Informe final 791-20 Municipalidad de maule auditoría a ejecución presupuestaria 2017, 2018 y 2019, y gastos covid 2020 de la gestión municipal - marzo 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 909053533

Informe final 791-20 Municipalidad de maule auditoría a ejecución presupuestaria 2017, 2018 y 2019, y gastos covid 2020 de la gestión municipal - marzo 2021

Fecha01 Marzo 2021
Número de informe791/2020
EmisorRegional Maule

OBJETIVO

Verificar el cumplimiento de la normativa contable y reglamentaria que regula el proceso de ejecución y control presupuestario, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2019.
Adicionalmente, realizar una evaluación del proceso de control interno y un examen de cuentas de los gastos ejecutados por el municipio con motivo del COVID-19 y las erogaciones imputadas en las cuentas contables 22-07 “Publicidad y difusión”; 22-12-99 “Otros gastos de bienes y servicios” y 22-12-003 “Gastos de representación”, entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2020.

CONCLUSIONES

Se constató que la entidad edilicia -con motivo de la pandemia del COVID 19- adquirió 5.000 canastas de alimentos con cargo al presupuesto municipal por $74.500.999, las cuales tenían como finalidad beneficiar a los habitantes de la comuna de Maule, sin embargo, no se advierten los elementos y/o evaluaciones que tuvo a la vista ese municipio para determinar el número de canastas a adquirir; la documentación de respaldo que acredite la cantidad de hogares que posee la comuna; los índices de vulnerabilidad asociado a sus respectivas localidades; los antecedentes concretos y oportunos que establezcan los criterios de selección de los beneficiarios y la forma o distribución de las canastas de alimentación, por lo que no se aprecia el debido fundamento de la decisión de ese ente edilicio y que
haya resguardado los principios de eficiencia y eficacia dispuestos en los artículos y de la ley N° 18.575, como tampoco, haberse ajustado a lo establecido en la letra c), numeral 4, del oficio N° E7072, de 2020, de este Organismo de Control, que imparte instrucciones sobre controles mínimos asociados a la recepción y entrega de beneficios para enfrentar la pandemia del coronavirus, COVID-19.
A su vez, de la revisión al registro en planilla Excel que contiene el listado de personas favorecidas con los bienes, no se pudo asociar quienes fueron los beneficiarios de las 5.000 canastas examinadas, toda vez que el medio electrónico proporcionado por la entidad edilicia bordea los 8.140 favorecidos por concepto de alimentos -de los cuales 597 de ellos no poseen RSH- y no identifica la fuente de financiamiento respectiva; además, la información presenta una serie de inconsistencias en los datos que no permiten acreditar la integridad y veracidad respecto de los montos y documentación examinada detectándose deficiencias en el requisito sostenido en la letra d), del numeral 4, del título II “Para el caso de que los beneficios sean bienes físicos” del ya aludido oficio N° E7072, de 2020, y el artículo 55 del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, que versa, en lo que interesa, que los gastos de los servicios o entidades del Estado deberán contar con el respaldo de la documentación original que justifique tales operaciones y que acredite el cumplimiento de las leyes tributarias, de ejecución presupuestaria de...

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