INFORME FINAL N° 15, DE 2010, SOBRE AUDITORíA DE TRANSACCIONES AL MACROPROCESO DE FINANZAS EN LA MUNICIPALIDAD DE CERRILLOS. - Doctrina Administrativa - VLEX 565314606

INFORME FINAL N° 15, DE 2010, SOBRE AUDITORíA DE TRANSACCIONES AL MACROPROCESO DE FINANZAS EN LA MUNICIPALIDAD DE CERRILLOS.

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2010
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE CERRILLOS 
Número de informe15/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que:

  1. - En relación al capítulo 1, sobre evaluación de control interno y, en particular, la ausencia de capacitación en materia de probidad administrativa, corresponde que el municipio adopte las medidas correctivas tendientes a regularizar las debilidades advertidas en la función de control, orientadas a que el personal municipal sea capacitado, asimismo, ponderar el levantamiento de una matriz de riesgos, con el fin de detectar y mitigar los potenciales riesgos de los procesos internos. (V. letras e) y h)). Sobre lo observado en la letra i), sobre sistema de información, deberán arbitrarse las medidas tendientes a solucionar la observación relativa a la contratación directa, observando en lo sucesivo cabalmente la ley N° 19.886 Ysu reglamento.

  2. - En lo que se refiere al capítulo 111, sobre análisis financiero, numeral 2.1., cheques girados y no cobrados, esa entidad comunal deberá dar estricto cumplimiento a la normativa contable contenida en el oficio circular C.G.R. N° 36.640, de 2007, en orden a aplicar, en los casos que corresponda, el ajuste por vencimiento del plazo legal de cobro. En relación a lo observado en el numeral 2.2. del mismo capítulo, documentos protestados, esa autoridad comunal deberá aplicar el artículo 66 de la ley N° 3.063, de rentas municipales.

  3. - En lo que concierne al capítulo IV, sobre examen de cuentas, numerales 2.2., diferencias en cobros por consumo de energía eléctrica, y 2.3., cobro de intereses por mora en pago de servicio, esa entidad comunal deberá arbitrar las medidas que correspondan ante las...

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