Informe final n° 257-18 en la Municipalidad de pica sobre auditoria al macroproceso de adquisiciones y abastecimiento - junio 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840024901

Informe final n° 257-18 en la Municipalidad de pica sobre auditoria al macroproceso de adquisiciones y abastecimiento - junio 2018

Fecha01 Junio 2018
Número de informe257/2018
EmisorRegional Tarapacá

OBJETIVO

Realizar una auditoría al macroproceso de adquisición y abastecimiento, ejecutado por la Municipalidad de Pica mediante las distintas modalidades que permite la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento aprobado por el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.

CONCLUSIONES

Se advirtieron incumplimientos a la normativa de compras públicas, la ley N° 19.886, y su reglamento el decreto N° 250, en las adquisiciones de bienes y servicios realizadas mediante propuesta pública y tratos directos por la Municipalidad de Pica, tales como: 1) Falta de ponderación por parte de la comisión evaluadora en criterio de experiencia, y antecedentes de las ofertas no evaluados por una comisión; garantías de seriedad de las ofertas y fiel cumplimiento del contrato, constituidas por un monto y/o plazo no acorde a las bases, lo que afectó el principio de estricta sujeción a las bases; 2) falta de mecanismo en las bases para realizar el cálculo del criterio “Calidad Técnica de los Bienes”; y la no exigencia de la declaración jurada de parentesco por parte de los oferentes; 3) falta de fundamentación efectiva y concluyente de los motivos que justifican la procedencia de concurrir a la contratación por trato o contratación directa. De lo anterior, se concluyó que la entidad comunal debe iniciar un proceso sumarial a fin de establecer las eventuales responsabilidades administrativas del o los funcionarios a los que les correspondía velar por el cumplimiento de la normativa vulnerada en los casos analizados.

Por otra parte, se observó la falta de antecedentes documentales que acrediten el fundamento del otorgamiento de la subvención otorgada mediante el decreto de pago N° 2.426, de 19 de diciembre de 2017, por la suma de $ 27.000.000 a la Agrupación de Damas Solidarias RUT N° 65.637.310-5, con la finalidad de solventar gastos derivados del programa comunal de celebración fiesta de fin de año, como así también no se acreditó el sector, hora, día, lugar, personas asistentes y distribución de los bienes adquiridos con dichos recursos. De lo cual, la entidad comunal debe aportar dicha evidencia, o en su defecto, esta Entidad de Control procederá a formular el reparo del gasto en cuestión a fin de que se resarza el...

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