Informe final de investigación especial 521-17 Municipalidad de los andes sobre eventuales irregularidades en capacitaciones de concejales - octubre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840026692

Informe final de investigación especial 521-17 Municipalidad de los andes sobre eventuales irregularidades en capacitaciones de concejales - octubre 2017

Fecha31 Octubre 2017
Número de informe521/2017
EmisorRegional Valparaíso

OBJETIVO Investigar las materias expuestas por don Luis Moreno Herrera, quien denuncia la improcedencia de los gastos incurridos entre los años 2013 y 2016, por la Municipalidad Los Andes, por concepto de capacitaciones a concejales de esa comuna, ya que los temas tratados en dichas actividades no guardan relación con las funciones propias de ese órgano colegiado.
CONCLUSIONES 1°) No resultó acreditada la participación del ex alcalde don Mauricio Navarro Salinas, así como de los ex concejales señores Oscar Araya Segovia, Julio Lobos Lobos y Benigno Retamal Rodríguez, y del funcionario municipal don Víctor Herrera Espinoza - en los términos y condiciones que se especifican en el presente informe-, en el curso "Liderazgo y Fomento de Competencias Internas para autoridades y directivos municipales", realizado en la ciudad de lquique; en el viaje efectuado a la provincia de Guipúzcoa, España; y en la actividad "Comité Integración Cristo Redentor", llevada a cabo en la ciudad de Mendoza, Argentina; de igual modo, tampoco se comprobó el cumplimiento de funciones institucionales en el desarrollo de tales cometidos, lo que no se ajusta a lo preceptuado en los artículos , 88 y 92 bis de la ley N° 18.695.

2°) No se advierte de qué manera la participación del ex concejal don Oscar Araya Segovia en el curso "Liderazgo y Fomento de Competencias Internas para autoridades y directivos municipales", y del ex concejal don Benigno Retamal Rodríguez en el curso "Juicio de Cuentas y Sumarios Administrativos elaborados por Contraloría y la Municipalidad, nuevas disposiciones legales", habrían incrementado los conocimientos y destrezas de esas autoridades, para el buen desempeño de sus cargos en materias relacionadas, específicamente con la gestión municipal, que le permitan desarrollar debida y oportunamente las funciones que la ley les confiere, contenidas en los artículos 63 y 79, de la citada ley N° 18.695 (acápite III, numerales 1 letra d) y 5 letra c) (AC)).

3°) No se aprecian las razones que tuvo el municipio para autorizar que los cometidos asociados al curso "Liderazgo y Fomento de Competencias Internas para autoridades y directivos municipales", comenzaran un día antes del inicio de ese curso, ni los documentos que consideró para acreditar el pago de pasajes a la provincia de Guipúzcoa, España. Asimismo, la entidad edilicia no respaldó el pago de la inscripción de un concejal en el curso "Control Presupuestario: Claves para su correcta Gestión y
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