Informe final 676-2020 Municipalidad de san bernardo auditoria al estado de la gestión municipal 2019 y gastos covie 2020 - febrero 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 909053633

Informe final 676-2020 Municipalidad de san bernardo auditoria al estado de la gestión municipal 2019 y gastos covie 2020 - febrero 2021

Fecha26 Febrero 2021
Número de informe676/2020
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO Comprobar el cumplimiento de la normativa contable y reglamentaria que regula el proceso de ejecución y control presupuestario, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2019. Asimismo,
se efectúo un examen de cuentas de los gastos efectuados por esa entidad comunal entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. A su vez, se revisaron los desembolsos cursados entre el 1 de enero y el 30 de julio de 2020, con motivo de la
situación de emergencia sanitaria por la pandemia COVID-19.
CONCLUSIONES Se verificó que los ingresos devengados por la Municipalidad de San Bernardo, en las anualidades 2017, 2018 y 2019, superaron en $ 692.829.495, $ 615.344.923, y $ 123.944.101, respectivamente, a los ingresos presupuestados al 31 de diciembre de cada año, no advirtiéndose que la municipalidad haya efectuado las regularizaciones que correspondían.
Se advirtió que, al 31 de diciembre de los años 2017, 2018 y 2019, los gastos presupuestados por el municipio fueron mayores en $ 6.278.849.134, $ 5.961.144.884, y $ 5.143.245.870, a las obligaciones devengadas, no comprobándose que esa entidad municipal haya realizado las correcciones que procedían al efecto.
La municipalidad deberá, en lo sucesivo, dictar oportunamente los actos administrativos que aprueban los ajustes al presupuesto vigente de acuerdo a los ingresos y compromisos devengados, respectivamente, en armonía con lo dispuesto
en los artículos 21, letra c), y 29, letra b), de la ley N° 18.695.
Se observó que ese municipio no dio cumplimiento a la ley N° 19.886 y a su reglamento en cuanto a la falta de acreditación de la causal invocada para justificar la contratación directa, y la omisión de aprobación del concejo municipal para celebrar el respectivo convenio; especies adquiridas vía convenio marco, no justificada; fragmentación de contrataciones realizadas a través de la modalidad convenio marco, y omisión de publicación de acto administrativo que aprueba trato directo.
Ese municipio deberá incoar un sumario administrativo, a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieran asistirle a los funcionarios involucrados en las situaciones objetadas, debiendo remitir el decreto alcaldicio que ordene su inicio a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Organismo de Control, en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente informe.
Se verificó que ese municipio desembolsó la suma de $ 4.771.948, sin
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR