Informe final n° 225-2022 - corporacion municipal de deportes y recreacion de padre hurtado - sobre auditoria a los ingresos y gastos - agosto 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 909052754

Informe final n° 225-2022 - corporacion municipal de deportes y recreacion de padre hurtado - sobre auditoria a los ingresos y gastos - agosto 2022

Fecha08 Agosto 2022
Número de informe225/2022
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

Efectuar una auditoría y examen de cuentas a los ingresos obtenidos por la citada entidad privada, por concepto de subvención municipal, y a los gastos incurridos, verificando el correcto uso e inversión de éstos y la aplicación y rendición de los recursos involucrados, la autenticidad de la documentación de respaldo y la exactitud de las operaciones aritméticas, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

CONCLUSIONES

Principales resultados:
- De la revisión de los expedientes de rendición de cuentas se determinó que la mencionada corporación municipal utilizó los recursos obtenidos a título de subvención en los fines dispuestos en el convenio suscrito con la Municipalidad de Padre Hurtado, no determinándose objeciones que formular.
- Se constató que la corporación municipal no cuenta con un sistema de contabilidad que le permita registrar sistemáticamente la información asociada a los ingresos y gastos de esa entidad, como tampoco obtener reportes contables o estados financieros.
Esa entidad deberá acreditar la implementación de un sistema de contabilidad íntegro y seguro, que le permita el registro de sus operaciones, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 557-1 del Código Civil, y a las instrucciones contables de
este Organismo de Control, establecidas en el oficio N° 10.711, de 2015; como asimismo, a los artículos 33, letra f); 36 y, 39, de los estatutos de dicha entidad, respecto de lo cual deberá informar en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la
recepción del presente informe.
- Se determinó que las conciliaciones bancarias de la cuenta corriente en la que se administran los recursos provenientes de la subvención municipal no resultaban útiles como herramienta de control, toda vez que utilizaban solo los datos de la cartola
bancaria, hecho que se opone a lo dispuesto en la letra d) del artículo 33 de los estatutos corporativos.
Esa corporación municipal de deportes deberá, en lo sucesivo, elaborar las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes que administre considerando los atributos que le permitan cumplir con el objetivo de esa metodología de control, esto
es, los datos contables y los bancarios, en orden a ajustarse a las disposiciones establecidas en la letra d) del artículo 33 de los estatutos de la corporación, en el sentido de controlar y disponer de los fondos de esa entidad, tanto por el presidente
como el tesorero de dicha entidad.
- Se verificó que las...

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