INFORME FINAL N° 12, DE 2010, SOBRE AUDITORÍA AL MACROPROCESO DE DESARROLLO COMUNITARIO EFECTUADA EN LA MUNICIPALIDAD DE LAMPA. - Doctrina Administrativa - VLEX 565308386

INFORME FINAL N° 12, DE 2010, SOBRE AUDITORÍA AL MACROPROCESO DE DESARROLLO COMUNITARIO EFECTUADA EN LA MUNICIPALIDAD DE LAMPA.

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2010
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE LAMPA 
Número de informe12/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

trabajo, corresponde concluir que la Municipalidad de Lampa ha regularizado diversas observaciones incluidas en el Preinforme, no obstante, deberá abocarse a resolver las subsistentes, a saber:

  1. - Sobre lo observado en el capítulo 1, evaluación de control interno, numeral 2, se deberá publicar la ordenanza de participación ciudadana de esa entidad comunal y aprobar formalmente el manual operativo de asistencia social. En relación al hecho objetado en el numeral 4, referido a que la dirección de control no cuenta con clave de acceso a los sistemas informáticos, esa autoridad edilicia deberá disponer las acciones necesarias para otorgarle a esa unidad municipal el perfil requerido para el cumplimiento cabal de su función.

  2. - Con respecto al capítulo 11, examen de cuentas, numeral 2.1, relativo a subvenciones otorgadas entre los años 2001 y 2004, pendientes de rendición, corresponde que se requieran formalmente las rendiciones respectivas o la restitución de los recursos y, eventualmente efectuar la denuncia pertinente. En lo concerniente al numeral 2.2, rendiciones de cuentas, deberá verificar el estricto cumplimiento de los convenios de subvención suscritos entre la municipalidad y las organizaciones comunitarias, con el fin de que las rendiciones de cuentas se realicen en el plazo establecido. Respecto del numeral 3, becas de estudio, se deberá requerir a los beneficiarios de la citada ayuda social los antecedentes faltantes como, aSimismo, instruir que se cumplan las formalidades sobre presentación de documentos necesarios para el otorgamiento de la citada beca municipal.

  3. - En cuanto a lo observado en el capítulo 111,otras observaciones, numeral 1, bodega municipal, el Alcalde deberá disponer las acciones necesarias para solucionar las observaciones referidas a las...

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