Informe final 641-2019 secretaría regional ministerial de gobierno sobre auditoría a los procedimientos y controles administrativos - diciembre 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 839859637

Informe final 641-2019 secretaría regional ministerial de gobierno sobre auditoría a los procedimientos y controles administrativos - diciembre 2019

Fecha02 Diciembre 2019
Número de informe641/2019
EmisorRegional Los Ríos

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto verificar el cumplimiento de las Funciones Institucionales, Procedimientos y Controles Administrativos, así como, efectuar un examen de cuentas a los recursos que administró la Secretaría Regional Ministerial de Gobierno de Los Ríos, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.
La revisión tiene por finalidad determinar si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias, si se encuentran debidamente documentadas,' si sus cálculos son exactos y si están adecuadamente registradas, con la finalidad de velar por el cuidado y buen uso de los recursos públicos.
Todo lo anterior, en concordancia con la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General y la resolución N° 30, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora, que Fija Normas sobre Rendición de. Cuentas.

CONCLUSIONES

La SEREMI administró dinero en efectivo para financiar gastos de difusión, ceremonias y seguimiento, de proyectos vinculados a los "Fondos de Medios y Fortalecimiento de la Sociedad Civil", no ajustándose a lo establecido en el decreto N° 2.062, de 2017, del Ministerio de Hacienda. Además, efectuó cargos en la cuenta 111.02, "Banco Estado", hasta que arrojó saldo acreedor, lo que no se condice con lo establecido en la resolución N° 16, de 2015, de esta Entidad de. Control, situaciones que deberá evitar en adelante.

El inventario general incluye bienes en mal estado, sin que se haya efectuado el procedimiento para darlo de baja fijado en el Manual de Inventario del Ministerio Secretaría General de Gobierno, debiendo en un plazo de 30 días hábiles, acreditar que se ha corregido tal situación, documentándolo en el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, para ser validado por la Unidad de Seguimiento de esta Sede Regional.

La SEREMI utiliza de manera reiterada un formulario denominado "Control de ingreso y salida bajo horario flexible" para justificar la omisión en el registro de asistencia, careciendo de información que demuestre la razón de fuerza mayor o caso fortuito que impidió efectuar el respectivo marcaje, lo que no se ajusta a lo establecido en el artículo 61, letras d) y f) de ley N° 18.834, lo que deberá ser considerado en adelante.

La SEREMI, aprobó...

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