Informe final n° 265-17 sobre auditoría a los ingresos de operación y control de medicamentos en el hospital san pedro de los vilos-mayo 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840314312

Informe final n° 265-17 sobre auditoría a los ingresos de operación y control de medicamentos en el hospital san pedro de los vilos-mayo 2017

Fecha11 Mayo 2017
Número de informe265/2017
EmisorRegional Coquimbo

OBJETIVO La fiscalización tiene por objeto practicar una auditoría a la correcta percepción y cálculo de los ingresos y mecanismos de control en la administración de medicamentos, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
La finalidad de la revisión es determinar si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias, se encuentran debidamente documentadas, sus cálculos son exactos y están adecuadamente registradas, todo lo anterior, en concordancia con la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
CONCLUSIONES • Se evidenció que la entidad no aplica procedimientos de cobro a instituciones privadas y/o públicas, razón por la cual esa entidad habrá de remitir en un plazo no superior a 60 días hábiles, la documentación que acredite la acción de cobranza, lo que será verificado en una próxima visita de seguimiento.
• Se constató la falta de análisis en cuentas contables N°s. 11507 “Ingresos de Operación”, 11508 “Otros ingresos corrientes” y 11512 “Recuperación de préstamos”, razón por lo cual, el hospital deberá adoptar las medidas referente a crear los análisis de cuentas respectivos, con el fin de dar cumplimiento a lo señalado en la aludida resolución N° 16, remitiendo documentación que acredite tal acción, en un plazo no superior a 60 días hábiles, aspecto que será revisado por la Unidad de Seguimiento de esta Sede Regional.
• Se evidenciaron deficiencias en el control de pagarés, por lo que servicio deberá dar cumplimiento a las acciones informadas –implementación de un sistema de control de pagarés y cumplimiento a las instrucciones emitidas por la Subdirección Administrativa– las que obligatoriamente deberán ser verificadas en una próxima visita de fiscalización.
• Se determinó que ese servicio carece de la formalización de manual de bodegas y organigrama institucional, razón por la cual esa entidad deberá de
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