Informe Final 794-16 Municipalidad de Castro Auditoría Al Gasto en Periodo Electoral - Uso de Bienes - Vehículos - Rrhh - Recursos Físicos y Financieros - Octubre 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 682390549

Informe Final 794-16 Municipalidad de Castro Auditoría Al Gasto en Periodo Electoral - Uso de Bienes - Vehículos - Rrhh - Recursos Físicos y Financieros - Octubre 2016

PonenteDe acuerdo con los antecedentes proporcionados por la entidad comunal fiscalizada, durante el periodo examinado, el monto total de los gastos asociados a las cuentas presupuestarias citadas en el cuadro siguiente, ascendió a $ 410.785.819. El detalle se expone a continuación:CUENTA PRESUPUESTARIA NOMBRE MONTO ($)21 Gastos en personal 03-001 Otras r
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2016
EmisorRegional Los Lagos
ServicioMunicipalidad de Castro
Número de informe794/2016
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional
CONTRALORíA
REGIONAL
DE
LOS
LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL
EXTERNO
Municipalidad de Castro
Número
de
Informe:
794/2016
19
de
octubre
del
2016
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CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA.REGIONAL DE LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
,
Resumen
Ejecutivo
.
lnforme
Final W 794,
de
2016
Municipalidad
de
Castro
Objetivo:
Efectuar
un
examen de cuentas de gastos asociados a los subtítulos
21,
Gastos
en
personal; 22" Bienes y Servicios de Consumo, y 24, Transferencias
~
orriéntes,
con
el
objeto de constatar
la
veracidád y fidelidad de aquellas,
el
debido
re@istro
contable, y
su
documentación de respaldo, 'además de verificar
el
correcto uso de bienes, vehículos y
recursos físic.os municipales
en
' año de elecciones. Lo anterior, de acuerdo a las
instrucciones impartidas
en
el
oficio circular W 8.600, de 20'
16,
de este Organismo de
Control, para
el
perlado comprenélido entre
el1
de enero y
el
30 de junio de 2016 .
, ,
Preguntas
de la
auditoria.
¿Los gastos en que incurrió
el
municipio por concepto de publicidad y difusión, con
cargo a
su
presupuesto, cumplieron con los fines y objetivos previstos
en
la
ley
18
.695; se ajustaron a lo disptlesto en
el
oficio circular 8.600, de 2016; y demás
jurispruden~ia
administrativa vigente de este origen? .
• ,
~
EI
municipio cuenta con
un
instrumento de control para
el
uso y circulación de los
vehículos de
su
propiedad y/o arrendados, que permita verificar
el
cumplimiento del
decreto ley 799, de 1974, que deroga ley 17 .054 Y dicta
en
su
reemplazo
disposiciones que regulan uso y circulación de vehículos estata,les, y
en
la
circular
N°35.593, de 1995, de esta Cor¡traloría .General, que imparte instrucciolJeí' sobre
la
materia? .
¿Las transferencias de fondos asociádas
al
subtítulo
2~
;
se encuentrán rendidas acorde
con la normativa vigente y cuentan con
la
documentación
c:!e
respaldo que
la
sustenta?
¿
La
entidad
comun¡;¡1
ha implementado
un
sistema idóneo que permita controlar y
resguardar
d
~
manera eficiente y eficaz
la
contratación y
el
cumplimiento de
la
jornad.a .
ordinaria y extraordinaria de los funcionarios municipales Y/9 prestadores de sérvicios a
honorarios
si
procediere? '
Principales
result
.
ados:
Se constataron gastos por concepto de publicidad y difusión para realizar saludos
riavideños y de aniversarios y de t'rabajos
de
conservación de red vial de caminos : así
como
la
impresión de
la
revista denominada "Memoria Gestión Municipal 2013-2014
",
los que no dicen relación con
la
necesidad de dar a conocer a
la
comunidad local los
hechos o acciones directamente relacionados con
el
cumplimiento de los fines y cor]
el
quehacer propio municipal, como
la
realización de actividades culturales, artísticas,
deportivas u otras , que
.r
.esulte necesario e imprescindible difundir o publicitar, las 'que,
además, contienen
en
forma reit.erada
la
image!} y/o nombre del alcalde, atendido
lo
cual esta Contraloría Regional instruirá
el
correspondiente sumario administrativo .
Se evidenció
la
incorporación frecuente del nombre y/o
la
imagen del alcalde
en
tarjetas
pe
invitaciones, revista municipal así como
en
redes sociales del municipio tales como:
página web municipal, facebook y twitter
lo
que no se aviene a lo establecido
en
los
.oficios circulares N
°S
8.600 Y 69.300, ambos de 2016 , de este origen,
pu
.esto que
la
reiteraCión innecesaria de
la
imagen y/o nombre de
la
autoridad edilicia
en
elementos
de difusión podría significar una infraq:ión a las normas relativas
al
empleo de recursos
del municipio ,
en
beneficio personal o para fines ajenos a los institucionales ,
ya
que no
es p
f'
sible que mediante ello se atribúya a una person.a
la
ejecución de las iniciativas
. que se difunden, y
no
al
resultado del cumplimiento de las funciones de la . entidad
edilicia. .
\
f
. ,
i,
..
CONTRALORIA GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS
Rlos
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Por
su
parte,
se
comprobaron deficiencias de control
en
materia de uso , control y
revisión de las bitácoras
de
los vehiculos municipales , materias que incumplen
lo
estipulado
en
el
ofici9 circular W35.593, de 1995 , de
la
Contraloria General
de
la
Repúblic a.
Se
verificó que
las
transferencias
al
sector privado pendientes
de
rendir
al
31
de
diciembre·de 2015, totaliza
la
suma de $
47
.
535
.
870
,
lo
cual
contraviene
el
numeral 5.3,
de
la
resolución· N' 759, de 2003 , que Fija Normas de Procedimientos sobre Rendición
de
Cuentas, vigente hasta'
el
'
31
de
mayo
de
2015; y
el
articulo
27
de
la
resoluci
ón
N'
30
,
de
2015 que derogó
la
citada resoluc i
ón
N' 759, ambas
de
este Organismo de
. Control.
Se
deierminó que
el
municipio adjudicó
la
licitación N' 27
30-
7
3-L
111, denominada
"Sistemas y Servicios
de
Generación y Almacenamiento de Documentos
con
Fi
rma
Electrónica Avanzada Masivos" a
la
empresa Sistemas Modulares
de
Computación,
, SMC Ltda
.,
por
med
io
del
decreto alca l
di
ei
o N'1
52
, de
2011
,
el
cual posee una cláusula
de
renovación automática,
lo
que
no
resulta procedente
co
nforme
lo
establecido
en
el
articulo 9' de
la
I!'iY
N'
18
.575, Orgáni
ca
Constitucional de Bases Generales de
la
Administración del Estado.
,
Se
comprobó que
el
señor Paulo Sepúlveda Sepúlveda , persona contratada a
honorarios,
en
virtud del decreto N'
41,
de
6
de
enero
de
2014, quien realiza las
funciones
de
encargado
de
informática
del
municipio,
no
posee póliz.a de fianza,
lo
que
-transgrede
lo
estipulado
en
el
articulo
68
de
la
ley N'
10
.
336
, de Organización y
Atribuciones de
la
Contraloria General de
la
República. '
I \
Esa
entidad
no
incluyó en los contratos a honorarios sometidos a examen,
la
cláusula
sobre inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas
en
los artículos
5
4,
55
Y
56
de
la
ley N'
18
.575, aplicables a dichos servidores,
de
acuerdo a lo previsto
en
el
articulo 5
',
in
ci
so
octavo,
de
la ley N'
19
.
896
, que
in
\roduce modificaciones
al
decreto ley N' 1.263, de 1975, Orgánico de Administración
Fi
nanciera del Estado y
Establece Otras Normas sobre Admin istración Presupl,lestaria y de Personal.
, .
,
Se
advirtió
la
contratación
de
los señores Francisco Aguilar Sobarzo, Víctor Lopetegu i
Iturriaga, Domingo
Be
iza
Iribarren, Paulo Sepúlveda Sepúlveda , Pablo Villarroel Hipp y
doña Patricia Matus C¡¡¡lderón,en cali9ad de honorarios para ejercer labores
de
carácter
habitual,
por
un
mont
cf
total
de
$ 9.191.231 , 'situación que
es
improcedente de acuerdo
b
~~
con
lo
estipulado
en
el
articulo 4'
de
la
ley N'
18
.
883.
9
Ofl1~~~X~:R~~V
,
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,
. CQNTRALORíA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRAlORíA REGIONAL
DE
LO
,S LAGOS
UNIDAD '
DE
CONTROL EXTERNO
PTRA
16.001D~016
INFORME FINAL
794,
DE
2016, SOBRE
AUDI:rORíA
Al
USO ·
DE
BIENES,
VEHíCULOS Y RECURSOS FíSICOS Y
FINANCIEROS
EN
AÑO
DE
ELECCIONES,
EN
lA
MUNICIPALIDAD
05
' CASTRO .
PUERTOMONTT, 1 9
DCL
2016
·
, \
En
cumplimiento
del
plan anual de fiscalización
de esta Contraloría General para
el
año
2016, y
en
conformidad
con
lo
' establecido
en
los
artículos
95
y siguientes de
la
ley
10
.
336
, de
OrgaJ1ización
Y Atribuciones de esta.
Institución, y
el
artículo
54
del decreto ley 1.
263
, de 1975, Orgánico de Administración
Financiera del Estado,
se
efectuó una auditoría
al
l:ISO
de bienes, vehículos , recursos
humanos, físicos y financieros,
en
la
Municipalidad' de Castro.
El
equipo que ejecutó
la
fiscalización fue integrado por
el
señor Raúl Rosales Urrutia y
la
señora Verónica Alvarez
Torres, auditor y supervisora, respectivamente. '
JUSTIFICACI
Considerando las
pró
ximas elecciones
muniCipales, a'efectuarse
el
día
23
de octubre
del
presente año, conforme a
lo
dispuesto
en
la
ley 20.873, que Adelanta
la
Fecha de
I~s
Elecciones Municipales
del
Año 2016, esta
Contraloría General,
en
uso de sus atribu2iones c0nstitucionales y legales,
ha
estilnado
necesario realizar una ¡¡uditoría sobre
el
uso '
de
los enunciados recurso¡;. '
en
diversas
entidades edilicias del
país
, con
el
fin de resguardar
el
patrimonio municipal y cOnstatar
el
cumplimiento de
la
normativa vigente , que impide a los empleados municipales, cualquiera .
sea
su
jerarquía y estatuto jurídico que los
rija,
realizar actividades de carácter político
contingente, como también ejecutar acciones ajenas a
su
función y usar recursos y bienes
para los indic!ldos propósitos. "
Ahora bien, como producto . del análisis
realizado a nivel regional , que consideró,
la
información contable del periodo 2015-2016,
remitida a esta Entidad de Control; noticias de prensa; denuncias recibidas; tratos directos
efectuados por
los
órganos comunales
en
el
periodo de enero a junio de 2016 y
los
resultados de las últimas fiscalizaciones efectuadas sobre
la
materia
en
aquellos,
se
determinó .que
la
' Municipalidad de Castro
se
' encuentra 'dentro de
las
entidades más
. relevantes para ser auditadas.
ANTECEDENTES GENERALES.
Para
la
presente auditoría
se
contemplaron las
diversas normas que regulan los gastos municipales, tales como
el
decreto ley 1,263, de
1975, Orgánico de Administracióo Financiera del Estado , aplicable a las mencionadas '
entidades edilicias;
la
ley
18
.695, Orgánica Constitucional
de
Municipalidades; los oficios
, .
circulares
S
60
.820 Y
36
.640, de.2005 y 2007, respectivamente , ambos de esta Contraloría /
General, sobre Normativa . del Sistema
d!'l
Contabilidad Generar de
la
Nación y
I
CONTRALORíA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Procedimientos Contables para
el
,Sector Municipal; y
la
ley N' 19.884, sobre Transparencia,
Límite y Control del Gasto Electoral, modificada por
la
ley N' 20.900 , para
¡;¡I
Fortalecimiento
y Transparencia de la 'Democracia.
Además, se consideró
lo
dispuesto
en
el
ártículo
i 9 de
la
ley N' 18.575 , Orgánica Coristitu'cional de Bases Generales de la Administración
del Estado , que señala que "el personal de
la
Administración del
E
~
tad0
estará impedido de
realizar,cualquier actividad política dentro
d~
la
Administración
".
,
. . A
su
v.ez,
se tuvo a
vista
lo
previsto
en
los
N
°S
3' Y 4
',
del artículo 62 de
la
'anotada ley N' 18.575, que advierten que contraviene
.'
I
especialmente
la
probidad administrativa
el
"emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes
de
la
institución,
en
provecho propio o de terceros y ejecutar actividades, ocupar tiempo de ,
la
jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo
en
beneficio propio o para
I
fines ajenos a
105
institucionales",.
,
También, se contempló
la
modificación
introducida por la anotada ley N' 20.900,
al
la
citada ley N'
19
.884, que
en
, lo
pertinente, prescribe que "los funcionarios públicos
no
podrán realizar actividad política
centro del horario dedicado a
la
Administración del
Es
~
ado
,
ni
usar
su
autoridad, cargo o
bienes de
la
institución para fines ajenos a sus funciones. Del mismo modo, se prohíbe a los
funcionarios públicos utilizar bases de datos o cualquier medio a que tehgan a
9c
eso
en
virtud
de
su
cargo para fines políticos electorales".
. .
Asimismo, se tuvo presente lo establecido erl
los artículos 4' y 82, letra
h)
, de la ley N'
18
.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios
Municipales, sobre
la
contratación de personal a honorarios, y
la
prohibició'n de los
funcionarios de realizar cualquier actividad política dentro de
la
Administración del Estado o
usar su autoridad , cargos o bienes de
la
municipalidad para fines.ajenos a sus funciones.
, . I
Se consideró, por otra parte,
la
ley N'
19
.896,
que .introduce modificaciones
al
'decreto ley N' 1.263, de 1975, que
en
su
artículo 3'
establece que los órganos y servicios públicos que integran
la
Administración del Estado,
np podrán incurrir
en
otros gastos por concepto de publicidad
y"
difusión que los necesarios
para
el
cumplimiento sus funciones y
en
aquellos que tengan por objeto informar a los
usuarios sobre
la
forma de
acc~der
a las prestaciones que otorgan,
Al
resi!>ecto,
se
examinaron los dictámenes N
°S
19
.503, de 2009; 24.771, de 2011 ; 1.979 Y 39.717, amb,
os
de 2012; 58.415 Y 38 .632, ambos de 2013; 100.962, de 2015 y
21
.237, de 2016, todos ellos',
de e.sta Contraloría General. .
(
En
lo
que atañe
al
examen de abastecimiento ,
éste
se
focalizó, principalmente,
en
los procetlimientosde adquisición, adjudicación y la
entrega del bien o prestación del servicio respectivo , con
el
objeto de verificar'
el
'cumplimiento de
la
normativa lega'l que rige
en
materia de adquisiciones, contenida
en
la ley
N' 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios, y su reglamento, contenido
en
el
decreto N' 250 , de 2004, del Ministerio de
Hacienda, y 'sus modificaciones.
Respecto, a la revlslon de las materias
atingentes a personal, ésta se ciñó , especialmente,
en
la
fiscalización del las tareas
encomendadas a las personas contratadas a honorarios ; a
su
efectiva ejecución ;
al
respeto
R4
'
~
horarios de trabajo -cuando corresp0nda-; y, a
la
emisión de informes que
en
cada caso
~
~(
~
ontel)1plen
en
el
respectivo c6ntrato , verificándo,se
el
cumplimiento de
lo
dispuesto
en
el
~
r .
I
R(I
,
NO
: "
" NI R'
lO
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~cal
~t;¡;
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'dl)\
. ,
_.
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.~
. .
CONTRALORíA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
\
..
articulo
85,
letra
b),
de
la
referida
le!{
18
.883, en relación a que los funcionarios que
ad
jmás tengan contratos a. hon.orarios, deben realizar tales labores. fuera de la jornada de
trao~o
.
. . _ .
Á
su
vez,
se
tuvo
en
cuenta en
el
examen de
recursos humanos,
el
cumplimiento de .
Ia
jornada laboral por parte de los'funcionarios
y,
que
los gastos que se ocasionen , correspondan a
-f
0metidos y labores estrictamente.
institucionales.
\ Finalmente, .se incluyó la verificación ¡de
lo
establecido
en
el
decreto ley 799 , de 197 4,
qu~
deroga ley
17
.054 Y dicta
en
su
reemplazo disposicfones que regulan uso y circulación de vehículos estatales, y la circular
35.593, de 1995, de esta Contraloría General, que imparte ilílstrucciones sobre
la
materia;
así como las dispuestas por este Organismo de Control con motivo de las elecciones
municipales dei año 2016 , mediante
el
oficio circular N° 8.600, de igual año . .
. Cabe mencionar que, con carácter confidencial, .
mediante oficio 5.459, de 22 de septiembre de 2016, fue puesto
en
conocimiento de
la
autoridad edilicia,
el
preinforme de observaciones N° 794, de
la
misma anualidad, con
la
finalidad de que formulara los alcances y precisiones· que , a
su
juicio procedieran.
Luego,
la
jefatura comunal subrogante, por
medio del
ofiCio
ordinario
~
68
,
de 7 de octubre del presente año, solicitó prórroga para
evacuar respuesta
al
citado documento ,
la
que fue concedida por oficio N° 5.787, de 2016,
de esta procedencia, fijando como nueva fecha
el
dia
14
de igual mes y año. ' .
Ahora bien, esa entidad edilicia remitió
la
respuesta pertinente a través del oficio 787, de
14
de octubre de 2016, cuyos a/gumentos
y antecedentes de respaldo fueron considerados para
la
elaboración del presente
documento.
OBJETIVO.
La
fiscalización tuvo. por objeto efectuar
un
examen de las cuentas de gastos asociados a los sutitítulos 1 Gastos
en
Personal; 22
Bienes y Servicios de Consumo ; y 24 Transferencias Corrientes , con
el
objeto de constatar
la veracidad y fidelidad de aquellas , registro contable, y documentaCión de respaldo, además
de verificar
el
correcto uso de bienes, vehiculos y recursqs fisicos municipales para
el
.periodo
comprendi~o
entre
el
1 de enero y
el
30 de junio de 2016,
en
la
Municipalidad de
Castro. ,
Adicionalmente, se 'revisó
el
cumplimiento de
las instrucciones impartidas sobre elecciones municipales 2016, contenidas
en
el
oficio
N° 8.600 , de igual año , de este Organismo de Control.
La
finalidad de
la
revisión fue determinar
si
las
transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias ; se encuentran
debidamente documentadas; sus cálculos son exactos y están adecuadamente 'registradas.
Todo lo anterior,
en
concordancia con
la
METODOLOGíA.
\ ,
.
El
examen se practicó de acuerdo ' con
la
.
~-
Ñf.
R"'
Metodología
de Auditoria de este Organismo Fiscalizador, contenida
en
la
resolución N°
20,
/
e;
':..
~
.q
(
~'2
015,
que Fija Norm'
as
, que Regulan las Auditorías Efectuadas por
la
Contraloda General
~
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,
CQNTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTER['JO
de
la
República, y
lo
.s procedimientos de control dispuestos e,
ri
la
resolución exenta W .1.485,
de 1996, que Aprueba Normas de Control Interno de esta I;ntidad Fiscalizadora, ambas de
este origen, considerando los resultados de evaluaciones de control interno respecto de las
materias examinada'
s,
y determinándose la realización' de pruebas de auditoria en
la
medida
que
s.e
estimaron necesarias, tales com'o , análisis documental, validaciones en terreno, '
entre otros. Asimismo,
se
realizó
un
examen de las cuentas relacionadas con el tópico en
revisión. '
Las observaciones que este Organismo de
Control. formula con ocasión de las .fiscalizaciones que realiza,
se
clasifican en diversas
categorias, de acuerdo con
su
gra90 de complejida¡;j '.
En
efecto, se entiende por Altamente
Complejas/Complejas, aquellas observaciones que, de acuerdo' a
su
magnitud, reiteración,
detrimento patrimonial, eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de
especial relevancia por
la
Contraloria General ; en tanto, se clasifican como MEildianamente
complejas/Levemente complejas, aquella's que tienen menor impacto en esos
c~iterios.
Lo anter
i'
or,
de conformidad a lo establecido en
el articulo 52 de la aludida resolución 20, de 2015, de este origen.
, .
UNIVERSO Y MUESTRA.
De
acuerdo con los antecedentes
proporcionados por
la
entidad cbmunal fiscalizada , durante
el
periodo examinado, el monto
total de los gastos asociados a las, cuentas presupuestarias citadas en
el
cuadro siguiente,
ascendió a $ 410.785.819.
El
detalle
se
expone a continuaci,9n:
CUENTA
'
NOMBRE
MONTO
PRESUPUESTARIA
($) ,
21
Gastos
en
'
personal
03-001
Otras
remuneracipnes,
honorarios' a
suma
alzada
-43.279.578
personas
naturales
. ·04-003
Cursos
conceja
les
48
.7
88.180
22
Bienes
y servicios
de
consumo
07-001' Servicios
de
publicidad 32.928.461
07-002 Servicios
de
impresión
. 39.524.155
07-999
Otros
1.045.491
-.
.09-002 Arriendos Edificios ' 38.142.462
09-003 Arriendos vehlculos I
16
.365.800
12-003 .
Gastos
de
representación, protocolo y ceremonial 1.523.800
01
Transferencias corrientes
al
sector
privado
.24 01-004 Organizaciones comunitarias 184.518.428 ·
01-007
Asiste
n
cia
social
personas
naturales 4.669.464
TOTAL
410.785.
81
'9
.Fuente
de
InformaCión: ElaboraCión propia sobre
la
base
de
los mayores
co
ntables proporcionados por
la
Dirección
de
Administración y Finanzas,
de
la
Municipalidad
de
Castro. '
Las partidas sujetas a examen se determinaron
analíticamente, considerado principalmente criterios de riesgo y materialidad, las cuales
represel')tan
un
43,3% .de los desembolsos antes identificados, por un monto de
$ 178.227.029.
El
detalle es el siguiente:
.:
¡;,
~
t
~
mente Complejas (AC
),
Complejas (C), Medianamente Complejas (MC), Levemente Complejas (Le)
/
~
U
~
I
~
('"
~
.
.'
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3 NI
RU
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al
'"
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'
.
-.
_.-.
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..
. '
CONTRALO~íA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CqNTRALoR
IA REG l
bNAL
DE LOS LAGOS
UNIDAD DE'
CONTROL
EXTERNO
MATER
IA
ESPECiFICA
UI)JIVERSO
MONTO
EXAMINADO
$
CANTIDAD
' $
CANTIDAD
'
Subtitulo 21-03-001 Otras remuneraciones ,
hODorarios
a ' suma alzada -personas 43,279.57'8 77 10.435.031
11
naturales.
Subtitulo 21-04-003 Cursos concejal
es
, 48,788,180 30 11,750,000 6
SubUlulo 22-07-001 Servicios
de
publicidad y 32 ,928.461 77 á 2,928.461 77
difusión.
Subtitulo 22-07 -002 Servicios
de
Impresión, 39,524,155 78 34.730 .776 67
Subtftulo 22-07 ;999 Otros. 1.045.491 I 7 844.606 4
Subtftulo 22-09-002- Arriendos edificios. , 38.1.42.462 45 16.952:590 25
SubUlu
lo 22-09-003 Arriendos vehlculos. 16.365.800 25 10.028.000 5
SubUlu
lo 22-12-003- Gastos
de
1.523.860 2 1.450.000 . 1
representación, protocolo y ceremonial
Subtitulo 215-24-001'-004 Organizaciones 184.518.428 147 54,748.000
15
comunitarias
Subtitulo 215,-24-01-007 Asistencia ' Social 4,669.464 5, 4.359.565 1
personas naturales
TOTAL 410.785.819 493 178.227.029 -212
" " "
Fuente
de
Informaclon.
El
aboraclon
propia
sobre
la
base
de
los
datos
proporcionados
por
la
Dlrecclon
de
Administración
y Fi
nanzas
,
de
la
Municipalidad
de
Castro
,-
(')
COrfesponde
a la
cantidad
de
egresos.
, I
Asimismo , se consideraron
dos
partidas
adicionales ascendentes a $ 4,71.1.448, correspondientes 'a gastos de impr.esión imputados
a la cuen
t¡¡
215.22,,07.002, las cuales fuero n pagadas en e l mes de agosto de
2016,
fecha
posterior al periodo en examen.
Por
otra parte, a l
30
de junio del presente año,
el
total de vehículos municipales, incluyendo los arrendados, fue de
41,
determinándose una
muestra analítica' de
14
vehículos, lo que equiva le a un
34,1%
de dicha población.
_ Idéntica situación
se
realizó con la verificación
de los bienes del municipio, la cual se efectuó e'n forma analítica; de un total de
80
inmuebles
se exam inó
17
, equi,valentes a un 21 ,
2%
,
La información utilizada fue proporcionada
por
la Dirección de AdministraGÍón y Finanzas, y puesta a disposición de esta Contralor
ía
General, en sucesivos oficios y correos electrónicos de f u
nCio
narios municipa les, siendo el
último de ellps el día
13
de septiembre de
2016,
enviado por don Marcelo Lobos M6mberg ,
, director de administración y finanzas,
,
RESULTADO
bE
LA
AUDITORíA
. , ,
Del examen pract icado se deterniinaron las
siguientes situaciones :
J.
'
ASPECTOS
DE CON.TROL INTERNO. , .
El estudio de la estructura de control interno y
de sus factores de riesgo, permitió obtener una comprensión del entorno en que se ejecutan
, /
=-
las operaciones , del cual se desprende lo siguiente: '
~
~
, 0",'
t
!I
~
I
Oq O
"'~.
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Ce
11
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,..~
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/
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
1. Cuentas Corrientes.
1.1. Conciliaciones atrasadas ..
,
Se constató que
la
Municipalidad
de
Castro
pose'e nueve cuentas corrientes bancarias abiertas en el Banco
del
E,stado ,de Chile, en
adelante Banco Estado, de las cuales cinco tienen sus conciliaciones bancarias atrasadas
y en dos no
se
informa
:;¡u
última confección,
ya
que no estaria' habilitado el módulo
informático para
su
·proceso,. acorde a
lo
indicad'o por don'Marcelo Lobos M6mberg, jefe de
administración y finanzas de ese ente edilicio, mediante certificado de fecha 23 de agosto
de
2Q16.
Su, detalle es el siguiente:
WCUENTA
DENOMINACiÓN
,
FECHA
ÚLTIMA
CONCILIACiÓN BA
NCARIA
CORRIENTE
83309000245
Ministerio
de
Cultura
'
No
informa
última
con
ciliación
83
3
090002
37
Fondos
del'
Ministerio
de
Salud
No
informa
última
conciliación
83309033631
Fondos
de
lerceros
31
.
12
.
2015
83309000041
Fondos
Min
isterio
Interior.
,
31
.
12
.20
15
83309033011
FOndos
extrapresupuestari
os
29
.
02
.
2016
.
83300581024
Bienestar
31
.
12
.
2015
83309000067
MIDEPLAN
.
31
.
12
.
2015
83309037165
Fondos
Sociales
30
.
09
.
2010
..
. .
..
Fuente. Elabora ción propia sobre
la
base
de
'lnformaclón proporcionada por la
Olr
ecclon de Admlnls
traclOn
y
Finanzas de
la
Municipalidad de Castro. \
, Lo anteriQr , transgrede'
lo
dispuesto en
el
oficio
circular
11
.629, de 1982, de
la
Co.ntraloria Gen'eral de
la
República,
el
cual imparte
instrucciones
al
sector municipal sobre manejo de cuentas corrientes, cuyo punto 3 letra
e)
,
señala que las conciliaciones de los saldos certificados por las instituciones bancarias, .
deben ser practiCadas por funcionarios que no participen directamente en el manejo y/o
·custodia de fondos, a
lo
menos una vez
al
mes.
En
su
respuesta,
la
municipálidad señala que
dicha situación sucede por falta de personal en
la
dirección de administración y finanzas,
lo
que hace imposible realizar esa función en forma oportuna , debido a
la
cantidad de cuentas
corrientes que posee . "
/' Agrega, que no obstante lo anterior, solicitará a
los funcionarios a .cargo priorizar
la
confección de las conciliaciones bancarias dentro de
otras materias a
su
cargo, remitiendo, en esta ocasión, las conciliaciones bancarias de las
cuentas corrientes del Banco del Estado de Chile, Banco Estado, N
°S
B3309000245
"Ministerio de Cultura" y 83309000237 "Fondos Ministerio de Salud
",
ambas conciliadas al
30 de septiembre de 2016. Añade, que las conciliaciones de las otras cuentas corrientes
bancarias se encuentran en proceso de elaboración.
Por
lo
expuesto, se mantiene
la
observación,
procediendo que
la
jefatura comunal arbitre las medidas necesarias para la confección y .
.visación, a la brevedad, de las conciliacio,nes bancarias que están pendientes, informando
'documentadari1ente de ello a este Organismo Contralor en
un
plazo
no
superior a 60 dias
hábiles, eontados desde
la
recepción del presente documento.
! ,
,
8
/'
,
¡
"'
, ,
..
I
CONTRALORíA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORIÁ RÉGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
1.2.
Cheques
girados
y
no
cobrados.
Las cuentas corrientes ,que se indican a
contim¡ación, todas abiertas
en
el
Baneo Estado, presentan
un
total de setenta y siete (77)
cheques girados
yno
cobrados, los cuales tienen
un~
data superior a 3
mE1ses
,
al
30 de
junio de 2016, o a
la
fecha de confección de
la
ültima conciliación bancaria , cuyo monto
asciende a $
21
,783,192; además,
no
se encuentran registrados en la
cu
'enta contable
216.01, documentos caducados :
DENOMINACION
I base de Información proporcionada' por
la
Finanzas de
la
Muni
ci
palidad de Castro,
MONTO ($)
En
·'
este contexto,
es
dable anotar que
el
oficio
\ circular 60,820, de 2005 , de esta Contraloria 'General, que contiene
la
Normativa del
Sistema de Contabilidad General de
la
Nación, en mateda de acreedores' por cheques
caducados, indica que los cheques girados y no cobrados dentro de los plazos legales
establecidos para dicho efecto, de.ben contabilizarse
en
la
.cuenta Documentos Caducados,
sin afectar las cuentas de Acryedores Presupuestarios , reconociéndose simultáneamente
el
incremento de
la~
disponibilidades de fondos . ' .
Enseguidá, precisa que en
el
evento
~ue
no se
hagan .efectivas
la
' totalidad o parte de
dicha~
obligaciones de pago y se produzca
su
prescripción, los valores deben reconocerse en las cuentas de Deudores Presupuestarios,
hecho que en
la
especie ·no ocurrió , .
En este sentido , debe _ agregarse ' que,
el
reconocimiento de la obligación financiera por concepto de cheques girados por
la
entidad
y
no
cobrados p.or los beneficiarios debe registrarse conforme
el
procedimiento K-03 , sobre
cheques paducados por vencimiento. de plazo
IEigal
de cobro , consignado
en
el
Manual de
Proc~dimientos
Contables para
el
Sector' Municipal contenido en
el
oficio circular 36.640,
de 2007, de este origen, tanto para
lo
relativo
al
ajuste por
la
prescripción legal de la,deuda,
como para
su
aplicación
al
ingreso presupuestario,
Sobre
la
materia,
el
municipio' señala que se
realizaron las contabilizaciones de
la
cuenta corriente bancaria 83309033631 "Fondos
de Terceros" lo cual se verá visualizada en
el
informe de comprobación y saldos del mes
octubre de 2d
16.
. . ,
.'
.
\ Agrega, que debido
al
atraso
en
la confección
de las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes N
°S
8339903333 "Fondos
Ordinarios" y 83309033011 "Fondos "Extrapresupuestarios
",
no hay precisión con los
documentos caducados, por lo que una vez que
se
regularicen, se contabilizarán los ajustes
de forma oportuna , conforme
al
procedimiento' K-03 del Manual de -Procedimientos
Contables del Sector Municipal sobre cheques caduc.ados por vencimiento del plazo legal .
de cobro, contenido
en
el
o(icio circular 36,640, de 2007, de este origen.
, .
CONTRALORíA GENERAL DE LA'REPÚBLlCA
CONTRALORIA REGIONAL DE LOS, LAGOS
" UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
y financiero com¡:¡.rometido, juntó con la confección y aprobación de las mencionadas
conciliaciones bancarias, informar;Jdo de todo ello a este Organismo de Control en
el
mismo
plazo consignado en el punto 1.1 precedente.
1,3.
Aprobación
de
las
conciliaciones
-
bancarias.
\
Se verificó que las conciliaciones bancarias no
son aprobadas o visadas por una persona distinta de quien las confecciona,
lo
que no se
aviene con
lo
señalado en los numerales 54, 55 Y 56 , sobre "División de,las Tareas" de
la
resolución exenta W 1.485, de 1996, de este prigen , que aprueba Normas de Control Interno
de esta Entidad de Control, que indica , en lo que interesa, que las tareas y responsabilidades
principales ligadas a
la
. autorización , tratamiento, registro y revisión de las transacciones
deben sér asignadas en forma sistemática a personas diferentes; ello con el fin de asegurar
un equilibrio eficaz entre los poderes. Además,
la
referida norma e x
pr.esa
que en el caso de
una pequeña organización que no tenga suficientes empleados para
la
aplicación de esta
" técnica,
la
dirección debe ser consCiente del riesgo que ello implica y compensar el defecto
con otros controles.
.
El
municipio informa que
la
qirección de control
se hará cargo, en
lo
sucesivo, de resguardar que se subsane esta observación, debido a su
importancia y
el
riesgo que implica no llevar un c.ontro! efectivo y oportuno de esta materia.
,
En
consecuencia
,.
y atendido que las acciones
administrativas indicadas por esa entidad edilicia se aplicarán en el futur
Q,
se mantiene
la
observación, por éonstituir un hecho consolidado, sir) perjuicio de lo cual, su efectividad y
cumplimiento será verificado por esta Contraloria Regional
en
una pró xima auditoría.
,
2,
Pólizas
de
fidelidad
funcionaria.
Se verificÓ que 29 funcionarios registran póliza
de fidelidad funcionaria en este Organismo de Control; no obstante algunos se encuentran
fallecidos y otros dejaron de pertenecer a
la
Municipalidad de Castro . .
EI
detalle es el
siguiente: ' .
RUT
NOMBRE
POLlZA
OBSERVACION
6.167.308-3 Gloria
Bórquez
Tirichini 124456
Falle
c
ido
2.512,634-3 Fernando
Brahm
Menqe
145849 Fallecido
3.378.091-5
Ramón
Jara
Oyarzún
184829
Falle
c
ido
4.569.509-3 . Héctor Toro
Ojeda
134601
Falle
c
ido
4.379.050-1
Edmundo
Alvarez Alvarado 134600 Fallecido
5.558.360-9
Enriaue
Pérez
'A
au
ilar 115753 Fallecido
'
¡'
Vigen
c
ia
' diciembre 2007-
cesó
4.969.819;4
Eliana
Andrade
Cárcamo 179400
en
sus
funcio
n
es
el
31
.12.2007.
6.279.043-1
José
Galindo Dlaz 14361 7 Vigencia agosto
de
2014-
11
.544.998-2
José
Galindo
BórQuez
235937 Vigencia
mayo
2007-
renuncia
·
voluntaria
el
7
de
.
mayo
de
2007
4.79(i.
:Z58-1
Teodoro González
Vera
185258 .' Vigencia a Octubre 2015- jubiló
el
25.08.2014
11.598.915-4 Jaime
Marinan
Naguelpin 246274 Viqencia
enero
2014 -
.5.558
.j
60-9. 115753 -Funcionario
de
la
Municipalidad
Enrique
Pérez
Aguilar
de
Curac
o
de
Vélez
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e.
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, '
(
CONTRALORíA-GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
C0NTROL EXTERNO
"
Lo
anterior, vu lnera
lo
estipulado
en
el
artículo
82
, de
la
ley
10,336
.'
de 'Organízación y Atríbuciones 'ce
la
Contraloría General de
la
República, que establece que
la
cancelación
de
las cauciones corresponderá
al
Contralor"
previo informe de los distintos departamentos de
la
Contra
lo
ría
y de los Jefes de
I~s
Oficinas
o Servicíos donde haya actuado
el
interesado durante
la
vigencia de
la
garantía, Agregando
que, para estos efectos,
el
, interesado solicitará del Contralor dicha cancelación,
proporcionando todos
los
datos que, acrediten
la
forma, época y condición de
la
caución,
/ Por ótro lado,
se
verificó que
el
señor Paulo
Sepúlveda Sepúlveda, persona contratada a honorarios,
en
virtud del decreto
41,
de
6
de enero de 2014, realiza las funcione,s de encargado de informática del municipio,
el
cual
no
posee póliza de fianza,'
Lo
anterior transgrede
lo
'estipulada
en
el
la
ley
10,336 , de Organización y Atribuciones de
la
Contraloria General de
la
República, cuyo
texto refundido
se
aprobó
po
r decreto 2.421,
de
2014, del Ministerio de Hacienda,
el
cual
, estipula que toda
perso~a
que tenga a
su
cargo fondo,s o bienes del estado, debe rendir esta /
caución,
En
su
oficio de respuesta,
la
' municipalidad
manifiesta que
se
solicitará a esta Contraloría Regional
la
cancelación de
1<3S
pólizas de
fian?á que están vencidas o que
no
corresponda
ma
'ntener vigentes, Agrega, respecto
al
señor Paulo Sepúlveda Sepúlveda, que gestionará
su
póliza de fidelidad funcionaria,
, Por
lo
expuesto, cape mantener
la
observación, '
a
la
espera que ese órgano comunal regularice
la
situación
de
las pólizas de fidelidad
,funcionarias de quienes
ya
no
prestan servicios
en
ese muriicipio , como asimismo tramite
la
aludida caución del señor Sepúlveda Sepúlveda , informando de todo ello a este Organismo
Contralor
en
un
plazo
no
superior a 60 dias hábiles desde
la
recepción del presente informe,
3. Auditoría Interna.
~obre
esta dependencia,
se
verificaron las
siguientes s,ituaciones:
3.1.
Arqueos
y recuento de bienes.
Se verificó que
la
dirección de control
no
ha
efectuado arqueos periód¡'cos a las disponibilidades
de
fondos y documentos val9rizados
de
esa entidad edilicia , asi como tampoco
ha
realizado recuentos físicos, tanto de bienes del ,
activo fijo como
de
mercaderías, materiales y bienes
de
consumo
lJ
otros, según acta de
fis'calización de esta Entidad Fiscalizadora de fecha 22 de julio de 2016 , hecho que vulnera
el
principio de control consagrado
en
el
articulo,
de
la
ley 18',575, Orgánica
Constitucional
de
Bases Generales
de
la
Administración ,del Estado y los numerales'38 ,
39
,
59
Y 60 de
la
resolúción exenta 1.485, de 1996, que Aprueba Normas
de
Control Interno
de esta Contraloría General.
3.2. Plan anual de, fiscalización.
,
/
\
\ .
CQNTRALORíA GENERA!.. DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
En
relación con
la
materia, procede anotar que
la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida entre otros, en el'
dictamen W 74.588 , de 2014,
ha
manifestado que
es
responsabilidad de los municipios
definir
la
forma como acometer
su
proceso de control, obedeciendo ésta esencialmente a
las necesidades propias de cada entidad
Y'
a las caracteristicas de
su
control interno.
Agregan los dictámenes N
°S
25.737 , de 1995, y 25.515, de 1997, en
lo
que interesa, que
entre las principales tareas de las contralorlas internas
se
encuentran la evaluación
sistemática y permanente del sistema de control interno de la entidad , además, de
la
revisión
periódica y selectiva de las operaciones económico-financieras del
municipiCil,
todo esto, con
el fin de determinar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, y la aplicación
sistemática de co"troles especificos.
3.3.
Manuales
de
p'
rocedimiento.
Se verificó
la
inexistencia de manuales de
procedimiento de las diversas rutinas administrativas de
la
únidad de control interno
municipal,
lo
cual transgrede ·
10
estipulado en los numerales 39, 44 Y 45 de la resolución
exenta N° 1 :485, de 1996, de este Organismo de Contrel, sobre Normas de Control Interno.
,
3.4.
Revisiones
de
la
Dirección
de
Control.
La
Dirección de Control. de
la
Municipalidad de
Castro
no
ha realizado auditorlas o revisiones a los procesos relacionados con
la
adquisición
de bienes y servicios, y
al
otorgamiento de ayudas sociales en los últim.o,s 3 años,
lo
cual
constituye una debilidad de control interno, que se aparta de lo previsto en
la
resolución
exenta 1.485, de 1996, de este origen, normas generales, letra
e)
, vigilancia de los
contróles, N° 38, en cuanto a que los directivos deben vigilar continuamente. sus operaciones
y adoptar i!1mediatamente las medidas oportunas ante cualquier evidencia de irregularidad '
o de actuación contraria a los principios de economla, eficiencia y eficacia;
I¡!n
relación
COr:l
el /capitulo V del mismo instrur'hento, letra
a)
responsabilidad de
la
entidad, N° 72, en cuanto
la
dirección es responsable de la aplicación y vigilancia de los controles internos especificos,
necesarios para sus' operaciones, por lo que debe ser consciente
de
que una estructüra
rigurosa en este ,ámbito es funcjamental para eontrolar
la
organización, los objetivos, las
operaciones y los recursos, '
En
su
. respuesta, el
mUniCipiO
, respecto del
numeral
3.1
señala que
el
director de control , don Guido Bórquez Cárcamo , asumió ese
cargo en el mes de marzo de 2016 , llevando menos de 8 meses en sus nuevas funciOl'les.
Agrega, que sin perjuicio de ello, se tomarán las medidas para que, en
lo
sucesivo, efectúe
arqueos periódicos a las disporiibilidades de los fondos. y documentos valorizados ,
recuentos flsicos, tanto de bienes del activo fijo como de mercaderlas, materiales y bienes
de consumo.
Añade, en 'cuanto a los pl:mtos 3.2 y 3.3, que se
'adoptarán las medidas para que
la
dirección de control elabore
Ur:l
plan anual de ·
fiscalización, de acuerdo a las funciones que establece
el
articulo 29 de
la
ley 18.695; así
como
la
cOr:lfección
de
un
manual de'procedimiento de las diversas rutin'as administrativas
de esa dirección , conforme lo establecido en
la
resolución exenta N ° 1.485, de 1996, de esta
procedencia.
_ _ _ Finalmente, en
lo
que atañe al numerario 3.4,
,ff
A4
0'.,
manifiesta que
la
dirección de control realizará a.uditorlas o revisiones según
lo
disponga el
I/,'l'
.
~
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n anual de fiscalizacion. l . ,
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CONTRALORíA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
! ,
Al
tenor de
lo
expresado y dado que
corresponden a acciones futuras que
no
permiten corregir
las
situaciones reprochadas,
se
mantienen las observaciones, haciéndose presente que
la
jurisprudencia administrativa de
esta Entidad Fiscalizadora contenida , entre otros,
en
el
dictamen 74.588, de 2014 ,
ha
manifestado que es responsabilidad de los municipios ·definir
la
forma como acometer
su
proceso
de
control,
oi;>edeciendo
ésta esencialmente a las necesidades propias de cada
entidad y a las caracteristicas de
su
control interno .
Agregan los dictámenes N
°S
25.737, de 1995, y
25.515 , de 1997,
en
lo
que interesa, que entre las principales tareas de. las contralorías
internas
se
encuentran
la
evaluación sistemática y permanente' del sistema de control
interno de
la
entidad, además, de
la
revisión periódica y selectiva de las operaciones
económico-financieras del municipio, todo esto , con
el
fin de determinar
el
cumplimiento
de
las normas legales y reglamentarias , y
la
aplicaCión sistemática de controles específicos.
Atendido
lo
anterior, corresponde que, acorde a
las necesidades y prioridades que determine dicho mun.icipio,
la
unidad de control municipal
realice una planificación anual de las actividades' de fiscalización y auditorías , entre ellas,
las relacionadas a las materias antes señaladas, las que deberán ser aprobadas por
la
jefatura comunal, junto con terminar
la
confección y sancionar
el
aludido manual de
procedimientos, y efectuar en forma periódica '
Ios
arqueos y recuentos de bienes, todo
lo
cual será validado en fut,uras auditorías que ejecute
es'te
Órgano Contralor
en
esa
municipalidad.
r .
4.
librO
de
sumarios.
Revisado
el
libro
de
sumarios de
la
Municipalidad de Castro,
se
constató que existen 12 procesos disciplinarios que no
se
encuentran afinados , los cualesexceden latamente los plazos de sustanciación estipulados
en
los artículos 124 y 133 de
la
ley' N" 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios
Municipales, que prevé,
en
lo
que interesa, que
la
investigación
de
los hechos deberá .
realizarse
en
el
plazo de veinte días
en
el
caso de los sumarios y 5 para las citadas
investigaciones sumarias
al
término de los cuales
se
declarará cerrada
la
investigación y
se
formularán cargos
al
o
los
afectados o
se
solicitará
el.
sobreseimiento, para
lo
cual habrá
un
plaza
de
tres días
..
En
casos calificados,
al
existir diligencias pendientes decretadas
oportunamente y
no
cumplidas por fuerza mayor,
se
podrá prorrogar
el
plazo de ' instrucción
del sumario liasta 'completar ;¡eSehta
dí¡¡ts
" resolviendo sobre ello
el
alcalde.
1:;1
detalle
se
presenta
en
el
?orle
xo N"
1.
.
'.
. ' . .
En
este sentido, es dable indicar que de acuerdo
a
lo
manifestado por esta Contraloría General de
la
República,
en
el
dictamen
99.268 ,'
de
2014, dicha dilación
no
constituye
Url
vicio que afecte
la
validez del respeGtivo procedimiento,
ya
que
no
incide en aspectos esenciales del mismo , de conformidad 'con
lo
previsto en
el
artículo 142
la
anotada ley N" 18.883, sin perjuicio
de
la
responsabilidad
qUjlle
compete
al
instructor y a
la
unidad jurídica de velar por
la
correcta y oportuna gestión de éstos hasta
la
vista fiscal, obligación dentro de
la
cual
se
entiende incorporada
la
de dar. cumplimiento a
los plazos que contempla
la
normativa legal, tal
Como
se
ha
precisado por este Organismo
. de Control , entre otros,
en
el
dictamen N" 7.027,
de
2014. . .
La
municipalidad resQonde que instruyó
al
jurídico para que
se
aboque preferentemente a
su
cono
Ci
miento y proceda a
la
r
¿'F:"*,~,
bre
.
vedad
a dar curso a las investigaciones pendientes .
13
CONTRALORíA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Los argumentos vertidos por ese órgano
comunal resultan insuficientes para corregir
el
hecho reprochado , p ór lo que se mantiene
la
observación, dado que permanece aún
la
cantidad
de
12 procedim ientos disciplinarios sin
resolver, por
lo
que procede que
la
jefatura comunal, por una parte, arbitre las medidas
necesarias para velar por
el
pronto término
de
ellos, informando documentadamente a este
Órgano Cor¡tralor, en un pla
iZ
o
no
superior a 60 días hábiles, contados desde
la
recepción
del presente informe, acompañando los actos administrativos que dispongan
la
aprobación
de
la
vista fiscal
de
ellos y
la
aplicación de las medidas disciplinarias,
si
procedierl3' o
su
sobreseimiento; y por otra, ordene
la
instrucción
de
un sumario administrativo
en
contra de
los fiscales y del director
de
la
asesoría.
jur
idica municipal -atendida
la
excesiva tardanza
en
la tramitación
de
tales procedimientos,
en
especi
al
, los 7 procedimientos disciplinarios que
datan del año 2009, los que se mantienen
en
trárr¡ite o s in iniciar, computándose, en
el
más
antiguo, más
de
2.261 días hábiles
al
22
de septiembre
de
2016-, remitiendo
el
decreto
municipal que así lo disponga, a
la
Unidad de Seguimiento
de
Fiscalía
de
este Organ ismo
Contralor,
en
el
plazo de
15
días hábiles . .
5.
Seguridad
Informática.
Las bases de datos de los programas del área
financiero-contable
en
uso
en
la
Municipalidad de Castro no tienen restricciones
en
la
eliminación de los registros almacenados, lo cual transgrede
lo
estipulado
en
el
articulo
15
del decreto N'
83
, de 2004, del Ministerio
de
la
Secretaria General de la Presidencia , sobre
seguridad y confidencialidad ' y confidencialidad
de
los documentos electrónicos. Asimismo ,
vulnera lo establecido
en
.
el
numeral 44 de
la
resolución exenia N' 1.485, de 1996,
de
este
orig.
en
.
La
entidad edilicia,
en
su
respuesta, señala que
no es. efectivo que esa situaci
ón
ocurra
en
los programas financieros -contables , puesto
qu
e ningún usuario tiene
la
facultad
de
borrar
la
información de la base de datos, sino que
únicamente posee tal privilegio
el
encargado de informática,
en
su
rol
de administrador
de
ellos.
Agrega, que sin perjuicio
de
ello
se
adoptarán
las medidas para que,
en
lo
sucesivo,
se
cumplimiento a
lo
dispuesto
en
la
norma técnica
para la ofganización
de
la
Administración del Estado, sobre seguridad y confidencialídad
de
los documentos electrónicos y dar cumplimiento,
adel")1ás
, a
lo
establecido
en
la
resoluci
ón
. exenta 1.485,
de
1996, de esta procedencia.
Al
respecto, se acoge
lo
' indicado por ese
órgano comunal respecto de
qUe
únicamente
el
administrador de los progra¡
mls
puede '
el
iminar registros almacenados; no obstante, dado que ese ente edilicio no indica las
acciones correctivas a implementar,
se
mantiene la observación, a
la
espera que desarrolle
y ejecute las medidas necesarias para
su
solución definitiva , cuya efectividad será validada
en
ur
la pró
xi
ma
fiscalización.
6.
Antecedentes
de
respal¡lo. "
) .
Examinados los decretos
de
pago señalados
en
la
muestra, se advirtió que estos no adjuntaban todos los antecedentes. de respaldo tales
. como: cotizaciones,
~rdenes
de
pedido, copia
de
las publicaciones,
grab;;¡
p
ión
y videos
,. solicitados, según sea
el
caso, los cuales conforman
el
expediente
de
rendición
de
cuentas,
c,,,t\ l\ (
lj
"
~p
que
n.o
se aviene con
lo
establecido
en
los numerales 43 y 46
de
la
resolución exenta
,
'o
° 1.485,
de
1996, de esta procedencia , .que Aprueba Normas
de
Control Interno
de
la
:?
C
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,
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'
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,
CONTRALORiA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Contraloría General, que señalan,
en
lo
que
inter~sa
,
que
la
eslructura
de
control interno y
todas las transacciones y hechos significativos deben estar claramente documentadas y
la
documentación debe estar disponible para
su
verificación; debe ser exacta y facilitar
el
seguimiento
de
la
operación o hecho, antes:' durante y después
de
su
realización.
La
entidad edilicia ,
en
su
oficio respuesta,
manifiesta que
se
adoptó
la
medida de adjuntar toda'
la
documentación
de
respaldo a cada '
'uno de los decretos
de
pago, por cuanto, en
algul'1os
casos, ésta
se
encuentra adjunto a
otros egresos.
, , . ,
En
consecuenci"a,
se
mantiene
la
observación,
debiendo
la
jefatura comunal impartir instrucciones para
el
adecuado sustento, cuidado y
custodia de toda
la
documentación respaldatoria
de
gastos e ingresos, a
fi.n
de
acreditar
la
efectiva percepción de los ingresos,
la
prestación de los servicios y
la
recepción conforme
de
los bienes adquiridos , todo
lo
cual sera corroborado por este Orgánismo de Control
en
una próxima auditoría sobre
la
materia.
11.
EXAMEN
DE
LA
MATERIA AUDITADA
Del analisis efectuado,
se
establecieron
las
siguientes situaciones :
1.
Vehículos.
,
Se determinaron diversas observaciones
en
las
bitácoras
de
los vehículos examinados que dicen 'relación
con:
falta de
revisió,n
de
las
mismas,
no
especificar detalladamente
el
recorrido de
un
móvil, correcciones y saltos
en
la
marcación del kilometraje., entre otras observaciones, según
se
aprecia
en
el
anexo W
2.
Esta situación incumple
lo
' estipulado
el
título
XII
, letra
f)
del oficio circular .N° 35.593, de 1995, de
esta,
Contraloría Genéral de
la
República, que reglamenta
el
uso y c;irculación
de
vehíct.¡los estatales. Dicha situacion
se
verificó, respecto de cuatro vehículos examinados
en
la
muestra, los cuales corresponden a
los identificados con
la
placa única I:lSRV:62, HSRV-72 , GJPX-41 y FSHV-7.
5.
.
La
municipalidad .adjunta
en
su
respuesta,
el
'
oficio ordinario 329,
de
4 de octubre de 2016, mediante
el
cual
se
instruyó
al
encargado.
del taller municipal realizar
un
control
de
las bitácoras' de los vehículos municipales , con
el
objeto de verificar
su
buen uso. ,
Al
tenor
de
lo
expresado,
si
bien
se
acogen las
acciones correctivas implementadas , estas resultan insuficientes para desvirtuar
el
hecho
reprochado, por
lo
que
se
mantiene
la
observación, mientras
no
se
acredite
la
regularización
de
la
información faltante
en
las aludidas bitácoras de
los
. r.eferidos móviles,
al
término del
plazo de 60 dias hábiles , contados desde
la
recepción del presente informe.
. ,
2.
. Incorporación reiterada d!) la ímagen d.el Alcald"e en la página web municipal.
Revisado
el
banner de noticias del sitio web
municipal http: //www.municastro.cl/inde x.php/noticias.
en
facebook '
(www.facebooklMunicipalidadCastro) y'
en
twitter (http://twitter.com/rrpp.castro),
se
constató
.
4'~
'
"'"'0'''
d.
p,bI'"o,o"
q"
d'
,o
,
000'00"
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. ,
15
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBL.ICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
incorporación reiterada y
en
forma destacada de la imagen del alcalde Nelson Águila Serpa
en
actividades de carácter m,unicipal,
las
que
se
detallan en
el
anexo N" 3.
J
En
relación a
lo
anterior, debe objetarse
la
inserción reiterada de
la
imagen del alcalde, por cuanto, tal como
lo
ha
precisado este
Organismo de Fiscalización mediante los dictámeníls N
°S
100:962,
de
2015, y 4.
