Informe final de auditoría 387-2023 auditoría al estado de la infraestructura de los establecimientos educacionales que imparten educación básica y/o media, dependientes de la Municipalidad de independencia- agosto 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 950956110

Informe final de auditoría 387-2023 auditoría al estado de la infraestructura de los establecimientos educacionales que imparten educación básica y/o media, dependientes de la Municipalidad de independencia- agosto 2023

Fecha24 Agosto 2023
Número de informe387/2023
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

Practicar una auditoría al estado de la infraestructura de los establecimientos educacionales que imparten educación básica y/o media, dependientes de la Municipalidad de Independencia, con la finalidad de verificar que la citada infraestructura se ciña a las disposiciones normativas que les resulten aplicables, en relación con las condiciones de higiene, seguridad, conservación y operatividad con que deben contar estos recintos. Asimismo, verificar las revisiones, supervisiones y/o inspecciones que ha efectuado la Superintendencia de Educación sobre la materia.

CONCLUSIONES

• Se objetó que el Liceo Dra. Eloísa Díaz Insunza no cuenta con la inspección periódica de gas vigente, para acreditar el cumplimiento de las instrucciones impartidas en la resolución exenta N° 29.738, de 2019, del Ministerio de Energía, que Establece Procedimientos de Certificación, Verificación de la Conversión de Instalaciones Interiores de Gas e Inspección Periódica de Instalaciones Interiores de Gas y Artefactos a Gas Fijos, Conectados Directamente a Cilindros de GLP1 en Establecimientos de Educación Básica, Media y Parvularia.

Al respecto, la entidad auditada deberá obtener la certificación mencionada para el referido establecimiento, en un plazo máximo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe, lo que será verificado en un futuro seguimiento.

• Se advirtió que el Liceo Dra. Eloísa Díaz Insunza no da cumplimiento tanto a consultar servicios higiénicos independientes para hombres y mujeres, según lo señalado en el decreto N° 2892, de 1989, del Ministerio de Salud, ni tampoco con la exigencia de artefactos sanitarios requeridos en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, OGUC, ya que no cuenta con urinarios ni duchas para alumnos varones.

El municipio deberá, en un plazo máximo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe, informar sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la citada normativa.

• Se verificó que el Liceo Gabriela Mistral no posee servicio higiénico universal de uso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR