Informe final de investigación especial n° 210 2020 Municipalidad de ovalle sobre eventuales irregularidades en la corporación cultural municipal.oct.2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 909053266

Informe final de investigación especial n° 210 2020 Municipalidad de ovalle sobre eventuales irregularidades en la corporación cultural municipal.oct.2020

Fecha13 Octubre 2020
Número de informe210/2020
EmisorRegional Coquimbo

OBJETIVO

Verificar los hechos denunciados por el señor XXXX XXXX XXXX XXXX, relativo a presuntas irregularidades en la Municipalidad de Ovalle y en la Corporación Cultural de esa entidad edilicia, en materias de recursos humanos, abastecimiento, probidad administrativa, gastos en publicidad y difusión, entre otras.

CONCLUSIONES

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo de la presente investigación, el Alcalde de la Municipalidad de Ovalle ha aportado antecedentes e iniciado acciones que permiten salvar algunas de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones de Investigación Especial N° 210, de 2020.
En tal Sentido, considerando las argumentaciones y antecedentes aportados por la citada entidad, se procede a subsanar la observación contenida en el acápite II, Examen de Cuentas, sobre falta de acreditación efectiva de la compra de bienes y servicios por parte de la
Corporación Cultural, en atención a las imágenes que avalan la publicidad de las actividades realizadas y los demás antecedentes que se acompañan en el oficio de respuesta.
Luego, en relación a las denuncias descritas en el acápite I, Examen de la Materia Investigada, numerales 1, compra de bienes y servicios a la empresa Comercial Ifman Huerta Saavedra E.I.R.L. y al proveedor Jaime Julio Yáñez Castro servicios de producción de recitales E.I.R.L.; 2, respecto a la falta de publicación en el sitio web de los Estatutos y nómina de socios de la Corporación Cultural Municipal; 3, relativo a la falta de designación del directorio de la referida Corporación por parte del Concejo Municipal; 4, sobre la eventual vulneración a lo dispuesto en el artículo 131 de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695; 5, sobre presunta incompatibilidad presentada por el señor Ifman Huerta Saavedra; 6, dependencias que utiliza la Corporación Cultural para su funcionamiento y pago de los servicios básicos de tales inmuebles y 7, fiscalización de la Unidad de Control Interno a la Corporación Cultural, no se detectaron observaciones que formular, desestimándose los hechos denunciados.
Ahora bien, respecto a lo señalado en numeral 9, del acápite I, Examen de la Materia Investigada, sobre lo denunciado en el documento signado con el N° W10.849, de 2019, tal como se señaló en el presente informe, esta Contraloría Regional ha resuelto incorporar dicha materia –gastos en publicidad y difusión– en la fiscalización que se encuentra actualmente desarrollando en la...

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