Informe final 54-2019 consejo para la transparencia, auditoria al manejo de fondos, custodia de bienes y uso de vehículo fiscal – agosto 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 925804096

Informe final 54-2019 consejo para la transparencia, auditoria al manejo de fondos, custodia de bienes y uso de vehículo fiscal – agosto 2020

Fecha28 Agosto 2020
Número de informe54/2019
EmisorDepartamento de FFAA, Seguridad, Presidencia, Hacienda y RREE

OBJETIVO

La auditoría tuvo por finalidad efectuar una fiscalización al manejo de fondos y a la contabilización y control administrativo de los bienes de uso que posee el Consejo para la Transparencia, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2018. Asimismo, verificar si los controles para el manejo de fondos son efectivos, evaluar el sistema de control interno en relación a los procesos de recepción, registro y custodia de bienes de uso, validando que su utilización diga relación con los fines para los que fueron adquiridos, así como también comprobar el buen uso del vehículo fiscal. Todo lo anterior, en concordancia con la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

CONCLUSIONES

• Verificados los controles administrativos de la entidad para el manejo de fondos, no se determinaron observaciones que formular.
• Se verificó que la información contable sobre los bienes físicos del activo fijo presentaba inconsistencias con el registro administrativo que mantiene la entidad, advirtiéndose que bienes dados de baja por $ 2.086.359, se encuentran incluidos en la contabilidad, en tanto que otros por la suma de $10.079.069, no han sido incorporados en ella. Sobre el particular, el Consejo deberá efectuar los ajustes pertinentes a fin de reflejar de manera fidedigna en los estados financieros, la información referente a los activos fijos que posee, la que debe ser concordante con el control administrativo que mantiene al efecto. Todo lo anterior deberá cumplirse dentro del plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe final.
• Se constató que el vehículo institucional placa patente HSXX74-2, era utilizado para transportar al ex Presidente del Consejo para la Transparencia a su domicilio particular, de acuerdo a los registros contenidos en la bitácora del móvil, respecto de lo cual debe indicarse que ni el Presidente del Consejo ni su Director General están incluidos en la enumeración de autoridades a las que, de acuerdo al artículo 10, en relación al artículo 3°, ambos del decreto ley N°799, de 1974, sobre Uso y Circulación de Vehículos Estatales, se les puede asignar un vehículo fiscal sin restricciones. En relación con este asunto, ese organismo deberá ajustarse en lo sucesivo a lo dispuesto en el citado decreto ley, y a las instrucciones impartidas sobre la materia por esta Entidad Contralora, a través del oficio circular N° 35.593, de 1995, ejerciendo controles...

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