531
, de
2016, entre otros , es
la
entidad edilicia, como institución, quien presta
los
servicios que
se
anuncian
en
cumplimiento de sus funciones , y
no
las autoridades
en
forma independiente,
como pudiera entenderse cuando
se
hace uso frecuente
de
su
figura,
En
tales éondiciones los
mUnicipiOS
deben
abstenerse de incorporar -
en
cualquier época- tanto
el
nombre como
la
imagen de
la
.autoridad edili}:ia como una ,práctica reiterada asociada a
la
difusión
de
las actividades
municipales', toda vez que ello podría significar una infracción a las normas relativa.s
al
empleo de recursos del organismo de que
se
trata,
en
beneficio personal o para fines ajenos
a los 'institucionales (aplica critério contenido
en
el
dictamen N" 1.979, de 2012 , de este
origeñ), . .
. ,
'.
Sobre
el
particular, es dable manifestar que es
el
municipio, como institución, quien presta los servicios que
se
publicitan
en
cumplimiento
de sus ' funciones , y '
no
la
autoridad edilícia
en
forma independiente " como pudiera
entenderse
de
una excesiva explotación
de
su
imagen (aplica criterio contenido
en
los
dictámenes N" 54.354 ,
de
2008 y 24 ,
771
, de
2011
, de este origen) .
Lo
anterior,
no
se
ajusta a derecho, puesto que
la
utilización
de
frases o alusiones a
la
persona del ¡¡Icalde
en
los elementos publicitarios
ya
citados,
se
puede inferir que med iante ello
se
pretende atribuir a s,u persona la ejecución de
las
obras e implementación de las
in
iciativas que
se
difunden en
la
mencionadas redes.
sodales, y'
no
al
resultado del cumplimiento de
las
funciones de
la
entidad edilicia (aplica
criterio contenido en
el
dictamen N"
21
,237, de 2016, de esta procedencia),
'.
En
su
respuesta ,
el
órgano comunal m¡¡nifiesta
que
si
bien
en
algunas de
las
plataformas utilizadas por
el
municipio
se
anuncian gestiones
llevadas a cabo por
el
alcalde como primera autoridad
de
la
comuna,
jefe
superior y
representante protocolar del municipio, esto
no
constituye una práctíca habitual.
Agrega, que,
la
difusión
de
actividades de
los
distintos departamentos municipales ,
en
las
mencionadas redes sociales, ponen énfasis
en
.qu.e es
el
municipio y
no
el
alcalde
en
forma independiente,
el
que desarrolla las gestiones.
, Las explicaciones vertidas por esa entidad
edilicia
no
permiten alterar ios reproches formulados , procediendo,
en
tal sentido , a
mantener
la
observación, haciendo presente que
la
jurisprudencia administrativa
de
este
Organismo
de
Control éontenida, enire otros ,
en
los dictámenes N
°S
24
,
771
, de
2011
, Y
1,979, de 2012 ,
ha
precisado que
en
matería
d~
dífusión y publicidad,
el
rol de los municipios
está condicionado a
la
necesidad
de
que con ello
se
,cumplan tareas propiamente
municipales, de manera que pueden util izar
los
diversos m.edios
de
comunicación solo para
dar a conocer a
la
comunidad local
los
hechos o acciones directamente relacionados con
el
cumplimiento de los fines y c
,o
n
su
quehacer propio, como
la
realización de actividades
culturales, artísticas, deportivas u otras; que resulte necesario e imprescindible difundir o
t:;
._-
ublicitar, condiciones que en
la
especie
no
se
cumplen .
,~~(
.
",
"
U,
i40
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EXTERNO
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Tfl~tORtn
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It,a
I\c:)
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'l'l\
16
I '
(
, .
CONTR~LORíA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLlOA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Además, cabe reiterar que es
el
municipio, .
como institución , quien presta .Ios servicios que se anuncian
en
cumplimiento
de
sus
funciones, y no las autoridades en forma independiente, como pudiera entenderse cuan'do
se
hace uso de
su
nombre, de manera que no corresponde que
la
divulgación, o difusión
contenga imágenes o frases alusivas a aquellos, salvo que, en
el
respectivo contexto,
aparezca
q~e
ellas se encuentran vinculadas, estrictamente, con
la
necesidad de iflformar
actividades comprendidas dentro de los fines municipales, situación que no
se
apre,cia
notoriamente
en
la especie (ap lica criterio contenido en los dictámenes N
°S
39,717,
de
2012,
y 100.962,
de
2015, de la Contraloría General de
la
República, entre otros).
Atendido
lo
anterior, procede que ese municipio,
en
lo
sucesívo,
se
abstenga de realizar gastos
de
' publicidad y difusión que
no
se ajusten a
la
normativa legal y jurisprudencia administrativa antes señalada,
lo
que será verificado
en
futuras fiscalizaciones que ejecute esta .Entidad de Control, evitando insistir
en
el
referido
comportamiento y,
en
el
evento de detectarse, .a futuro, una repetición de la anotada
conducta, este Órgano
de
Control ínstruirá
el
corres'pondiente proceso disciplinario en contra
del jefe comunal y
de
los demás funcionarios municipales involucrados , lo que será
verificado
en
futuras fiscalizaciones que ejecute esta' Entidad de Control.
. .
3,
Om'
isión
de
cláusula
sobre
inhabilidades e
incompatibilidades
en
contratos
a
honorarios
a
suma
alzada,
Esa entidad no · incluyó
en
los contratos a
honorarios sometidos a examen ,
la
cláusula sobre inhabilidades e incompatibilidades
administrativas establecidas en los 'artículos 54,
56
de
la
ley W 18.575,' aplicables a
dichos servidores
,'
de acuerdo a
lo
previsto
en
el
artículo 5
°,
inciso octavo, de
la
19.896, que introduce modificaciones'
al
decreto ley W 1.263, de 1975, Orgánico de
Administración Finandera del Estado y Establece Otras Normas sobre Administración .
Pre~upuestaria
y de Persona .
El
detalle de los contratos observados s9n los siguientes .
BENEFICIARIO
FECHA
W
DECRETO
FECHA
CONTRATO
ALCA
LDICIO
Francisco
Aqui
lar
Sobarzo
01-01-2016
66
04-01-2016
Vlctor
t::'opetegui
Iturriaga
01-01-2016
64
04
-0
1-2016
Sebastián
Beiza
Iribarren
01-01-2016
65
04-01-2016
Pa
tricia
Verónica
Matus
Ca
lder
ón
04-P1-2016
,
82
04-01-2016
Diego
Andrés
Aquilera
Martlnez
28-04-2016
207
29-03-2016
Paulo
Sepúlveda Sepúlveda
29-06-2016
38
04-01-2016
Vlctar
Eduardo
Lopetegui
Iturr
iaga
29-06-2016
64
04-01-2016
"
Pablo
Andrés
Villarroel
Hipp
18-05-2016
290
26-05-2016
..
Fuente. Elaboración propia sobre
la
base
de
la
Informaclon proporcionada por
el
Departamento
de
Administración y Finanzas de
la
Municipalidad
de
Castro.
"
El
mentado órgano comunal manifiesta que
se
incluirá,
en
lo
sucesivo,
en
los contratos a
honorari~s
una cláusula sobre incompatibilidades
administrativas establecida en los
artí,
54
,
55
Y 56
de
la ley W 18.575.
. Las explicaciones ' otor9¡adas resultan
insuficientes para desvirtuar
el
alcance formulado, dado que corresponden a acciones
futuras, por
lo
que procede mantener
la
observación, y
~u
cumplimiento será corroborado
por este Organismo Contralor
en
una próxima auditoría. , /
17
,
,
l'
. \
CONTRALORíA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
I
4.
Transferencias.
Se
censtató que las transferencias entregadas
per
el
municipie en
el
primer semestre de 2016
ne
adjuntan
en
el
expediente de rendición
de Cuentas ,
el
cemprebante
d~
ingrese' de
la
institución receptera,
le
cual transgrede
le
estipulade
en
el
articule 27 de
la
reselución
N"
30, de 2015, que fija nermas sebre
precedimiente de rendición ce cuentas , de este erigen . Dicha situación
se
verificó respecte
, de
la
entrega de. fendes a las instituoienes deneminadas: Cenjunte Magisterie de C
¡¡
stre,
Club depertive Lille, Censeje de Pasteres de Castre y la Aseciación Depertiva Lecal de
Fútbel Amateur. .
La
entidad edil icia respende
qUe
', a partir del 14 .
de ectubre de 2016,
se
instr
ui
rá a las erganizacienes
benefi
~
iarias
la incerperación de
la
fetecepia de la libreta de aherre de ellas
al
memente
de
la
rendición de cuentas. Agrega ,
que preducte del cambie
en
el
precedimiente señalado , se tecibió fetecepia de la libreta de '
aherre de
la
Aseciaéión Depertiva Lecal de Fútbel Amateur . .
En
virtud de le expueste , y dade que ne se
acempañan les cemprebantes' de ingreses de las institucienes faverecidas , se mantiene le
ebservade, a
la
espera que ese órgane cemunal remita a este Organisme de Centrol, les
mencienades decumentes, acerde a
le
~stipulade
en
el
la
reselución 30,
de 2015,
ya
ci
tada,
en
el
plaze de 60 días hábiles centades desd e
la
recepción del presente
inferme.
5. Cotizaciones.
Revisade les decretes de page sujetes a
revisión, se verífí'
que des trates
di
rectes ne' cuentan c
en
las tres cetízacíenes exigidas .
El
detalle es
el
siguiente:
DECRETO
DE
PA
GO
OBSE
RVA
CiÓN
FECHA
MONTO
PRO
V
EEDOR
DET
A
LLE
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583 1
7.
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El
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lo
n
prop
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so
br
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as
e
de
la
In
fo
rm
ación , proporcionada por
el
Departamento de
Admin
is
tración y
Finan
zas de la
Muni
cipalid
ad
de
Castr
o.
Al respecte, cabe , manifestar que
el
precedimiente utilizade fransgrede' le establecide
en
el
artícule 18 de
la
ley N° 19.886, de
Bases sebre Centrates Administratives de Suministro y Prestación de Servicies, que señala
que , "Les erganismes públices regides per esta-ley deberán cetizar, licitar , centratar,
adjudicar, selicitar
el
despache
y,
en
general, desarrellar tedes sus preceses de adqúisición
y centratación de bienes, servicies y ebras a que alude
la
presente
le
y,
utilizande selamente
les sistemas electrónices e digitales que establezca
al
efecte,
la
. Dirección de Cempras y
Centrataéión Pública", y
el
incise segunde del artículo
51
, del decrete 250 , de 2004, del
Ministerie de Hacienda, que aprueba
su
reglamente, manifiesta que les trates directes que
se realicen
en
virtud de
le
señalade
en
el
artícule 10 del reglamente , requerirán un mínime
'de tres cetizacienes, salve aquellas contratacienes centenidas
en
les numerales 3 , 4, 6 y, 7,
_ _ excepciones que no
se
dan
en
los casos
en
estudio, Cabe señalar, que dicha situación
~
.•
"'ÜlEIl/j(
también la establece
el
reglamente 22: de 28 de ageste 2015, aprobade
en
dicha data ,
,
/0
"
U.
l
for:
~
~
re
adquisiciones , emitido por
la
Municipalidad de Castro . , J
,,'
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e ROL E <8' '
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, .
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\
, .
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CONTRALÓRíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS
LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
En
su
respuesta,
el
municipio indica que
respecto a
los
.decretos de pago N
°S
583 Y 613 ,
no
se
realizaron 3 cotizaciones porque
formaban parte de
un
conver;¡io
licitado a través
del
porta)
mercado públi co con.
el
W 2
73
0-
29
-LE16A, omitiél1dose adjuntar
el
contrato a los referidos ex
ped
ientes
de
pago, remitiendo
c1
pia
de
ellos
en
esta ocasión :
Agrega, que ' según
el
reglamento interno de
la
'
Municipalidad
de
Castro,
en
el
punto compra directa o trato directo , párrafo 2
',
dice'
te
xtualmente: "
El
procedimiento para realizar esta compra será mediante una solicitud
de
pedido de
la
unidad requirente acompañada de
al
menos
una
cotización
",
tratándose
de
adquisiciones de bienes y servicios cuyo costo
no
exceda las 3
UTM
.
Atendido
lo
establecido
en
el
articulo
53
, letra
a
),
del decreto N' 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
se
subsana
la
observación . .
111
. EXAMEN
DE
CUENTAS
,
En
la
presente auditoría
se
revisó
el
cumplimiento
de
las disposiciones legales 'y reglamentarias que rigen los gastos,
la
.
veracidad y fidelidad
de
las
cuentas,
la
autenticidad y pertinencia de
la
documentación
respectiva,
la
exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad , y
la
autorización:
del gasto,
en
relación c
on
los desembolsos asociados a los subtítul
os
21
, Gastos
en
personal; 2
2,
Bienes y Servicios de Consumo ; y
24
,.Transferencias Corrientes ,
en
el
periodo
re
visado, por
un
monto total de $
71
.382.435, en conformidad
con
lo
establecido
en
los '
artículos
95
y siguientes
~e
la
ley N'
10
.336. .
1.
Contratación a
hono
rarios.
\..
f-I respecto ,
se
constató
la
contratación de los
señores Francisco Aguilar Sobarzo, Víctor 'Lopetegui Iturriaga, Domingo Beiza Iribarren,
Paulo Sepúlveda Sepúlveda , Pablo Villarroel Hipp y doña Patricia Matus Calderón ,
en
calidad de honorariós para 'ejercer labores de carácter habitual/ por_
un
monto' total de
$ 9.
191
)
31
, situación que
es
improcedente
de
acuerqo
con
.
Ia
normativa 'sobre
la
materia.
El
detalle de las labores contratadas
se
presenta
en
el
ane
xo N' 4.
" . .
En
efecto,
el
artícu
lo
4' de
la
ley N'
18
.
883
prescribe,
en
lo
que interesa , que "Podrán contratarse sobre
la
base de honorarios a
profesionales y técnicps de educación superior o expertos
en
determinadas materias,
cuando deban realizarse labores accidentales y que
no
sean
las
habituales de
la
municipalid¡;¡d; mediante decreto del alcalde
".
Agrega,
el
inciso segundo de
la
norma
precitada, que "
se
podrá contratar sobre
la
base de honorarios,
la
prestación de servicios
para cometidos especificos, conforme a las normas
generales
'
~
.
Al
respecto, este Órgano
de
Control
ha
precisado, entre otros ,
en
el
dictamen N'
53
.7
96
,
de
20Ó9
, que son labores accidentales las
que
aun
cuando corresponde a
la
entidad
ed
ilicia ejecutar,
su
·desarrollo
es
ocasional o'
circunstancial, vale decir,
no
son tareas que
en
forma permanente y habitual
la
municipalidad '
debe cumplir.
\ Asimismo, tampoco resulta procedente
la
,
aplicación,
en
la
especie, de
lo
dispuesto
en
el
inciso segundo del mismo artículo,
¡:lar
cuanto
si
bien
esa
norma legal permite contratar so
bre
la
'base
de
honorarios
la
prestación
de
servicios para cometidos especificos conforme a las reglas generales, las cuales pueden
,r
';
I'I
':"
~R
=-.q""(
~
~nsistir
en
funciones propias y habituales del respectivo municipio, esta Entidad de Control
¡,
,
~
onCluido,
entre otros ,
en
el
dictamen N' 47.
972,
de 2909, que dicha facultad
no
puede
110
u~
4D ,
'
I
~
1RO
I r
fRNO:
19
,
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ONIR.
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.".
~')
,
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.....
_-
-
-=
CONTRALORíA GENERAL: DE LA REPÚBLICA
, CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS
. UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
significar
que
por esta vía. se encomiende en forma indefinida el desarrollo de labores
habituales del ente edilicio. toda vez que la ley W 18 .883 le franquea la posibilidad de recurrir
a las designaciones en calidad de titular o a con(rata. .
En su respuesta. la entidad comuna l indica que,
según la ley W 20.922, que Modifica Disposiciones Ap
li
cables a los Funcionarios
Municipales y Entrega Nuevas Competencias a la Subsecretaría de Desarrbl
lo
Regional y
Administrativo , se adoptarán las medidas administrativas para que las prestaciones de
servicios qúe digan relación con tareas habituales y permanentes, se verifiquen mediante
contrataciones eri calidad de titul
ar
o contrata . .
, ,
En virtud de lo expresado, y dado que no indica
las providencias
que
impiementará, se mantiene
la
observación, a
la
espera de la
materialización de las acciones correctivas que ejecutará, conforme a
lo
señalado en
la
ley
W 20.922,
c¡Jyo
cumplimiento será abordaao por este Organismo Contralor en una futura
fiscalización a esa entidad edilicia.
2.
.
Gastos
de
Publicidad
y
Difusión
2.1
.
Gast
os
insuficientemente
ac
reditados
.
Se determinó
la
existenciá de tres decretos de ·
pago, imputados
al
subtítulo 215-22-07-001-003-por la suma de
$1.428.000
~
por concepto,
-de servicio publicit¡¡rio mensu
al
, pagados al proveedor , según
contrato de suministro programa municipal en televisión de fecha 4 de mayo de 2015,
aprobado por decreto W 293, de
la
citada data, los cuales adjuntan un disco compacto que
contendría
el
respaldo de la labor realizada; no obstante, revisado!; dichos dispositivos se
verificó qu.e éstos se encuentran vacíos.
Lo ' anterior, tra nsgrede la cláusula tercera del
contrato, que establece que el pago de los servic ios prestados se realízará dentro de los
primeros doce días del mes sigu iente
al
de la efectiva prestación de los mismos, previa
. emisión de
la
factura, copia del material donde se verifique la .efectiva prestación de
servicios, a la q ue deberá adjuntarse un certificado favorable del re lacionador público de
la
MuniCipalidad. Asim ismo, dicha situación contraviene la letra
c)
del articulo y los artículos
10 Y siguientes, de
la
' Reso
lu
ción W 30, 2015, que Fija Normas de Procedimiento sobre
Rendición de Cuentas, emitida por
la
Contralorig\ General de la República .
El
deta
ll
e de los
gastos observados es el sig uiente:
I
DECRETO DE P
AGO
FACTURA
W
FECHA
MONTO
W FECHA
MON
T
O-
DETALLE
($) .
($)
Servicio publicitario
mensual
933
03
.
03
.2016
476
.
000
703
29
.
02
.2016
476
.000 pr
ograma,
avisos,
etc
. Adjunta
cd
vacfo
, Servicio publicitario
mensual
,
1478
07
.
04
.2016
476
.
000
704
28
.
03
.2016
476
.
000
programas,
aviso!?
, etc. Adjunta
cd
'vacfo
Servicio publicitario
mensual
, -
2108
25
.05.2016
476
.
000
715
24
.05.2016
476
.
000
prog
r
amas,
avisos,
ele.
Adju
n
ta
cd
vaclo
TOTAL OBSERVADO $ 1.428 .
000
..
,
,
CONTRAl,.ORíA
G.
ENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS
LAGOS
CJNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
.'
.
El
municipio responde que respecto , a los
decretos observados, cada información que
se
transmite por
el
canal
es
respaldada por
el
prestador del servicio , quien entrega
un
CD
o
OVO
a ese órgano comunal como respaldo
de
ello. Agrega que,
en
lo
. sucesivo, procurará minucio.samente revisar cada espacio e
información que contrate
en
los medios de comunicación.
Añad., que
se
tomó contacto
con
la
estación
tele
\(
isiVa
para obtener
el
registro de esos tres meses que
se
mencionan
en
el
presente
,
informe, los cuales acompañan
en
esta oportunidad . \
. Revisados los antecedentes aportados
en
esta
/ ocasión por ese órgano comunal,
se
subsana
la
observación. ,
2.2, Publicaciones que
c~ntienen
la imagen y/o· nombre del alcalde.
De
la
revisión de los decretos de pago
de
este
subtitulo ,
se
determinó que
si
bien esa entidad muestra información referida
al
cumplimiento
de
las
funciones propias del acontecer municipal ,
la
pr.incipal
figura de las notas periodísticas
incorporadas
en
las
ediciones corresponde a
la
imagen del alcalde, por
lo
que,
la
utilización
reiterada de
la
imagen de esa autoridad
no
se
condice
con
lo
sostenido por
la
Ccintraloría
General, entre otros, a través de los dictámenes N
°S
4ill;l69 Y 71.083, ambos de 2013,
en
el
cual
se
indica que
es
el
municipio, como institución , quien
...
presta
los
servicios que
se
publicitan,
en
cumplimiento de sus funciones , y
no
la
autoridad edilicia
en
forma
independiente, como pudiera entenderse de
una
excesiva explotación de
su
imagen.
El
detalle de
los
gastos
ob
·servados por
la
suma de $ 2.
313
.600,
se
exhiben
en
el
an
,exo N° 5.
1
no
es
efectivo que
la
información
publicaciones, pretenda atribuir
al
puntualizando
lo
siguiente:
I
La
entidad edilicia afirma
en
su
respuesta, que
entregada a
la
comunidad
de
Castro,
en
diversas
alcalde ·
Ia
prestación
de
los servicios publicados ,
En
la
publicación 86
el
periódico
El
Insular (saludo de
fin
de año) , consigna que quien firma
el
saludo
es
el
jefe supérior del
servicio (alcalde), segui,
do
del honorable concejo municipal y funcionarios de
la
Municipalidad
de
Castro.
Las
publicaciones
en
el
diario
La
Estrella
de
Chiloé (saludo de fin de año) publicados los días lunes
21
y jueves
24
de
diciembre de 2015, firma
el
jefe superior del servicio (alcalde), Honorable ConcejO'Municipal
y funcionarios
de
la
Municipalidad de Castro.
La
publicación del diario'
La
· Estrella de
Chiloé (obras
en
caminos básicos de Castro), d.
el
dia domingo
31
de enero de 2016,
se
muestra obras
de
trabajo y
en
una de las imágenes
se
ve
el
jefe superior
del
municipio, don
Nelson Águila Serpa y
la
Jefe Provincial de Vialidad
de
Chiloé; doña Jasna 8ahamonde
Saldivia. , ,
-
La
publicación de·
la
página 9 (imagen
concejo municipal
con
el
fondo del Estadio de dicha comuna)
se
hace alusión a
la
entrega
de
una
nueva obra física para Castro,
en
este caso , remodelación del Estadio Municipal,
en
la
cual aparece
el
concejo municipal
en
su
mayoría,
es
decir, alcalde y cinco de los seis
,;¡'?'
~J
~
nCejaleS
que tiene
la
comuna , quienes representan a esa repartición
,blica . "
! 3
CON)
fX~::JJ
I
4.
CON!
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~
21
,
c;.
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o,
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lO
o,
~c¡;
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o'
_,
;)
..;1
/
~
CONTRALORíA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONtRALORIA
REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
La
publicación en
el
diario
La
Estrella de
Chiloé (saludo de 'aniversario) del día
12
de
febrero
de
2016, firma
el
jefe superior de)
servicio (alcalde) , Honorable Concejo Municipal y funcionarios de '
Ia
Municipalidad
de
Castro.
.
La
página
en
eLsuplemento aniversario
449 de
la
ciudad de Castro,
en
el
saludo, firma
el
jefe sup.erior del servicio (alcalde) ,
Honorable Concejo Municipal y funcionaFios de Municipalidad ,
de
Castro.
En
este sentido, concluye
el
municipio, que las
publicaciones observadas hacen referenciá expresa no solo
al
alcalde, jefe superior del
servicio, sino también
al
concejo municipal y a los funcionarios de esa entidad edilicia, es
decir, concurren
en
la
información todos' los estamentos que' componen dicha repartición
pública. Agrega, que las ediciones especiales y cada producto del diario
La
Estrella son de
exclusiva responsabilidad del citado periódico, no teniendo injerencia ese ente comunal
en
la forma
en
la
cual se redacta
la
noticia o se diagrama una página , siendo
el
pago
de
la
municipalidad por
la
compra
de
unidades
de
ese suplemento , los cuales son distribuidos .a
fa
comunidad que asiste a las reparticiones municipales.
Las explicaciones vertidas por esa entidad
edilicia no permiten alterar los reproches formulados, procediendo,
en
tal sentido, mantener
las observaciones antes señaladas, con excepción a la que hace alusión a
la
remodelación
del Estadio Municipal, puestq que ,los saludos navideños y
de
aniversario·, así como los
trabajos de conservación de
red
vial
de
caminos, no se refieren a
la
difusión de actividades
u obras ejecutadas en '
el
cumplimiento de los fines ' propios del municipio, lo que contraviene
lo
establecido
en
la
jurisprudencia administrativa de este Orgaoismo Fiscalizador conténida,
entre
otr.os
,
en
el
dictame~
58.624, de 2014. -
. Sobre
el
particular, cumple con reiterar 'que de
acuerdo a lo
e~tablecido
en
el
decreto ley 1.263, de 1975,
yen
el
artículo 3
°,
inciso.
primero, de
la
anotada ley 19.896, los recursos financieros
con
"q
ue cuentan los
organismps públicos deben destinarse exclusivamente
al
logro de los fines propios
de
tales ,
entidades y,
en
ese sentido ,
en
lo
que dige relación con
el
rubro de publicidad y difusión,
no
pueden incur.rir
en
otros gastos que los necesarios para
el
cumplimiento
de
sus funciones ,
y
en
aquellos que tengan por objeto informar a los usuarios aaerca de
la
forma de acceder
a las
I'lrestacion~s
que otorgan .
.
En
ese contexto,
la
jurisprudencia administrativa
de este Órgano de Control contenida , entre otros, en los dictámenes N
°S
84.878 ,
de
2013, y
82
:316, de 2014, ha manifestado que los municipios pueden utilizar' los diversos medios de'
comunicación solo para dar a cohdcer a
la
éolectividad los hechos o acciones directamente
relacibnados con
la
consecución de sus fines y con su · quehacer, como
la
realización
de
actividades culturales, artísticas,
d~portivas
u
ot~as
,
que resulté necesario e imprescindible
difundir,
lo
que no acontece
en
este caso. .
. I Por
lo
expuesto, esa entidad edilicia ,
en
el
futaro, deberá dar estricto cumplimiento a
la
normativa'legal y jurisprudencia aplicables
en
materia de gastos
de
publicidad y difusión,
lo
que será verificado por este Órgano
d~
Control
en
ulteriores fiscalizaciones.
CONTRALORíA GENERAL
PE
LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
3.
Servicio
de
Impresión
.
3.1.
Invitaciones
y revistas.
Del examen efectuado se determinó que
si
bien
esa entidad muestra información· referida
al
cumplimiento de las funciones propias del
acontecer municipal,
la
principal figura de las notas periodísticas incorporadas
en
las'
ediciones corresponde a
la
imagen del alcalde, 'por
lo
que,
la
utilización reiterada de
la
imagen de esa autoridad no se condice con lo sostenido por
la
Contraloría General , entre
otros, a través de los dictámenes N
°S
49.869 Y 71.083
,'
ambos de 2013 ,
en
el
cual se indica
que es
el
municipio, como institución, quien presta los servicios que se publicitan ,
en
cumplimiento de sus funciones, y. n6 la autoridad edilicia en forma independiente, como
pudiera entenderse de una e xcesiva ex
pl
otación de
su
imagen.
En efecto,
en
dicha materia se observaron
lo
decretos de pago N
°S
583,598 , 1.618, 1.749, 1.893, 3.015 Y 3.070, todos de 2016, por
la
soma de $ 6.569 .205, cuyo detalle se indica
en
el
'anexo W
6.
La
municipalidad indica que quien invita
es
el
alcalde
en
su
calidad !!e jefe superior del servicio . Agrega, que cada
in
vitación lleva impreso
el
escudo del municipio. Añade, para
el
caso observado de
in
vitaciones protocolares de
la
cuenta pública , la disposición legal establecida
en
la ley 18.695, artículo 67, que
establece que
el
alcalde debe realizar una cuenta pública
en
la que deberá dar a conocer a
la
comunidad y
al
concejo municipal la serie de gestiones que se realizaron
el
año anterior, '
como plazo último
el
día hábil del mes de abril.
En
atención a
lo
expuesto , es dable hacer
presente que '
la
representatividad del mLjnicipio
nO
'ha sido objetada por este Organismo
El~
Control, sino que
lo
reprochado es
la
incorporación -en cualquier época-del nombre y/
ola
imagen del alcalde , como una práctica reiterada
en
la difusión de las actividades ,
municipales, toda vez' qué ello podría significar
un
~
infracción a las normas relativas
al
empleo de recursos del municipio,
en
beneficio personal o para fines ajenos a los
institucionales. '
Por
lo
expuesto , no cabe sino mantener
lo
observado, debiendo ese municipio,
en
concordanq
ia
con
la
jurisprudencia citada y a fin de
evitar eventuales irregularidades, en
lo
sucesivo, abstenerse de
la
práctica señalada, dado
que
no
es posible que mediante ello
se
atribuya a una persona la ejecución de las iniciativas
que difunden, y no
al
resultado del cumplimiento de las funciones de
la
entidad edilicia ,
dado que ello no se ajusta a derecho (aplica criterio contenido
¡¡n
el
dictamen W
21
.237, de
2016, de este origen).
Además de lo anterior, la jurisprudencia
, administrativ
!"
de este Organismo de Control contenida , entre otros ,
en
Jos
dictámeries
N
°S
24.77
1.,
de 2011 , Y 1.979, de 2012,
ha
precisado que en materia de difusión y publicidad,
el
rol
de los municipios está condicionado a la necesidad de que con ello se cumplan tareas
propiamente municipales,'
€le
manera que pueden util
,i
zar los diversos medios de
comunicación solo para dar a conocer a
la
comunidad local los hechos o acciones
directamente relacionados con
el
cumplimiento de los fines y c
on
S\l
quehacer propio, como
la
realización de actividades culturales, artísticas, depertivas u otras,
qwe
r!,sulte necesario
e imprescindible difundir o publicitar, condiciones que,
en
la
especie, no se comprenden con
I
!~¡~
,;~".::
~
"bIiO"'"
do
,.
Ro
,
'''.
"
Mom,".
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""'o'p.'
2013 -2014". ,
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'"
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_
--
--'
/
CONTRALORíA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
._ CONTRALORIA REGIONAL
DE
lOS
LAGOS
. UNIDAD
DE
CONTROL EXT.ERNO
Atendido
lo
expuesto , esta Contraloría Regional
incorporará esta última materia
en
el
procedimiento disciplinario que instruirá
en
ese
municipio para determinar las eventuales' responsabilidades administrativas
en
los hechos
. antes reseñados." .
3.2.
Gastos
duplicados.
Se
verificó que mediante
el
decreto de c
pago
995,
de
8 de marzo
de
2016, por la suma de
$135
.000, se pag6al proveedor Inversiones
SIQUEM SPA
la
factura 263 ,
de
7 de marzo de 2016, por
la
adquisición de
un
lienzo para
"Bienvenida del Festival Costumbrista", atendida
la
solicitud 14, de
12
de febrero
de
,2016
emitida por don
I-;léctor
Caripan 'Sanzana, de
la
Oficina de Turismo, erogación que adjunta
una fotografía
de
respaldo
en
donde se lee "
37
° Festival Costumbrista Chilpte Bienvenidos
".
En
este sentido, caqe señalar que
el
expediente de rendición de cuentas no
se
adjunta la
recepción conforme 'por parte de
ra
citada oficina
de
turismo.
,
No
obstante
lo
anterior,
se
constató que por
d~creto
de pago
621
, de 18 de fe .brero de
20.16
por $ 2.679.285, se pagó
al
proveedor
' Publicidad E.I.R.L. ,
la
factura N° 1145, de 17 de febrero
de
la
citada anualidad , por
el
diseño: impresión , instalación y retiro de lienzos de pvc para
promoción y difusión de
la
XV
Feria
de
la
Biodiversidad y
37'
aniversario c.ostumbrista
·chilo.te ,
el
Cual
adjunta
el
certificado
32
,
de
18
de febrero de 2016, .emitido por
el
departamento de relaciones públicas, firmado por
el
encargado de dicha dependencia, señor
Miguel Sánchez Guineo, Dicho decreto de pago: adjunta también
12
fotografías, entre las
cuales 'se observa que
la
fotografía N° 4 , corresponde a
la
misma que se adjunta como
respaldo del citado decreto de pago 995.
En
atención a
lo
anterior, se observa '
el
decreto
d,e pago 995 , por
no
adjuntar
la
certificación
de
recepción del trabajo realizado y por
adjuntar
el
mismo a.ntecedente fotográfico que
se
señaló
en
el
decreto
de
pago
621
,
ya
'citado,
en
virtud de lo consignado
en
los artículos y
10
,
de
la
2015,
sobre rendición
de
cuentas,
de
estei
origen (Anexo N°
7).
.
En
.
su
respuesta,
el
municipio adjunta un
certificado
de
la
oficina de turismo, recibie[ldo conforme
la
factura 263, de la empresa
Inversiones Siquem SPA,
en
el
que señala que corresponde a
un
lienzo
no
considerado
en
la
solicitud original de la oficina de relaciohes públicas ,
el
que fue instalado
en
el
acceso del
. sector estacionamientos
de
la
ofidna provincial del Servicio de Vivienda y Urbanización,
SERVIU, espacio que noJue contemplado por
la
empresa de don Gastón Barrientos Torres,
una'vez constatada
la
instalaci6t'1
de
la
totalidad
de
los lienzos .
.'
: '
Analizados los antecedentes remitidos
en
esta
oportunidaGt
, cabe mantener
la
obs'ervación, dado que no se,justifica
el
requerimiento de un
nuevo lienzo ,
ni
acompaña registros fotográficos que acrediten su instalación, debiendo ese
órgano comunal aclarar y acreditar documentadamente
el
pag'o duplicado del gasto
en
dicho
elemento publicitario,
al
térmirio del plazo de
60
días contados desde
la
recepción del
presente informe. '
4:
Transferencias
pendientes de
rendición.
Se
constató
la
existencia de fondos pendientes
~
~
A
4(
-"de rendición
al
31
de diciembre de 2015
correspondl~nte
a las transferencias otorgadas a
,'l'
bqa-Instituciones del sector privado por
la
suma'de '$ 47.535.870, de los cuales existen sumas
.1
6 ' o
~
,
~
Ul
~
.
O ' R
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1)
:lo
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/
CONTRALORíA GENERA.L DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
prevenientes del
año.
1995
,.
sin que ese municipio. haya.realizade accienes de cebranza para
ebtener
su
rendición y/e restitución per parte
de
pichas erganizacienes , situación que
centraviene
le
estipulado.
en
el
numeral 5.3, de
la
reselución W 759 ,
de
2003, que Fija
Nermas de Precedimientes sebre Rendición de Cuentas, vigente hasta el
31
de
mayo.
de
2015, y
el
artículo.
27
de
la
citada reselución W
30
,
de
2015, que deregó
la
citada reselución
W 759, ambas de esta Centralería General de Ja República,
Su
detalle permenerizade
se
exhibe
en
el
anexe W
8.
El
resumen de les recúrso.s· pendientes de rendir
sen les siguientes:
i i i
proporcionada por el departameQ
to
de
Administración y finanzas
de
la
Municipalidad de Castro . ' , .
El
municipio. respende que
en
ei'
año.
201-0
se
selicitó a las institucienes
la
rendición de cuenta
de
les fendes entregades, las cuales
no.
centestaren
les
eficies enviades per
la
dirección
de
administración' y finanzas, ante
le
cual
se
remiti.eren diches antecedentes
al
departamento. de aseseria juridica para que iniciara
los
trámites judiciales cerrespondientes, mediante
el
eficie erdinarie
17
, de 2012.
Agrega, que
en
esta epertunidad
se
velverá a
adeptar medidas tendientes a
la
regularización de
la
deuda (per parte de dichas
erganizacienes, eficiándese a cada una de ellas mediante carta certificada y visita'a terreno. ,
. .
acempañande
la
.nómina enviada a
la
empresa
de
Cerrees de Chile y
la
lista cen las visitas
. realitadas a
las
entidades rurales . . . _
Añade, que
8'
raíz de elle , las institucienes
netificadas han cencurride
al
municipio. a nermalizar
su
situación financiera .
Revisades les antecedentes que adjunta a,
su
respuesta,
no.
se
advierte
la
recepción de las rendicienes de cuentas supuestamente
~~4(
recibidas
en
ese
órgano.
cemunal, per
le
que
se
mantiene
la
-ebservación, debiendo.
la
0"
u
QD
';
.
g C
ON!
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CON!
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·
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1>()
"'0
1
"GO
.,
:o
'
"\
~
'.
,.
,
'-
CONTRALORiA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
jefatura comunal informar documentada mente a este Organismo de Control las rendiciones
aprobadas por ese ente edilicio, así como las nuevas acciones que
en
derecho
ha
ejercido
sobre aquellas organizacione"s' que
no
han presentado tales rendiciones , todo ello
en
un
pla
zo de
60
días hábiles a partir
de
la
recepción del presente reporte.
. " ,
5.
,
Compr;ls
efectuadas en el
periodo
2015, pagadas
con
cargo al
presupuesto
2016.
Sobre
el
particular,
se
verificó que mediante los
decretos de pago N
°s
30
y
31
, ambos
de
fecha 8
de
limero de 2016 , por $ 476.000 Y 545.454,
respectivamente,
la
Municipalidad
de
Castro pagó a los proveedores
y
la
empresa Servici
os
Javier Ignacio San Juan Leiva, RUT N
°s
y
76
.058.114-3, las facturas que a continuación
se
detallan, cuyos servicios publi
ci
tarios
se
efectuaron en
el
mes de' diciembre
de
2015.
DECRETO
DE
FACTURA
PAGO
N"
FECHA MONTO ($)
30 693 3
0-1
2-2015 47
6.
000
31
1665 20-12-2015 545 .454
TOTAL 1.021.454
..
Fuente
. Elaboración
propia
,
en
ba
se a
la
Información proporcionado
por
la
MUni
C
ip
a
lidad
de Ca
stro
.
En
este contexto, cabe hacer presente que esa
entidad edilicia
ha
infringido
el
articulo
12
del decreto ley
N"
1.263, de 1975, Orgánico de'
Administración Financiera del Estado ,
el
cual previene que
el
ejercicio presupuestario
coincidirá con
el
año calendario, y que las cuentas del ejercicio presupuestario quedarán
cerradas
al
31
de diciembre de cada año. Asimismo,
su
artículo 19, indica ,
en
lo
que interesa,
que los compromisos públicos son las obligaciones que
se
devenguen y que
no
se
paguen
en
el
respectivo ejercicio presupuestario. .
I ,
As imismo,
se
verifi
el
incumplimiento del
numeral 4
°,
del oficio
N"
96
.
021
"
de
2015, que imparte instr\Jcciones
al
sector municipal
sobre cierre del ejercicio contable año 2015,
el
cual .previene, que,' conforme
lo
dispone
la
normativa contable vigente, los derechos y compromisos financieros que
se
generen hasta
"
el
31
de
diciembre
de
2015, y que
no
se
encuentren percibidos o pagados, deben
contabilizarse como Deudores . Presupuestarios y Acreedores Presupuestarios,
respectivamente,
en
el
momento
en
que
se
hayan materializado las transacciones que las
originen, esto
es,
cuando
se
devengue o
se
haga exigible
la
obligación, considerando
su
perfeccionamiento desde
el
punto de vista legal o de
la
práctica comercial aplicable, con
indepéndencia de
la
o'
portl:midad
en
que deba verificarse
su
percepción o pago, situación
que como
ya
se
indicara,
no
ocurr
en
la
especie.
El
municipio señala que las facturas adjuntas a
los decretos de pago N
°S
30
Y 3
1,
a las .cuales
no
se
les efectuó
el
devengamiento
correspondiente,
se
debió a que
el
'departamento de finanzas recibió dichos documentos
en
el
mes de enero
Be
2016, cuando
ya
estaba cerrado
el
periodo contable 2015, por ende,
dichas obligaciones fueron incorporadas
en
la
deuda exigible del periodo 2016.
.
En
virtud
de
lo
expuesto y atendidas
las
.explicaciones otorgadas por ese ente edilicio, procede dar por subsar¡ada
la
observación.
I
26
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD PE CONTROL EXTERNO
"
6.
Contrat¡¡tciones
mediante
trato
directo
sin
justificar.
Al
respecto, se constató que
la
Municipalidad'de
Castro, registra adquisiciones efectuadas a través
de
los' decretos de pago que a
continuación se detallan, bajo la modalidad
de
compra vía tráto' directo, sin justificar
ni
publicar su proceder acorde a lo estableCido en
el
artículo de
la
ley N" 19.886,
eje
Bases '
sobre Contratos de Suministro y Prestación de Servicios, que establece que las resoluciones
fundadas que autoricen la proceqencia del trato o contratación directa, deberán publicarse
en
el
Sistema
de
Información de Compras y Contratación Pública , a más
lardar
dentro de
las 24 horas de dictadas,
en
concordancia con lo dispuesto
en
el
numeral 8 del artículo 10,
del decreto N" 250, ,de 2004 , del Ministerio de HaCienda. .
DECRETO
DE
PAGO FACTURA DETALLE'
N"
FECHA
N"
FECHA MONTO
,.
.
($.)
583
17.02
.
2016
11934
02
.
02
.
2016
116
.
620
200
in
v
itaciones
613
17
..
02
.
2016
11961
10
.
02
.2
016
119
.
000
300
hojas
de
certificado
avalúo
1618
13
.0
4
.2
016
12097
04.04
.2
016
408
.
170
350
invitaciones.
I TOTAL $
643
.
790
..
..
. .
Fuente. Elaboracl on propia , en a la ,"formaclon proporcionado por
la
MUnicipalidad de Castro ..
, -
.
El
municipio señala que con
la
empresa Troya
Comunicaciones existe un contrato
de
suministro .de impresión,
el
cual fue licitado con
el
}Jo
2730-29-LE16 Y adjudicado mediante decreto N" 103, de .2016, olvidándose adjuntar
el
contrato a los decretos
de
pago N
°S
583
..
613 Y 1.618, todos de'2016, ante
lo
cual manifiestan
que de aquí
en
adelante tendrán especial cuidado
en
adjuntar
la
documentación .
correspondiente a cada decreto de·pago.
I .
subsana la observación.
\
IV.
OTRAS OBSERVACIONES
Atendidas las explicaciones otorgadas! se
. .
1.
.
Contrato
con
la empresa
Sistemas
Modulares de
Computación,
SMC Ltda:
Se
verificó que
el
municipio adjudicó
la
Iicitációr.J
pública N" 2730-73-L 111, denominada "Sistema ' y Servicios de Generación y
Almacenamiento de Docu-mentos
conFirma
Electrónica Avanzada Masivos" a ia empresa
Sistemas Modulares de Co¡nputación,SMC Uda., por medio del decreto alcaldicio
152,
de
2011
. .
En
este orden, del estudio de los antecedentes,
aparece que
en
las especificaciones técnicas,
en
la
que concierne a "Del Contrato
",
se
advierte, en lo pertinente, que "para la correcta ejecución y prestación
de
los ·servicios
se
firmará por ambas parte
un
contrato por
el
período de 22 meses renovable automáticamente
por períodos anuales,
en
' caso de que
la
municipalidad así lo requiera
".
.
\ A su vez, se
ve
ificó
en
la
cláusula octava del
contrato celebrado con
la
empresa Sistemas Modulares de
Cohnpl:Jtación
Uda., con fecha 7
de febrero de
2011
, aprobado por decreto alcaldicio N" 138, de 7 de marzo de la misma
anualidad, señala que
el
referido acuerdo
de
voluntades puede ser renovable con
la
empresa, automáticamente, por períodos anuales
en
casos que
la
municipalidad así
lo
requiera ,
lo
que ha permitido que aquel se haya prolongado desde
el
año
2011
hasta esta
..
~
.
t,~
..
data,
lo
que no resulta procedente, pues pugna tanto con
el
sistema de concurso público
~V'
NID
"n
\
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o
lRl'
~
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'
\ 27 ' .
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. . .
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4.
O~T
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'.
.
.,,0)
""""'::;"
'= \ "
(
\
T
CONTRALORíA 'GENERAL DE LA REPÚBLICA
. CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
establecido
en
el
artíGulo
de
la
ley W
18
.575, Orgánica Constitucional de Bases
Ge¡nerales de
la
Administración del Estado , precepto que señala que
los
contratos
administrativos deben celebrarse previa propuesta. pública, a menos que
se
justifique
la
concurrencia
de
circunstancias que' hicieren necesario acudir a
la
licitación privada .o
al
.trato
directo, condición que
no
se
cumple
en
la
especie
en
la
normativa apuntada, infringiendo ,
además,
el
principi9
de
I
transp'!renci'a consagrado
en
los artículos
13
de
la
anotada ley
18
.575, 16
de
la
y W
19
.880 y 5°
de
la
Ley
de
Transparencia de
la
Función Pública y
de Accéso a
la
Información de
la
Administración del Estado, contenida
en
el
artículo primero
de
la
ley W 20.285,
ya
qlle por
su
intermedio
la
autoridad administrativa omite o evita
la
exposición de acuerdos reales o tácitos con
su
contraparte particular,
en
orden a mantener
una situación fijada ,con anterioridad (aplica criterio contenido.
en
el
dictamen W 81.434,
de
2015,
de
esta procedencia) .
La
. municipalidad responde que instruirá
al
dire
,c
tor de administración y finanzas para que proceda a realizar una licitación respecto del
contrato
de
la
referencia . -.
Atendido
lo
expuesto,
se
mantiene
la
, observación, debiendo esa entidad edilicia remitir a este Organismo Contralor,
en
el
plazo
de
60 días hábiles,
el
acto administrativo que aprueba las bases administrativas del proceso
licitatorio
en
comento. /
CONCLUSIONES
Atendidas las consideraciones expuestas
,.
dura
~
te
el
desarrollo de
la
presente auditoría,
la
Municipalidad de Castro,
ha
aportado
'antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas
de
las situaciones
planteadas
en
el
Preinforme
de
Observaciones W 794, de 2016 , de esta Contraloría
Ge~eral.
En
virtud de
lo
expuesto,
se
subsana
la
observación formulada
en
el
numeral 2.1, gastos insuficientemente acreditados , y 5,
compras efectuadas en
el
período 2015, pagadas con cargo
al
presupuesto 2016,
amb
del c'apítulo
111,
examen
de
cuentas. Luego , conforme a
I'a
nueva información proporcionada,
se
sul;lsanan
las
9bservacibnes detalladas
en
el
punto 5, cotizaciones del acápite
11,
examen
'de
la
materia auditada; y
en
el
numerario 6, contrataciones mediante trato directo, sin
justificar, del referido apartado
111.
I
RE!specto
de aquellas observaciones que
se
mantienen,
se
deberán adoptar medidas con
el
objeto de dar estricto cumplimiento a
las
normas legales y regla'mentarias que las rigen, entre las cuales
se
estima necesario atender,
a
lo
menos, las siguientes:
1. '
En
reláción con
lo
consignado
en
el
puntos 2.
2,
publicaciones que contienen
la
imagen y/o nombre del alcalde, y 3 .1, invitacíone,s
y revistas, ambas del capítulo
111,
examen de cuentas , esta Contraloría Regional instruirá
un
procedimiento disciplinario
en
ese órgano comunal para determinar
las
eventuales
responsabilidades administrativas
en
los
hechos antes reseñados (AC).
2.
Acerca de ,
lo
consignado en
el
punto 4 ,
libro de sumarios, del acápitel, aspectos
de
control interno, I.a jefatura comunal debe ordenar
?v
~
~
instr~cció~
de
un
sumario administrativo
en
contra
de
los
fiscales y del
di~ector
de
la
~,,
.
~
orla jUrldlca muniCipal , atendida
la
excesiva tardanza
en
la
tramltaclon
de
tales
'\
i .
r~'~·~É-VO:~
o:
aN
1H
~
(7) 28
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DE
'0$
~
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I
~
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'
~
~
"4')\
~.~
.
, CONTRALORíA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL
E~TERNO
procesos,
en
especial,
los
7' procedimientos disciplinarios que datan del año 2009, los que
se
mantienen
en
trámite d sin 'iniciar, computándo¡;¡e,
en
ell"(lás antiguo, más de
2.261
días
hábiles
al
22
de
septiembre de 2016-, remitiendo
el
decreto municipal que asi
lo
disponga,
a
la
Unidad
de
Seguimiento de Fiscalía
de
este Organismo Contra lar, en
el
plazo de 15 qías
hábiles (AC). . '
3
..
A
su
vez, respecto de
los
12
sumarios
administrativos que
se
mantienen sin resolver, procede que
la
aludida autoridad edilicia
. arbitre las medidas necesarias para velar por
él
pronto término de ellos, informando
documentadamente a este Órgano Contralor,
en
'
un
plazo
no
superior a 60 días hábiles,
acompañando
los
actos administrativos que dispongan
la
aprobación
de
la
vista fiscal de
ellos y
la
aplicación de las medidas disciplinarias,
si
procedier~
,
o
su
sobreseimiento (AC) .
. .
4.
En
relación a
lo
determinado en
el
punto
1.
1,
conciliaciones atrasadas, del capítulo 1, aspectos
de
control interno, procede que
la
jefatura comunal arbitre las medidas necesarias para
la
confección y visación, a
la
brevedad,
de
las
conciliaqiones bancarias que están pendientes, informando documentadamente
de
ello a este Organismo Contra lar
en
un
plazo
no
superior a 60 tiías hábiles, contados desde
la
recepción del presente
docum~nto
(C). .
5'.
En
lo
que atañe a
lo
contenido
en
el
. numeral 1.2, cheques girados y
no
cobrados, del referido capítulo 1,
la
entidad ediliCia deberá
agilizar los procesos
de
confecciól'l y aprobaCión de las conciliaciones .bancarias, junto con
regularizar
el
registro de
los
cheques caducadqs, informando de todo
ellQ
a este Organis'
mo
de Control en
el
mismo plazo consignado 'precedentemente (C).
6. Sobre
lo
determinado
en
el numerario
1.3, aprobación de
las
conciliaciones bancarias, del, mismo apartado 1,
la
efectividad de
mantener
un
control efectivo y oportuno de los citados instrumentos de gestión, será
verificado por esta Contraloría Regional
en
una
pró
xima auditoría (C). '
. 7.
En
lo
que con'cierne
al
punto 2·, pólizas
de fidelidad funcionaria, dél citado acápite 1, procede que ese órgano comunal regularice
la
situación de
las
cauciones de los servidores municipales que
ya
no
prestan servicios
en
esa
entidad, como asimismo , tramite
la
aludida póliza del señor Sepúlveda .8epúlveda,
inforl')1ando
de todo ello a este Organismo Contra lar en
un
plazo
no
superior a
60
días
hábiles desde
la
recepción del presente informe
(C)
. .
8.
Acerca de
lo
observado
en
los
..
numerales
3.1,
arqueos y recuentos
de
bienes ; 3.2; plan anual de fiscalización ; 3.3,
manuales de procedimientos y 3.4, revisiones . de
la
dirección de control, corresponde que,
acorde a
las
necesidades y prioridades que determine dicho municipio,
la
upidad de control
municipal realice una planificación anual de las actividades de fiscalización y auditorías ,
enfre ellas, las relacionadas a las materias antes s'eñaladas ,
las
que deberán ser aprobadas
por
la
jefatura comunal , junto con terminar
la
confección y 'sancionar
el
aludido manual
de
procedimientos, y efectuar en forma periódica
los
arqueos y recuentos de bienes, todo
lo
cual será validado
en
futuras auqitorías que ejecute este Órgano Contra lar
en
esa
municipalidad
(C).
I
9.
En
lo
que respecta a
lo
establecido
en
el
numerario 5, seguridad informática, del apartado 1,
la
municipalidad deberá desarrollar y
---"=
e.
R=A=
~ecutar
las
medidas ,necesarias para
d~r
cumplimiento a
lo
dispuesto en
el
decreto W 83,
l'l>
( 004 , del Mlnlsteno de
la
Secretan a General de
la
PreSidenCia
, sobre segundad y
29
r
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERN.O
,
confidencialidad de
108
documentos electrónicos. Asimismo , vulnera lo establecido
en
el
numeral 44 de la 'resolución éxenta W 1.485,
de
1996,
de
este origen. Esta situación se
verificará
en
una próxima auditoría a esa entidad edilicia (MC
).
10
,
En
cuanto
al
' numeral 6, del mismo
capitulo
1,
la
jefatura comunal deberá impartir instrucciones para
el
adecuado sustento,
cuidado y custodia de toda
la
documentación respaldatoria de gastos e ingresos, a fin de
acreditar
la
efectiva percepción de los ingresos,
la
prestación
de
los servicios y
la
recepción
conforme de los bienes adquiridos , todo lo cual será corroborado por este Organismo
de
Control
en
una pró
xi
ma
au~itoría
sobre
la
materia (
C)
.
I
I ,
11
. Sobre lo advertido
en
el
punto 1,
vehículos, del capítu lo
11
, examen de
la
materia auditada, e l municipio deberá acreditar
la
. .
regularización
de
"
la
información faltante
en
las bitácoras de los móviles que allí
se
. individualizan,
al
término del plazo de 60 dias hábiles, contados desee
la
recepción del
presente informe (MC) . , .
12..
En
lo
que concierne
al
numeral 2,
incorporación reiterada
de
la
imagen del Alcalde
en
la
página web municipal, del acá pite
11
;
punto 3.1, invitaciones y revistas, del capitulo
111
, examen
de
cuentas:procede que ese
municipio,
en
lo
sucesivo,
se
abstenga de realizar gastos de publicidad y difusión que no se
ajusten a la normativa legal y jurisprudencia adniinistrativa antes señalada, evitando insistir
en
el
referido comportamiento
y,
.
en
el
evento
de
detectarse, a futuro, una repetición de
la
anotada conducta, este Órgano
de
Control instruirá.el correspondiente procesp disciplinario
en contra del jefe comunal y de los demás funcionarios municipales involucrados, lo que
será verificado
en
futuras fiscalizaciones que ejecute esta Entidad de Coniroi (C) . .
13. ' Acerca .de lo estipulado
en
el
numerario
3,
om
isión de cláusula sobre inhabilidades e incompatibilidades en contratos a honorarios a
suma alzada,
la
incorporación de'
la
mencionada cláusula
en
las pró ximos acuerdos
de
voluntades' que celebre ese municipio', será corroborada por esta Contraloria Regional
en
una futura fiscalización (MC).
14.
