Informe final 507-23 centro oncologico norte antofagasta sobre auditoría procedimientos de medicamentos - octubre 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 950956156

Informe final 507-23 centro oncologico norte antofagasta sobre auditoría procedimientos de medicamentos - octubre 2023

Fecha13 Octubre 2023
Número de informe507/2023
EmisorRegional Antofagasta

OBJETIVO

Efectuar una auditoría a los procedimientos de adquisición, almacenamiento, y eliminación de medicamentos en el Centro Oncológico del Norte, en adelante CON, de la comuna de Antofagasta, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y 31 de diciembre 2022. Ello, con el fin de comprobar si esa entidad cumple con la gestión de administración de fármacos respecto de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes; verificar si las altas y bajas de medicamentos se encuentran debidamente autorizadas, acreditadas y documentadas y, si se ejecutan teniendo en consideración los principios de eficiencia, eficacia y economicidad

CONCLUSIONES

1. En relación con lo objetado en el numeral 1.2, acerca de la falta de control, almacenamiento y supervisión de los

fármacos (C7), el CON deberá implementar una actividad de control para que en los siguientes períodos se fortalezcan los procesos descritos. Dicha actividad de control deberá ajustarse a las definiciones establecidas en el artículo 5°, de la resolución exenta N°1.962, de 2022, que Aprueba Normas sobre Control Interno de la CGR, debiendo dar cuenta de ello en el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe final.

De igual modo, ese recinto de salud, en lo sucesivo, deberá asegurar el cumplimiento de la medida que disponga, a fin de lograr un adecuado control respecto del control, almacenamiento y supervisión sobre los medicamentos contenidos en su arsenal farmacológico.

2. En cuanto a lo expuesto en el numeral 2.1, sobre debilidades en el control de la información proporcionada por el CON

relativa a la adquisición de medicamentos (C), el CON deberá implementar una actividad de control que permita contar con información íntegra y coincidente con la disponible en el portal de Mercado Público, respecto de las adquisiciones de fármacos

que efectúe, a fin de evitar que situaciones como la advertida se reiteren en el futuro.

Dicha actividad de control deberá ajustarse a las definiciones establecidas en el artículo 5°, de la resolución exenta N°1.962, de 2022, que Aprueba Normas sobre Control Interno de la CGR. Ello, deberá ser acreditado documentalmente a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un plazo de 60 días hábiles, contados a partir de la recepción del presente informe final.

De igual modo, corresponde que esa entidad, en lo sucesivo, vele por la adecuada ejecución y monitoreo de la actividad de control que implemente, logrando de esa forma obtener información de calidad respecto de sus adquisiciones, para los análisis y toma de decisiones que se requieran.

3. Sobre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR