Informe final 569-20 dirección de presupuestos proceso de pago centralizado a proveedores del estado – abril 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 924988299

Informe final 569-20 dirección de presupuestos proceso de pago centralizado a proveedores del estado – abril 2022

Fecha28 Abril 2022
Número de informe569/2020
EmisorDepartamento de FFAA, Seguridad, Presidencia, Hacienda y RREE

OBJETIVO La auditoría tuvo por objeto examinar el proceso desarrollado por la Dirección de Presupuestos, DIPRES, en relación a la gestión electrónica centralizada de órdenes de pago a proveedores del Estado, a través de su Plataforma de Pago Centralizado -PPC-, y su interacción con el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado -SIGFE- y el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado -SGDTE-, considerando las operaciones desarrolladas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, y meses anteriores y posteriores, según se estime necesario.
En ese sentido, la revisión tuvo por finalidad verificar que se haya dado cumplimiento a los procedimientos de control para la realización de los devengos y la respectiva emisión de las órdenes de pagos, a fin de que la Tesorería General de la República -TGR-, los ejecute, emita los informes de pago y que estos sean reflejados en la contabilidad. Además, que existan controles eficientes para el resguardo de los recursos públicos involucrados, ajustándose a la normativa legal, presupuestaria y contable sobre la materia, y que se haya dado cumplimiento a los procedimientos de rendiciones efectuado por la Tesorería General de la República. Todo lo anterior, en concordancia con la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
CONCLUSIONES • De la revisión efectuada a las bases de datos con información obtenida desde los sistemas administrados por la DIPRES y la TGR, a saber: SGDTE, PPC, SIGFE y reporte Maestro, respectivamente, se comprobó la existencia de documentos tributarios electrónicos que fueron financiados tanto por la Tesorería General de la República, como por los servicios públicos directamente, denotando, por ende, un pago duplicado para iguales documentos. En efecto, se determinó al 31 de diciembre de 2020, la ejecución de pagos dobles a proveedores que ascendieron, a lo menos, a la suma de $96.421.210.034 equivalentes a 18.449 documentos tributarios, desglosado en $93.333.234.114 para el año 2020 y $3.087.975.920 correspondiente al 2019, emolumentos que fueron pagados tanto por la Tesorería General de la República por instrucción de la DIPRES como también por las entidades públicas de manera directa.
En razón de lo expuesto, la DIPRES deberá desarrollar las siguientes acciones:
1) Completar los análisis y revisiones de todos los pagos observados, en forma pormenorizada y por cada categoría, conforme a lo comprometido en su respuesta, informando de su resultado a este Organismo de Control y a cada uno de los servicios públicos involucrados, además de instruir medidas de aplicación general que permitan establecer un proceso uniforme para la recaudación, registro y control de los reintegros que deben requerirse a los proveedores, en coordinación con la Tesorería General de la República.
2) Establecer las variables que permitieron que se produjeran en el sistema estos pagos duplicados, entre otras, la entrega de anticipos y recepción de notas de crédito, definiendo para éstas, las mejoras que implementará para evitar que se repitan tales situaciones.
3) Diseñar e implementar cruces de información que se ejecuten en forma periódica, que permitan detectar oportunamente la existencia de operaciones que resulten en pagos duplicados, generando la reportabilidad necesaria para que tanto esa Dirección como los servicios públicos que
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