En
relación
al
punto 4 , del mismo
·capitulo
11
, ese órgano . comunal 'deberá remitir a este Organismo de Control , los
comprobantes
de
ingresos de los aportes recibidos por parte
de
las organizaciones
beneficiadas, conforme
lo
estipulado
en
el
artIculo
27
de la resolución W
30
, de 2015,
de
este origen ,
en
el
piazo de 60 dlas hábiles contados desde
la
recepción del presente.informe
(MC).
\'
I
\ 15.
En
lo que atañe
al
numeral 1, contratos
a honorario's, del acá pi
te
111
, examen
de
cuentas,
la
municipalidad deberá materializar las
acciones cQrrectivas informadas , conforme a
lo
señalado
en
la
ley W 20.922, cuyo
cumplimiento será abordado por este Organismo Contralor
en
una futura f iscalización a esa
entidad edilicia (C). . ,
16. Respecto de lo contenido en
el
numeral
3.2, gastos duplicados, del apartado
111
, ese órgano comunal . deberá aclarar y acreditar
documéntadamente
el
pago duplicado del lienzo pUblicitario,
al
término del plazo de
60
días
contados desde
la
recepción del presente informe (C). ¡
17
.
En
cuanto
al
punto 4, transferencias
de
rendición, del mismo cápltulo
111
,
el
municipio deberá informar
30
.
)
.1
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA·
CONTRALORIA REGIONAL
C?E
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL 'EXTERNO
. "
documentadamente a este Organismo de Control ¡as rendiciones aprob,adas por ese ente
edilicio, así como ' las acciones que en derecho
ha
ejercido sobre aquel.las organizaciones
que
.han presentado tales rendiciones, todo
el.lo
en un plazo de-60 días hábiles\a' partir
de
la
recepción del presente reporte
(c
j. · , . .
.'"
' .
18. Sobre'
lo
advertido
en
el
cont"rato con
la
empresa Sistemas Modula res de Computación, SMC Ltda. ·, del . capítulo'
IV,
otras
.
\(
obsérvaci.ones,
la
entidad edilicia deberá remitir a este Contraloría Regional, en
el
mismo
plazo antes citado ,
el
acto
adrnini~trativo
que.aprueba las bases administrativas del p[ oceso
licitatorio en comento (C) .
/
. . Finalmente,' para aquel.las 9bservaciohes que
se . mantienen,
la
' Municipalidad de Castro deberá remitir
el
"Informe de Estado ' de
( .
Ob~ervaciones
"
de acuerdo
al
formato adjunto en
el
Anexo
9,
en
un
plazo máximo de 60
días hábiles o
el
que se haya establecido, contado desde
él
día hábil siguiente a
la
recepción
del presente ' docúmen to, informando las medidas adoptadas y acompañando los
antecedentes de respaldo respectivos . '
( .
T-
ranscríbas¡:¡
al
Alcalde,
al
Concejo Municipal y
al
Director de Control Interno de
la
Municipalidad de Castro ; a
la
Unidad de Ségaimiento de
Fiscalía de este ¡Organismo Fiscalizador; y a '
Ias
Unidades Jurídica, de Seguimiento y
Técnica de Control Externo, ambas de esta Contraloría Regional.
/
/.
I
"
Saluda atentamente a
Ud
.
'
0~
,
Q
,
Karllm
~
=
.:
ia
J~~~c
Control-Externo
(5)
31
)
)
J ,
. '
, .
"
DE
FECHA
ORDEN ' DECRETO
1 315 04.03.2009
2 47 20.03.2009
3 1017 .16.09.2009
,
;
.4
-1018 16.09.2009
-
5 458 20.09.2009 ' .
6
4.59
20.09.2009
.- 1 460, 20.09 .2009
8 465 23.09.2011
. 9 . , 466 23.09.2011
-
10
1 - 03.01 .2012
11
933 I
16
.12.2013
12
552
09.072015
'
. . . . . . . . . -
.;,.
/
'CONTRALQRíA GENERAL. DE LA REPÚBLICA
CONTRÁLORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
/'
SUMARIOS
CON
ATRASOS
EN
SU
TRAMITACiÓN
"
. MATERIA
\:
Proyecto de ingeniería de
la
yalles Cancha Rayada, Cahuach
y Eleuterio Ramírez. -.
,
FECHA
INICIO
13.04.2009
/
~
Por responsabilidad funcionaria Luis Muñoz Soto . 13.04.2009
.
POF.
ejecución construcción
Jan;Hn
Infantil y Sala Cuna 23.09.2009
Gamboa de Castro.
Por ejecución construcción Jardín .lnfantil y Sala Cuna Los 23 :09.2016
Conejitos.
/
. Por extravío cámára fotográfica. -,
"
Por extravío de
un
notebook.
Por extqwío de un computador, teclado y pantalla.
Por extravío de especie del Juzgado de Policía Local: .
Por sustracción camioneta y extravío de materiále,s.
'Por responsabilidad funcionaria Carmen Gloria Paredes.
-
Por responsabilidad montaje
ornaJT1éntación
navidad.
.
-Por
responsabilidad
inform~
Contralor~a
170, de 201'5.
.. .
--
. . .. . . .
32
"
"
ANEXO
1
ESTADO ACTUAL
Sin trámite
28.04.2016- Se eleva a
sumario administrativo
Sin avance
Por
decreto 452, de
2010, se eleva a
. sumario ·aOministrativo
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No existe constancia del nombre del funci,onario
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No se detalla Rendimiento de combustible
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No existe constancia del nombre del funcionario
ni
firma de quien revisa las bitácoras
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Existen saltos de kilómetros no justificados (día 9 y 28 de marzoi 19 de abril, 2 de mayo y 17 de junio)
Existen correcciones del kilometraje en
la
bitácora (12 de abril y 14 de junio) ,
No se firma _bitácora por los choferes en los días
18,
20 Y 23 de febr.ero , 30 de mayo y 2.0 de junio,
.,
Existen saltos de kilómetros, no jus.tificados
(10,
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CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO
3
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Municipal
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CONTRALORíA GENERAL
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DE
LOS LAGOS .
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
PERSONAL A HONORARIOS QUE REALIZA LABORES PERMANENTES
ANEXO
4
DECRETO
DE
NOMBRE-DE LA DECRETO . ·PERIOD,O " .
~
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J.
PAGO ' MONTO PERSONA C.oNTRATO
'.
'FUNCiÓN DESARROLLADA
.
~
-,
. .
W -FECHA ($) CONTRATADA W FECHA : DESDE -HASTA
237 28/01/20.16 .1.229.878
~ .
'. _ # Seguimiento de proyectos FRI!- 2015-2016, seguimiento
999 08/03/2016 1.210.042 Francisco de proyectos PMU 2015, diseño proyectos de arquitectura,
Aguilar . 66 04/01/2016 01/01-31/12 tramitación permisos de construcción proyectos , de
16
13
0 13/04/2016 1.236.490 Sobarzo propiedad· municipal con· distintos financiamientos, diseño
-de planos, especificaciones técnieas y presupuestos.
1941
04.05 .201p 1.216.654 , ,
239 28.
01
.2016 544.672 V ' L . Dibujo técnico 'de arqL!itectura, estructura y especialidades
.lCt~r
?petegUl 64
.04.01
.2016 . . 01/01-31/12 informática, además de .labores
de
levantamiento de
2590 29.06.2016' 538 .939 urnaga arquitectura, dibujo 3D y apoyo administrativo.
, .) O . B ' Elaboración, postulación y gestión de proyectos a diversas
240 28.0'1.2016 950:000
0!l1
1
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elza 65 04 .
01
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201.6
"OV 01-31/12 \ fuentes de financia'miento, r.endición 'de proyectos ,.
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, I ' . . , _ . . ' Segu
.i
m.iento . proyectos FRIL y
.
~MU
2915-2016,
, '
.,
. - l
'.
segUimiento proyectos de arqultect
yr.
a (planos,
D' A 'I . especificaciones técnicas y presupuestos), permisos de '
1793 28.04.2016 950.000
I
,
e~o
rr
gUl
era 207 29.03 .2016
'
28/03
~
31/12
construcción proyectos · de propiedad municipal con
a Inez distintos financiamientos, diseño (planos, especificaciones
, "
..
técnicas y presupuestos, seguimientos y correcciones de
, ,
. proyectos
" .
..
' - Gestionar y asesorar
la
renovación y compras de licencias
., e
~
04.
01
.2016 I para el uso ge
la
Municipalidad
de
. Castro de todo tipo de
, ( , software de seguridad , 'administración y desarrollo"
2588 I 29.06
.2
016- . 693.306 Paulo S,epúlveda ,
38
" . 04/01-31/12 creación y
man~~nció~
.
de
casil~a~
de correo electrónico: pc,
~
é
~.
'
. Sepulveda , ,
~otebooks
y
dlspo~ltlvo.s
movlles,
Co
.
~trolar
s;gundad
..
r~l.~
' . .
~
l'
-J Interna de los eqUipamientos, reparaclon y soporte de
(0~
.
..
" todos lbs elementos informáticos utilizados
en
el municipio, I
iD
.D
C;
desarrollo de aplicación y softWare; etc. .
'J . rC
IfIVD:x;
1I
. t - , .
~
~
l1'l
. ,
"..
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)
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J.
,
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,
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"
~
_.
------
37
,
' ..
, 1
.....
DECRETO DE MONTÓ '
PAGO
-FECHA ($)
-
, -
-
2598 29 .06.4016 1.000 .000,
I
, ,
TOTAL 9.191.231
'}
CONTRALOR
'íA GENERAL DE
LA
Rl;PÚBLlCA
CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
/"
/ -ANEXO 4
. .
PERSONAL A IjONORARIOS QUE REALIZA LABORES PERMANENTES '-
-PERIODO
NOMBRE DE LA DECRETO ,
CONTRATO
,-
PERSONA -
FUNClpN
DESARROLLADA ,
CONTRATADA
'FECHA DESDE -HASTA --
Apoyo
en
la
coordinación y focalizaciól1 de acciones
de
oficina de Prodesal, PDTI, programa mujer trabajadora y
Pablo Villarroel jefas de hogar, OMIL, Turismo, y fomento productivo,
Hipp 290 26 .05.2016 18/05-31/12 ,apoyo
en
la
coordinación y focalización de acciones
de
organismos del Estado, como FOSIS; SERCOTEC,
-INDAP, INIA Y SAG, apoyo a actividades municipales, etc.
/
, Fuente : Elaboración
~ropia
sobre la base de la información proporcionada por I
,?
Municipalidad de Castro .
/
/
~
.
---
....
"
38
"
..
"
,
. DECRETO
DE
PAGO
MONTO
FECHA
($)
-
..
63 o 12.01.2016 ' 600.000 11815
,
15& 22 .
01
.2016 238.000 160408
..
443 08.02.2016 , 285.600 164109
,
871
02.03.2016. 59q .000 166373
'.
874 02 .03.2016 . 595 .000 165913
-r
TOTA
l!
OBSERVADO
..
CONTRALORíA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRAlORIA
REGIONAL
DE
lOS
lAGOS
.UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
ANEXO
5
GASTOS
DE
. PUBLICIDAD Y DIFUSiÓN (SUBTíTULO 22.07.001)
~
FACTURA ,
'"
"'
DETALLE ,
r .
MONTO " -
FECHA
($)
'MATERIA OBSERVADA
Servicio de publicidad
en
periódico
El
Insular,
en
el cual se observa
un
saludo
30.12.2015 600.000 navideño del alcalde Nelson Águila Serpa que se adjunta
en
la
hoja B6- página 9
(día 16.12.2015) "
24.12-2015 238.000 . Saludo navideño del alcalde de Castro, Nelson Águila
S~rpa
.
(página 5 de
24.12.2015); página
19
de21.12.2b15 ' .
-29.01.2016 285.600 Publicación de obras
~n
camino qe
la
comuna de Castro con, fotografía de cuerpo
entero del alcalde de
la
comuna de Castro ("31.01.2016). . .
~
¡-
) Publicidad en edición especial aniversario de Castro
en
el' diario La Estrella de
Chiloé,
en
donde se presenta el premio-Ghiloé extensión cultural año
201'6,
con
23.02.2016 595 .000 diversas fotos del alcalde de
la
comuna. Además, se 'presenta una publicación
en
-
~
toda
I~
página del a!calde por el aniversario de
la
comuna.
Publicidad
en
~
a
cual aparecen el alcalde y los concejales de
la
comuna a todo
18.02.2016 595 .000 color por
el
cumpleaños de
G.astro
(página 9 y
11,
del diario
L.:a
Estrella del día
-12.0.2016.
~
$ 2.313 .600
--
-" -
-
Fuente: Elaboración propia sobre la b.ase de la información proporcionada por
la
Municjp'alidad de Castro. . ,
~.~~
~
~v
.
~
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..
LAGOl
'''
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~~
,
....
\ 39
....
,583
,
598
~
1618
1749
...
1
'8
93
3070
3015
~
4
....
'?' o
I
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CON
1I
EXT
,
......
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,
'
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O t
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,
'
~"
(:
",
'<.>
DECRETO
DE
PAGO
FECHA
-MONTO
($)
17.02.2016 116.
620
17.02.2016 271 .320
,
13.04.2016
408
.170
26.04.2016 349.860
'.
~
'~
~
,
,f
'.
02.05.2016 92!?987
02.08.2016 \ 4,536.518
< .
, -
" ' -
01
.08.2016 174.930
..
. . . .
"'
11934
66
65
'
12097
12126
,
405
404 ,
12316
CÓNTRALORíA GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
ANEXO
6
SERVICIOS DE IMPRESiÓN (SUBT-íTULO 22.07 .002)
FACTURA f ; DETALLE , (
<
!
FECHA MONTO ($) v ,
, MATERIA OBSERVAC}A .
02.02.2016 116.
620
200 invitaciones para
~I
premio Chiloé de Extensión Cultural suscritas por
el
alcalde
de
la
comuna Nelson
AQuila
Serpa. . ' , .
03.02.2016 300 invitaciones personalizadas por el alcalde de la comuna Nelson Aguila Serpa,
42
.840
pa
ta invitarlos a
la
XVI Feria del Libro del Chiloé.
,'
, .
02.02.2016 14.
280
100 invitaciones personalizadas por
el
alcalde de
I
~
comuna
de
Castro, Nelson '
Águila Serpa , para
la
celebración de los 40 años de Aumen. " ' .
14.04.2016 ,408.170 Servicio de impresión 350 invitaciones protocolares cuenta pública, suscritas a
nombre del alcalde de la comuna de Castro, Nelson Águila Serpa.
21
.04.2016 349.860 300
invi~aciones
protocolares cuenta.pública suscritas por el alcalde de
la
comuna
Nelsol) Aguila Serpa. ' " ,
, 'Impresión
de
hojas restantes de Revista
Muni~ipal
Gestión
-20
.13-2014.
En
dicho
,
.r
documento
aparec~n
.diversas fotografías del alcalde Nelsori Águila Serpa, y una
" presentación del
ci
tado alcalde , donde
se
indican frases tales como: "Esta memoria
resume dos años de-gestión municipal
de
Gastro, comprendida desde los años
2013
, a 2014, pkriodo
en
el cual asumí
un
nuevo periodo como alcalde
de
la
co
'muna
27.04.2016 925.787 gracias
al
respaldo y a
la
confianza que ustedes me entregaron
en
última elección
27.04.2016
4
.
5~6
.
51g
municipal, para seguir haciendo de este bello territorio
un
lugar amigable para
, quienes habitan
en
él".· "Finalmente , debo. señalar mis agradecimientos ,por el
/
'compromi
so
asumido por todos aquellos actores que han creído
en
esta
administración, colaboradores
de
todos los niveles y áreas de-trabajo.
Sin
este
. < respaldo
no
podríamos alcanzar los logros que hemos podido mate
r.
ializar, por ello
~,
los invito a una vez más
en
nombre mío y del Concejo Municipal para
con
tin
uar por
esta misma senda de progreso y.
de
la
muy noble y leal ciudad de Castro ". '
19.07.2016 -174.930 150 invitaciones para inauguració.n centro comunitario del adulto mayor, suscritas .
por
el
'alcalde de ·Castro, Nelson Aguila Serpa: .
TOTAL OBSERVADO $ 6.569.
205
r
. . . -
..
.
..
. . .. . . .
\
'"
, ,
./
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
-..'
FOTOGRAFIAS ADJUNTAS
, ,
)
ANEXO 7
DECRETO DE PAGO 995 DE 2016 '-- DECRETO DE PAGO
621
DE 2016 (foto
8)
,
r-
. \
"
.....
"
41
;'
')
,
" .
;
-
ANO
1995
CONTRALORíA GENEHAL DE LA REPÚBLICA·
CONTRALORIA REGIONAL DE LOS LÁGOS
'UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO
8
TRANSFERENCIAS PENDIENTES DE RENDIR
-INSTITUCION 1 MONTO ($)
Gobernación ProvinCial de Chiloé " , 200.000
. Hospital de Castro
..
74.990
1998 . .
~
Liga contrá la epilepsia de Castro . 200.000
'
~
1999 ) Club Deportivo Universidad
Oe
. Chile,
fili¡;:¡1
Castro 140,000
2001 , ., Corporación Evangélica Eben- Ezer Pentecostal 50,000
2002 Agrupación Juvenil Juventud 2000 250,000
r AgruRación Juvenil Alto Voltaje'
239,QOO
~
Junta de Vecinos Intendente Arturo Garcfa , , ' . -450,000
-Grupo Juvenil Juventud Dorada 285,00'0
Comunidad· de las Expresiones ' , ,
.-
700,000
-I . Agrupación de Mujeres por una mejor vida 18,000
2003 Centro de Padres y Apoderados Jardfn Infantil Nueva
Esperanz¡;:¡
14,990 '
-
, Centro de Arte y Cultural de Chiloé 29,700
. , ¡ Comité de Vivienda Juan Soler Manfredi
ni
\ , 144,000
Agrupación Juvenil René Schnaider 254.460
Centro de Padres y Apoderados Jardfn Infantil Nueva -Esperanza 15,900
Comité de Pavi(l1entación Investi¡;,¡aciones de Chile 13,90,0
Olub Juvenil mal necesario Arkas 200.0.00
2004 , Agrupación Juvenil Juventud Dorada 250.000
,,'
Agrupación Juvenil Padre Hurtaqo ,
l"
270,000
\ .
elub
Deportivo Taekwondo
WTF
Chile , 250,000
-, Iglesia Cristiana Evan'gélica 200,000
" Comité de Vivienda Arturo Prat 50 .000
2005 Agrupación' de Mujeres para
el
progreso Poblacién Camilo Henrfquez 150,000
Universidad de' Artes y Ciencias Sociales ARCIS 300,000
" , Agrupación Juvenil Full Evolutfon
-,
250,000
2'006
. Junta de Vecinos Nercón
50Q
.000
( Agrupación Juvenil Juan Soler
3QO
,000
Agrupación Cultljral Cauquiles 150,000
2007 Centro de Estudios Conservaciór.l Patrimonio Natural CECPAN 500,000
" Comité de Vivienda La Esperanza 100,000
\ Fundación ' Diabetes Juvenil de Chile , 974.620
Sindicato de trabajadores independientes pescadores artesanales / -400,000
2008 Club Deportivo Alianza Hurtado 284,880
\ " " Agrupación Juvenil Nueva Visión
~
150,000
Iglesia Metodista Pentecostal de Chile . 150,000
/'
, Club deportivo social y cultural independiente de Castro , 600 ,000
Club deportivo de damas Las Estrellas 597 ,000
2009 Club Deportivo Humedal Putemún , 570,000
, Agrupación Paz Vida -. 50 ,000
'Comité de Vivienda la casa propia ,39 ,990
..
