Informe final n° 1.128-18 departamento de salud de la Municipalidad de punitaqui sobre auditoría a las transacciones de ingresos y gastos - julio 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 840030871

Informe final n° 1.128-18 departamento de salud de la Municipalidad de punitaqui sobre auditoría a las transacciones de ingresos y gastos - julio 2019

Fecha01 Julio 2019
Número de informe1128/2018
EmisorRegional Coquimbo

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría a los ingresos y gastos del Departamento de Salud de la Municipalidad de Punitaqui, comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
La finalidad de la revisión fue constatar que las transacciones asociadas a ingresos y gastos se hayan percibido y ejecutado, respectivamente, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias, se encuentren debidamente documentadas, sus cálculos sean exactos y estén adecuadamente registradas. Todo lo anterior, en concordancia con la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
Finalmente, determinar las acciones de control que han ejercido el Servicio de Salud Coquimbo y la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Coquimbo respecto del cumplimiento de metas sanitarias y las prestaciones asociadas al plan de salud familiar en la comuna.
CONCLUSIONES Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo de la presente auditoría, la Municipalidad de Punitaqui ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 1.128, de 2018.
En tal sentido, las observaciones formuladas en el acápite I, Aspectos de Control Interno, numeral 8, literal a), actos administrativos de nombramientos y ascensos del personal; acápite II, Examen de la Materia Auditada, numeral 12, Licitación Pública – Plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas, en los casos relativos a las licitaciones ID N°s. 3873-50-LE17 y 3873-51-LE17; acápite III, Examen de Cuentas, numeral 1, documentación que sustenta el pago a proveedor, respecto de los decretos de pago N°s. 1.615; 1.859; 1.518; 1.812; 1.626; 1.230; 1.633; 1.724; 1.442 y 1.229, todos de 2017; y numeral 6, cálculo de la remuneración de septiembre de 2017 de doña Massiel Zúñiga Valenzuela, en razón de las respuestas y antecedentes proporcionados por la Municipalidad de Punitaqui, se levantan dichas objeciones.
En cuanto a aquellas formuladas en el acápite I. Aspectos de Control Interno, numeral 2, emisión de cheques clasificados erróneamente en cheques girados y no cobrados; acápite II. Examen de la materia auditada, numeral 11, publicación de decreto que asigna Comisión Evaluadora, se subsanan en razón de los antecedentes proporcionados en esta oportunidad por el municipio.
Ahora bien, de lo observado en el Acápite III, Examen de Cuentas, numerales 1, falta de documentación que sustente el pago a proveedores por $56.180.931, respecto de lo cual se mantuvo el monto de $12.864.505 -conforme se detalla en los anexos N°s. 6 y 6.1- (C) ; 2, sobre pago de horas extras sin autorización, por horas extraordinarias diurnas y nocturnas por las sumas de $118.261 y $347.562 (C) ; 3, horas pagadas y no ejecutadas en los Programas de Extensión Horaria, por $6.845.800 (C) , la Municipalidad de Punitaqui deberá remitir en un plazo no superior a 30 días hábiles los antecedentes que permitan acreditar la pertinencia o acreditación de los gastos, vencido el cual sin que se hayan presentados los antecedentes requeridos o bien éstos sean insuficientes, se formulará el reparo pertinente, al tenor de lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 116 del mismo cuerpo legal.
En cuanto a la observación consignada en el Acápite III, Examen de Cuentas, numeral 5, asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo, el municipio deberá solicitar el reintegro a los funcionarios que percibieron el pago en exceso por el total de $69.429 (C) , y el numeral 7, sobre horas extraordinarias pagadas sin acreditar, por $130.121, correspondientes a los funcionarios consignados en el anexo N° 8 (C) .
Lo verificado en el acápite II, Examen de la Materia Auditada, numeral 21, rendición de horas extraordinarias del personal paramédico y el registro biométrico (C) ; acápite III, Examen de cuentas, numeral 3, sobre horas pagadas y no ejecutadas en los Programas de Extensión Horaria, por $6.845.800, la municipalidad deberá
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR