Informe final 91-2020 secretaría regional ministerial de agricultura - auditoría a los procedimientos administrativos - abril 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 909052900

Informe final 91-2020 secretaría regional ministerial de agricultura - auditoría a los procedimientos administrativos - abril 2020

Fecha24 Abril 2020
Número de informe91/2020
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO La auditoría tuvo por objeto practicar una revisión a los procedimientos administrativos existentes en la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región Metropolitana, asociados al manejo de fondos, uso y custodia de bienes de uso, y personal, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2019.

La revisión se centró en determinar si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias, si se encuentran debidamente documentadas, si sus cálculos son exactos y si están adecuadamente registradas; lo anterior, con el propósito de velar por el cuidado y buen uso de los recursos públicos. Todo ello, en concordancia con la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Entidad de Control.
CONCLUSIONES Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región Metropolitana ha aportado antecedentes y ha iniciado acciones que han permitido salvar en parte las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 91, de 2020, de este origen.
En efecto, las objeciones planteadas en el capítulo I, aspectos de control interno, numerales 4, falta de ingreso de actos administrativos exentos a SIAPER, en lo que respecta a las resoluciones exentas que aprueban los cometidos funcionarios de don ; y, 5, conciliaciones bancarias, letras a), conciliaciones sin la firma del Encargado Administrativo; b), falta del certificado de saldo bancario; c), abono bancario no contabilizado oportunamente; d), diferencias entre los saldos iniciales presentados en las conciliaciones bancarias con los registrados en la cuenta contable N° 11102 Banco Estado; e), diferencia entre el saldo bancario presentado en la cartola bancaria con el registrado en la conciliación f), diferencias entre los depósitos registrados en la cuenta contable N° 11102 Banco Estado, con los que se presentan en las conciliaciones bancarias; y, g), diferencias entre los giros registrados en la cuenta contable N° 11102 Banco del Estado, con los que se presentan en las conciliaciones bancarias; y, en el capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 2, sobre registro y resguardo de los bienes de uso, punto 2.2, ausencia de planillas murales, se subsanan considerando las argumentaciones y antecedentes aportados por la citada entidad.
A su vez, sobre la objeción señalada en el citado numeral 4, del capítulo I, falta de ingreso de actos administrativos
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