" Junta de Vecinos Villa Manuel Bulnes , " 500,000
2010 ' ·Aqrupación de Diálisis Futuro 64,990
, Iglesia Cristiana Evangélica 400,000
,.
Unión Comunal de
JU
,nta de Vecinos " . 400,000 '
.
:-
Club Deportivo de'Kárate con contacto Chiloé
2QO
,000
Comité de Luz de San Miguel I ' 70,000
2011 Club deportivo Villa
B~lnes
40,000
Agrupación de derechos humanos Héctor Santana ' ' " 200,000
c~
.
~unta
de Vecinos Pedro Antoni.o Barrientos ) 400 ,000
~~
'
.
~
"
"RN
~k--
42
R/
4' "
01
~
. .' '.
'"
I
t'J
\ " , , '
./
.
. '
/
./
,
ANO
'
2011
2012
.2013
CONTRALORíA·GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO ,
, ,
.
.,
\ ANEXO
8
TRANSFERENCIAS PENplENTES
DE
RENDIR (CONTINUACIÓN)
, INSTITUCION MONTO ($)
, Club deportivo Tae-Kwon-Do
WTF
Chiloé 500.000
......
Junta de Vecinos 10 de, septiembre 499.990
Comité de Vivienda Unión Invertéc , 200.000
Agrupación Cultural y Artfstico efecto natural . , 900.000
Corporación de Asistencia Judicial Bío Bío 2.500.000
C.entro General de Pad res y Apoderados Complejo Educacional San Clemente 449 .600 \
. Junta de Vecinos Río Gamboa 106.950
Centro General de Padres y Apoderados Colegio Wanelen
WE
90.
4'80
Club Adulto' Mayor Lautaro Esperanza 329.500
Club deportivo Rena'cer de Nercón 390.000
Centro General de Padres y Appderados Escuela Aytue 99 .990
Agrupación de acción social Y'cultural Trueke .500.000
Asociación Indígena Warria Ghe , 350 .000
Junta de Vecinos 22 de diciembre 400:000 I
( Agrupación de Verduleros de la Feria Yumbel , 60.000
Comité de Vivienda Punta Diamante 100.000
Comité de. Vivienda Arco Iris I 40.000
Agrupación 'de Emprendedores)" Artesanos Aquélarre de L1icaldad 300.000 . .
<
Club deport'ivo' Real Boxing 900 .00p
Club D'eportivo Taeky.¡ondo Chiloé 500 .000 ¡
r
Club Deportivo Manuel Rodríguez 250.000
Centro Cultural Trifulka 1.200.000
'
r---~~
~~~~
~~~~~~~~~=-~~--~~~~----+-
~
~~~
Agrupación de Mujeres Taller
La
Mi
'nga del Sagrado Corazón de Jesús ' ( 254.000
Junta de Vecinos
L1au
L1ao
· 500.000
" . Junta de Vecinos Villa Bicentenario 500.000
: Agrupación Social y Cultural Vientos del Pueblo 390.000
2014 300.000
Club
Deportivoy
Centro Cultural Chiloé Trekking Outdoors 1 '500.000
Comide Vivienda Barrio Alto
ONG Consultora Profesional f\graria Los Lagos Ltda, 3.400.000
Comité de Sa f
Lid
Auquilda 470 .000
Comité de Vivienda Oportunidad Huilliche 59 .990
Agrupación Social par.a Oncológicos Castro Chiloé 300.000
Agrupación Artística y Cultural Taller Raíces de Pid Pid 800.000
Comité de Agwa Potable
L1au
L1ao
\ 80.000
.' Club de Rodeo de Castro 500 .000
Junta de Vecinos Coñico 500.000
Junta de Vecinos Villa Guarello 50.0.000
Conjunto Folklórico San Miguel de Nercón 5eo.000
Club deportivo Nueva Juventud 800.000
.
'.
. Club Deportivo Kempo Karate Kempoleon 2 .000.000
,.
Club
Deportivo
de
Karate
Aska
Castro
O'
300.000
Club
D~portivo
Piratas de la Isla Grande -.400.000
I , Corporación de Arte Moderno Chiloé 3 .000.000
Agrupación de Básquetbol Escolar de Castro 3 .000,
00.0
Centro de Padres y Apoderados
CA
Los Chilotitos 129.960
Asociación Deportiva Local de Básquetbol 1.000.000
Club Deportivo Fútbol Club Allende I 2 .000.000
Sindicato de Trabajadores independientes comerciantes y otros
I Fuerza Chilota de Feria Yumbel , / 293.990
43
.1
. ,
/
r
.
ANO
2015
\
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORIA RE:GIONAL DE LOS LAGOS
UNI.DAD
DE
CONTROL EXTERNO
. .
ANEXO
/8
TRANSFERENCIAS PENDIENTES
D.E
RENDIR (CqNTINUACIÓN)
INSTITUCION
."
MONTO ($)
,"
Comité de Motociclismo Dale huasca Castro 500.000
Comité de Vivienda Víctor Jara. 250.000
Centro de Padres y Apoderados Escuela Rural Olinda Bórquez de Puyan 1.000.000
TOTAL . 47.535.870
..
.. . .
Fuente: Elaboraclon propia
sobr~
la
óase
de
la
mformaclon proporcionada . por
la
MUnicipalidad
de
Castro .
I . I
, .
/
/
.( .
44
.'
1
)
J
CONTRALORíA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAP
D~
CONTROL EXTERNO
...
t
...
ANEXO 9 ,
ANE~O
DE ESTADO DE OBSERVACI9NES'
DEINFORME
FINAL DE AUDITORIA 794 , DE 2016
NÚMERO DE LA
OBSERVACiÓN
MATERIA DE LA
OBSERVACí
ÓN
----
MEDIDA
REQUERIMIENTO PARA
SlJ~SANAR
LA , IMPLEMENTADA Y
6BSERVACl
tl
N SOLICITADA POf3 '
SU
CONTRALORíA GENERAL EN INFORME . DOCUMENTACiÓN
FINAL
DE
'RESPALDÓ
Capítulo
1,
numeral
El
mUnicipiO presenta ci
nco"
Informar en
un
plazo de
60
días hábiles,
1.1 Conciliaciones cuentas corrientes con contados desde la recepción del presente
Atrásadas
~oncil
i
ac
i
bnes
bancarias informe
la
'confección y visacion de las
atrasadas y en dos no se conciliaciones bancarias
pendi~ntes
de
informa
su
última confecCión. ' elaborar.
Capítulo 1, numeral
1:2
- , gi rados ,
'cobrados
~
-
~
-
~
.
(¡x .
«',
:
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tI,,
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TRAlORIA
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Hsm
DE
ro,
~<:->
~
o
IAGOr
~
.
\j
~
I
~f')
--::;:;
Cheques
y no
"
Se determinaron 77 cheques Real izar
el
ajuste contable y financiero
caducados presentados correspondiente
en
un plazo no superior a
como cheques g
ir
ados y no
60
días hábiles, contados desde
la
cobrados por
la
suma; de $ recepción del _ presente . informe; de
21.783.192, correspondiente a'cuerdo con
el
procedimiento K-03, del
a tres cuentas corrientes' Manu'al de -Procedimientos Contables del
bancarias.
,
, , Sector · Municipal sobre cheques
caducados por vencimiento del plazo legal
de
cobro.
\
"
45
,
"
.........
<
FOLlO,O
NUMERACiÓN
DOCUMENTO
DE RESPALDO
..
\
.;
OBSERVACIONES
YIO
COMENTARIO DE I . DE LA
LA ENTIDAD OBSERVACiÓN
COMPLEJIDAD
Compleja
Compleja
1 ,,- 1,-;
'\
)
/
CONTRALORíA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS· LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
-:
¡ ,
ANEXO W 9
ANEXO DE ESTADO
DE
OBSERVACIONES
DE
INFORME FINAL
DE
AUDITORIA 794, DE 2016 '(CONTINUACIÓN)
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR
LA
,MEDIDA FOLIO
'O
OBSERVACiÓN SOLICITADA POR ' IMPLEMENTADA Y ' NUMERACiÓN
NÚMERO
DE
LA
OBSERVACiÓN
MATERIA DE LA
OBS.ERVACIÓN .
SU
CONTRALORIA GENERAL
EN
INFORME DOCUMENTACiÓN DOCUMENTO
FINAL DE RESPALDO ' DE RESPALDO
Capítulo 1, numeral
Se
verificó que 12 personas Deberá regularizar
la
situación ,de las
2, Póliza Jde tenían vigente su póliza de personas que ya no prestan servicios
en
el
fideli
dad
fidelidad -funcionaria, ,no municipio de Castro , mq asimismo,
funcionaria, obstante no ser fum;ionarios tramite
la
caución del seño r Raulo
del muniGipio , o estar Sepúlveda Sepúlveda, informando de ello
fallecidos, , Asimismo, se
en
un plazo de 60 días hábiles contados
I constató que
el
señor Paulo desde
la
recepción del presente informe,
(..;
Sepúlveda
Sep~lveda
,
encargado de informático del
municipip de Castro, no
contaba con 'la citada
., caución"
Capítul
~
1, punto 4 Se constató la existencia de
Libro
de
Sumarios 12 , procesos disciplinarios
que no
se
encuentran
afinados, los cuales exceden
latamente 'los plazos de
sustanciación estipulados en
los artículo 124 y 133 de la ley
W
18
,883,
Remitir
en
un plazo no superiora 60 días
hábiles contados desde la recepción del
presente informe, los a,ctos adm 'inistrativos,
que dispongan la aprobación de la vista
fiscal de
ello::;
y la aplicación de las '
medidas discipliriarias,
si
procedier~
o
su
sobreseimiento, y por otra , ordene
la
instrucción de un sumario administrativo
en
contra de los fiscales y del director
de
,
aseso da
jurídic;:C?
municipal , remitiendo
el
Clecreto
municipal que" as í lo disponga ; a
la
Unidad de Seguimiento de Fiscalía de este
Organismo de Control.
"
46
'"
,
,}
OBSERVACIONES
Y/O
COMENTARIO DE
LA ENTIDAD
'-
~
",
\ ,
~
I
I
Ir
COMPLEJIDAD
DE
LA
OBSERVACiÓN
(
Compleja
Altamente
compleja
./
,
,
~
,
/
CONTRALORíA GENERAL DE LA'REPÚBLlCA'
CONTRALORIA REGIONAL DE Los LAGOS'
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
~
. -,
ANEXO
9
ANEXO DE ESTADO
DE
OBSERVACIONES
DE
INFORME,FINAL DE AUDITORIA,W
794,
DE
2~16
(CONTINUACiÓN) ,
~
NÚMERO
DE
LA
OBSERVACiÓN
MATERIA
DE
LA
OBSERVACiÓN
MEDIDA
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA IMPLEMENTADA Y
OBSERVACiÓN SOLICITADA
POR
SU
CONTRALORíA GENERAL
EN
INFORME ,DOCUMENTACiÓN
FINAL
Capítulo
11,
numeral I Se determinaron diversas
1, Vehiculos observaciones
en
las
bitácorás de los vehículos
-
examinados que , dicen
relación con : falta de revisión
de las mismas, no especificar
detalladamente el reco rrido
de
un
móvil, correcciones y
saltos
en
la
marcación del
kilometraje, entre otras,
Deberá regularizar
en
un plazo de 60 días
hábiles contados desde.
la
recepci
ón
del
presente informe la regularización de las
bitácoras consignadas en este
pun
to,
Capítulo
11
, punto
41
Se constató que las Esa entidad deberá remitir e'n
un
plazo de
Transferencias ' transferencias entregadas 60 días hábiles, contados ' desde
la
'
.por
el
munitipio
el
primer" recepción del presente informe, los '
semestre de
201
'6 no comproban,tes de ingreso, 'de los
adjuntan
en
el expediente de organismos que corresponda,
l I rendición de cuentas,
el
'/
comprobante ingreso de ,
la
institución receptora',
l ' ,
{ ,
47
DE RESPALDO
FOLIO O
NUMERACiÓN
DOCUMENTO
DE
RESPALDO
OBSERVACIONES COMPLEJIDAD
Y/O 'DE LA
COMENTARIO DE OBSERVACiÓN
LA ENTIDAD
"
Medianamente
compleja
Medianamente
Compleja
,)
~~.
"
, ,
CONTRALORíA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
~
.
f\NEXO DE ESTADO DE OBSERVACIONES
DE
INFQRME FINAL
DE
AUDITORIA
794,
DE
2016
~ÚMERO
DE
LA
OBSERVACIÓN I
MATERIA
LA
OBSERVA IÓN
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR
I LA OBSERVACIÓN SOLICITADA
POR CONTRALORíA GENERAL
EN
INFORME FINAL
Capítulo
1/,
punte Se verificó que . mediante el Se deber justificar
el
requerimiento de
3.2. Gastos decreto de pago W
de2016
un nuevo lienzo y ácomP9ñar los
duplicados. por $ 135.000,
pagÓ
'
al
registros fotográficos que acrediten
su
proveedor SIQUEM SPA, la. instalación , aclarando y acreditando
factura W 263 , de por'la documenta
el
pago duplicado'
adquisi
él
ón
de
un
para la del gasto
en
dicho e lemento
Bienvenida del Festival publicitario, en
un
plazo
no
superior a
Costumbrista, sin se adjunt e 60 días hábiles, contados desde
la
.'
su recepción conforme. recepción del presente informe.
Asimismo, se constató que
po
r'
, decreto de pago W
621
, dé
201
q,
por $ .2.679 .285, se pagó
al
proveedor Gastón Barrientos
Torres, E.I.R.L.,
la
factura
W 1.145, de 2016 , por
el
diseño,
impresión, 'instalación y retiro de
lienzos de pvc para promoción y
difusión de la X\{ Feria de
la
Biodiversidad y ,37" aniversario
costumbrista chilote ,
el
cual
adjunta
la
fotografía W
4,
correspol)diente a la misma que
se adjunta de ·respaldo en
el
decreto de
pag~
W 995 , ya
citado.
1 •
, .
48
MEDIDA
FOLIE:>
O OBSERVACIONES
IMPLEMENTADA Y NUMERACIÓN Y/O
SU
DOCUMENTO -COMENTARI.o
DE
DOqJMÉNTACIÓN
DE RESPALDO
DE
RESPALDO
LA
ENTIDAD '
..
,.
I
ANEXO ÑO 9
COMPLE.JIDAD
DE
LA.
OBSERVACIÓN
\.
Compleja
"
CONTRALORíA
GENERAL
bE
LA
REPÚB
l:.
ICA
CONTRALORIA REGIONAL
DE
LOS LAGOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
-
ANEXO DE ESTADO
DE
OBSERVACIONES DE INFORME FINAL
DE
AUDITORIA
794,
DE
2016
REQUE~IMIENTO
PARA SUBSANAR LA
NÚMERO
DE
LA ¡. MATERIA
DE
LA .¡ OBSERVACiÓN SOLICITADA POR ·
OBSERVACiÓN OBSERVACiÓN CONTRALORIA GENERAL EN
IN
~
ORME
Capítulo
111
, punto 4 Se constató
la
existen
s;
ia
de
fondos pendientes de
FINAL
Transferencias
Pendientxs
Rendición ..
de I rendición
al
31
.12.2015 por
la
En
un
plazo
no
superior a 60 días hábilé s,
contados desde
la
recepción del presente
informe -final, deberá informar
documentadamente a este Organismo
Control las rendiciones aprobadas por ese
ente edilido, ·así
c:omo
las acciones que
en
derecho ha ejercido sobre aquellas ·
Capítulo IV Otras
Observaciones-
COl'ltrato con la
empresa SMC Ltda .
suma de $
4
~.
535
.
87~
,
de los
cuales existen sumas
,provenientes del año 1995 . .
organizaciones que
no
han presentado
tales rendiciones .
En
un
plazo
de
60 días hábiles contados
Se _verificó que el
mUnicipiO
desde
la
recepció
~
del presente informe,
a~judicó
la
licitación pública . deberá remitir a este Organism0 Contralor,
N . 2730-73-L
11
1.
el acto administrativo que apruebe las
denominada
"
Slste
~
a
y
..
.
Servici
os
de Generación y
~~ses
. adm!nlstratlvas del proceso
Almacenamiento de hCltatono
en
comento.
Documentos con Firma
Electróni
ca
_ Avanzada
tv'Iasivos
" a
la
~
empresa
Sistemas 'Modulares -de
Computación, SMC Ltda
.,
por
medio del decreto alcaldicio
W 152,
de
2011
con uña
cláusula · de renovación
automática por
un
periodo de
22 meses renovable
automáticamente. <
l.
49
MEDIDA FOLIO O OBSERVAClpNES
IMPLEMENTADA y
SU
NUMERACiÓN Y/O
DOCUMENTACiÓN DOCUMENTO COMENTARIO
DE
DE RESPALDO LA ENTIDAD
DE
RESPALDO "
"'
"
I
r
r
.~
......
"'
ANEXO W 9 .
COMPLEJIDAD ·
DE
LA
OBSERVACiÓN
Compleja
,.
Compleja
;'
www.contraloria.ci
www
.contraloria.cI

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