Informe final 508-2020 Municipalidad de san rosendo sobre auditoría al estado de la gestión municipal - enero 2021
Fecha | 26 Enero 2021 |
Número de informe | 508/2020 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
OBJETIVO
La fiscalización tuvo por objeto verificar el cumplimiento de la normativa contable y reglamentaria que regula el proceso de ejecución y control presupuestario, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2019. Además, determinar el superávit o déficit de caja del municipio al 31 de diciembre de 2019 y efectuar un examen de cuentas a los gastos ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
A su turno, se tuvo en consideración el oficio N° 9.558, de 2019, de este Organismo Fiscalizador, mediante el cual se informó a esa entidad comunal que producto de la extracción de datos efectuada al 30 de septiembre de 2019, desde el Sistema de Contabilidad General de la Nación (SICOGEN), se detectaron diversas inconsistencias que infringen la normativa contable - presupuestaria.
A su turno, se tuvo en consideración el oficio N° 9.558, de 2019, de este Organismo Fiscalizador, mediante el cual se informó a esa entidad comunal que producto de la extracción de datos efectuada al 30 de septiembre de 2019, desde el Sistema de Contabilidad General de la Nación (SICOGEN), se detectaron diversas inconsistencias que infringen la normativa contable - presupuestaria.
CONCLUSIONES
Preguntas de auditoría
• ¿Percibió y ejecutó la entidad comunal la totalidad de los ingresos y gastos presupuestados?
• ¿Utiliza la entidad auditada correctamente los mecanismos de contratación pública?
• ¿Ejecuta la entidad auditada los procesos de modificación, registro y control presupuestario y contable, de acuerdo a la normativa vigente?
• ¿Existe déficit de caja en la entidad municipal?
Principales Resultados:
• Se verificó que al término de los años 2017, 2018 y 2019, la entidad municipal presenta una sobreestimación de los ingresos de $ 30.796.029, $ 20.275.770 y $ 58.830.664, respectivamente. Por su parte, se detectó que los gastos devengados acumulados fueron inferiores a los presupuestados en $ 248.400.290, $ 253.099.871 y $434.177.520, respectivamente, no constatándose que ese municipio haya adoptado las medidas necesarias tendientes a ajustar el presupuesto, por lo que, en lo sucesivo, deberá mantener un control adecuado sobre la ejecución financiera y presupuestaria de esa entidad, dando estricto cumplimiento a lo prescrito en los citados artículos 21, letra c) y 29; letra b), de la referida ley N° 18.695, con la finalidad de contar con presupuestos debidamente financiados, ajustando el presupuesto vigente de acuerdo con los montos efectivamente ejecutados en cada uno de sus componentes de ingresos y gastos.
• Respecto a las contrataciones públicas, no se detectaron observaciones que formular sobre esta materia.
• De la revisión efectuada a la conciliación bancaria de la cuenta corriente N° 54909006280 “Fondos Municipales”, se detectaron 130 depósitos no identificados por la suma $ 312.443.519,...
• ¿Percibió y ejecutó la entidad comunal la totalidad de los ingresos y gastos presupuestados?
• ¿Utiliza la entidad auditada correctamente los mecanismos de contratación pública?
• ¿Ejecuta la entidad auditada los procesos de modificación, registro y control presupuestario y contable, de acuerdo a la normativa vigente?
• ¿Existe déficit de caja en la entidad municipal?
Principales Resultados:
• Se verificó que al término de los años 2017, 2018 y 2019, la entidad municipal presenta una sobreestimación de los ingresos de $ 30.796.029, $ 20.275.770 y $ 58.830.664, respectivamente. Por su parte, se detectó que los gastos devengados acumulados fueron inferiores a los presupuestados en $ 248.400.290, $ 253.099.871 y $434.177.520, respectivamente, no constatándose que ese municipio haya adoptado las medidas necesarias tendientes a ajustar el presupuesto, por lo que, en lo sucesivo, deberá mantener un control adecuado sobre la ejecución financiera y presupuestaria de esa entidad, dando estricto cumplimiento a lo prescrito en los citados artículos 21, letra c) y 29; letra b), de la referida ley N° 18.695, con la finalidad de contar con presupuestos debidamente financiados, ajustando el presupuesto vigente de acuerdo con los montos efectivamente ejecutados en cada uno de sus componentes de ingresos y gastos.
• Respecto a las contrataciones públicas, no se detectaron observaciones que formular sobre esta materia.
• De la revisión efectuada a la conciliación bancaria de la cuenta corriente N° 54909006280 “Fondos Municipales”, se detectaron 130 depósitos no identificados por la suma $ 312.443.519,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba