Informe final de investigación especial 443-17 servicio nacional de pesca y acuicultura sobre diversas irregularidades - julio 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840028069

Informe final de investigación especial 443-17 servicio nacional de pesca y acuicultura sobre diversas irregularidades - julio 2017

Fecha27 Julio 2017
Número de informe443/2017
EmisorRegional Valparaíso

OBJETIVO

Investigar las materias denunciadas por personas que solicitaron reserva de su identidad, relativas a la supuesta ilegalidad de los gastos efectuados por el SERNAPESCA, por servicios de banquetería, coffee break y obsequios de cumpleaños efectuados a los funcionarios, todo por la suma de $24.070.158, los cuales no se relacionarían con el cumplimiento de las labores propias de esa entidad.

CONCLUSIONES

- EI·SERNAPESCA no acreditó la contratación del servicio de coffee break para 61 personas, con motivo de la capacitación "área de calidad de vida", por la suma de $179.297. Asimismo, contrató un servicio de coffee break para 100 personas, por la suma de $471.258, en el marco de la celebración del Día Internacional de la Mujer, y adquirió 1.200 vasos térmicos e igual número de cajas para su embalaje, por la suma total de $8.145.198, como regalos de cumpleaños para sus funcionarios, actividades que se apartan de los fines institucionales de ese servicio y, por ende, no corresponde que sean financiadas con cargo al presupuesto institucional, lo cual no se ajustó a lo dispuesto en los artículos , y 100 de la Constitución Política, y , de la ley N° 18.575, y 56 de la ley N° 10.336, así como en el dictamen N° 72.590, de 2009, de este Organismo Fiscalizador.

En todos los casos antes descritos SERNAPESCA deberá elaborar y remitir a esta Contraloría Regional un informe, en un plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción del presente documento, en el cual se aporten las cartolas bancarias pertinentes, que permita validar la devolución efectiva de los valores no respaldados, en caso contrario, esta Contraloría Regional procederá a formular el correspondiente reparo, por el monto de $5.395.753, de conformidad con los artículos 95 y siguientes y el 116 de la aludida ley N° 10.336.

- Esa entidad, sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, deberá disponer las medidas para agilizar en todos los casos antes señalados, los sumarios administrativos dispuestos para determinar las responsabilidades administrativas de los funcionarios que tramitaron y efectuaron pagos improcedentes, los que, una vez afinados, deberán ser remitido a esta Sede Regional para cumplir con el correspondiente trámite de registro, de acuerdo a lo ordenado en la resolución N° 323, de 2013, de la Contraloría General de la República.

- El servicio fragmentó la adquisición de 1.300 piochas, por la...

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