INFORME FINAL 53-10 MUNICIPALIDAD DE HUASCO AUDITORÍA DE TRANSACCIONES AL MACROPROCESO DE CONCESIONES Y OTRAS MATERIAS-DICIEMBRE 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 565310706

INFORME FINAL 53-10 MUNICIPALIDAD DE HUASCO AUDITORÍA DE TRANSACCIONES AL MACROPROCESO DE CONCESIONES Y OTRAS MATERIAS-DICIEMBRE 2010

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2010
EmisorRegional Atacama
ServicioMUNICIPALIDAD DE HUASCO
Número de informe53/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que: Sobre evaluación de control interno.

  1. Sobre la carencia de un reglamento sobre organización interna del municipio y de los manuales de procedimientos, se mantiene lo observado hasta que esa entidad formalice los mencionados instrumentos de gestión, que estaban en la etapa de ejecución a la fecha de la visita inspectiva, es decir octubre de 2010.

  2. Respecto a la observación relacionada con la falta de un director de la unidad de control desde el 27 de mayo de 2010, fecha en la cual esa unidad dejó de funcionar, se mantiene lo observado mientras no se adopten las medidas necesarias para efectuar el concurso para completar esa vacante y no se reinicien las funciones de esa unidad. Asimismo, es necesario que esa entidad municipal defina.:

    apruebe y controle el cumplimiento de un programa de auditoría que incluya, entre otras. las materias examinadas en esta oportunidad. Sobre examen de cuentas ingresos En cuanto a los ingresos percibidos por $ 1.200.000, a raíz de los contratos celebrados con don Luís Poblete Lemus, doña Sra.:

    Yasna Lutz Carvajal y al Sociedad de Inversiones, Comercial e Industrial Pavez Ltda., se mantiene lo observado con el fin de que ese municipio regularice la situación observada.:

  3. Sobre la falta del acuerdo de concejo municipal y del decreto exento que respalden la aprobación del contrato de comodato, suscrito entre la municipalidad y la señora Yasna Lutz Carvajal, por el terreno del sector playa chica, se mantiene la observación formulada hasta que el Sr. Alcalde no disponga las medidas tendientes a normalizar los mencionados hechos. Asimismo, es preciso que se corrija la situación planteada por la propia entidad en su respuesta, referida a la diferencia en los plazos del comodato establecidos tanto en el acuerdo de concejo como en la escritura pública.:

  4. La entidad municipal no proporcionó los argumentos que permitan levantar las observaciones relacionadas con la entrega en comodato del bien inmueble denominado "Punta el Escorial", a la Sociedad de , Inversiones. Comercial e Industrial Pavez Ltda., y que se refieren a que el acuerdo de voluntades no fue sancionado a través de la emisión del respectivo decreto alcaldicio y en el sitio se instaló un restaurante que sigue funcionando a pesar de estar vencido dicho acuerdo. Asimismo, corresponde mantener la observación sobre el incumplimiento de la municipalidad...

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