Informe final 523-23 aduana antofagasta sobre auditoría inventario retenciones y o incautaciones - octubre 2023
Fecha | 10 Octubre 2023 |
Número de informe | 523/2023 |
Emisor | Regional Antofagasta |
Verificar el proceso de inventario respecto de las retenciones y/o incautaciones llevadas a cabo por la Dirección Regional de Aduana de Antofagasta, en adelante Aduana, para el período comprendido desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. Asimismo, verificar la correcta destrucción, donación, remate, devolución u otro de los bienes incautados.
1. Acerca de lo expuesto en el numeral 1.1, sobre debilidades en el control de las mercancías custodiadas (C)7, corresponde
que esa repartición pública acredite, mediante el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, la aplicación de las medidas anunciadas, en cuanto a la utilización de los métodos de respaldos para resguardar la información y la incorporación de los datos faltante en las planillas de control de inventario. Lo anterior, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe final de auditoría.
En el mimo plazo dispuesto precedentemente, Aduana deberá informar sobre el estado del desarrollo del sistema
de control de las mercancías anunciado en su respuesta, en el que estaría trabajando el Servicio Nacional de Aduana.
Sin perjuicio de lo expuesto, esa entidad deberá, en lo sucesivo, mantener una vigilancia permanente respecto de las
instrucciones y controles dispuestos a fin de contar con información integra, exacta y confiable para una correcta administración de los bienes bajo su custodia.
2. En cuanto a lo señalado en el numeral 2, sobre deficiencias detectadas en la bodega ubicada en calle Sucre N° 215, de la
comuna de Antofagasta (C), Aduana deberá acreditar lo informado en su respuesta, en cuanto a la ejecución de las limpiezas periódicas en el lugar, así como también lo resuelto en cuanto a la incorporación del servicio de limpieza en el contrato de aseo para el periodo 2024, dando cuenta de aquello mediante el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe final.
De igual forma, deberá, en lo sucesivo, mantener una supervisión permanente respecto del cuidado de la limpieza y seguridad
de los almacenes fiscales donde se almacenan las mercancías de tal forma de evitar hechos como los descritos.
3. Respecto a lo consignado en el numeral 3, sobre la falta de gestiones respecto de los vehículos mantenidos en custodia (C), corresponde que el servicio adopte las acciones respectivas para conseguir la subsanación del hecho representado, materializando la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba