Informe final 679-2020 sobre auditoria al estado de la gestion municipal 2019 en la Municipalidad de pedro aguirre cerda - febrero 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 909053695

Informe final 679-2020 sobre auditoria al estado de la gestion municipal 2019 en la Municipalidad de pedro aguirre cerda - febrero 2021

Fecha26 Febrero 2021
Número de informe679/2020
EmisorDepartamento de Auditorías Especiales

OBJETIVO

Verificar el cumplimiento de la normativa contable y reglamentaria que regula el proceso de ejecución y control presupuestario, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2019, por parte de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, como también, determinar si el municipio posee superávit/déficit de caja al 31 de diciembre de 2019.
Asimismo, efectuar un examen de cuentas de los egresos realizados por concepto de ejecución de gastos en el subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo, detalladas en la tabla N° 1 y cuenta 215-22-12-004, Intereses, Multas y Recargos, ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
Igualmente, revisar si la ejecución y control del presupuesto permite la recaudación de todos los ingresos y el pago de los compromisos adquiridos y si éstos están debidamente registrados, como también, constatar si el municipio efectuó sus procesos de contratación de bienes y servicios conforme a la normativa aplicable.
Adicionalmente, dar respuesta a una presentación con reserva de identidad sobre posibles irregularidades en la promoción de la figura del Alcalde y del Concejo Municipal en la ejecución de eventos u otras actividades promocionadas en la comuna, utilizando para ello las plataformas de redes sociales y recursos de ese municipio.

CONCLUSIONES

• Se determinó para el trienio examinado una subestimación de los ingresos presupuestados por parte de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda. Así, para los años 2017, 2018 y 2019 dicha subestimación ascendió a $ 3.542.687.988, $ 627.378.388 y a $ 41.240.649, respectivamente. Además, se comprobó una sobrestimación de los gastos presupuestarios en cada uno de esos tres años, cifra que alcanzó a $ 494.946.334, $ 1.166.261.784 y $ 2.933.907.821 en igual orden de anualidades.
Ambas situaciones advierten que no se han efectuado las correcciones pertinentes para mantener el equilibrio presupuestario que exige la normativa aplicable a la materia, lo cual vulnera, en lo principal, lo consignado en los artículos 21, letra c), 29, letra b) y 65, inciso sexto, de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
El municipio, en lo sucesivo, a través de la unidad respectiva, deberá mantener un adecuado control sobre la ejecución financiera y presupuestaria, conforme lo prescrito en la normativa citada, con la finalidad de contar con un presupuesto debidamente financiado, ajustando el vigente, de acuerdo con los montos efectivamente ejecutados en cada uno de sus componentes de ingresos y gastos.
Además, corresponde que la entidad edilicia de cumplimiento a la medida comunicada en su respuesta, referida a la confección de un procedimiento escrito que establezca actividades que acrediten el examen trimestral del programa de ingresos y gastos, debiendo informar de su avance a este Organismo Contralor en el plazo de 60 días hábiles contado desde la fecha de recepción del presente informe.
• La información contenida en el Balance de Comprobación y de Saldos al 31 de diciembre de 2019, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR