal, con el riesgo que ello conlleva; la realización de modificaciones en el presupuesto del ente edilicio, distintas a las aprobadas por el Concejo Municipal; el incumplimiento del principio del devengado en el reconocimiento contable de las obligaciones y derechos del municipio; la ausencia de registros contables y falta de gestión de cobranza de subsidios por incapacidad laboral; la falta de fundamentación verificada en la contratación de capacitaciones mediante la modalidad de trato directo; la falta de registros contables que reconozcan los ingresos por percibir, de gestiones de cobranza de derechos adeudados por terceros y de análisis sobre las deudas que estarían prescritas.
Respecto
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