INFORME FINAL 41-13 MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ AUDITORIA PROGRAMA APS - DICIEMBRE 2012
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 2013 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
Servicio | DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE SALUD MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE LA PAZ |
Número de informe | 41/2013 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de San Pedro de la Paz ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 41, de 2013. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberá adoptar medidas a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:
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En relación a aquellas observaciones contenidas en el acápite II. Examen de Cuentas, 1. Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa, 1.2 Ejecución, 1.2.2, 1.2.3, 1.2.4, y al acápite III. Examen de la Materia Auditada, 1. Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa, 1.2 Ejecución, 1.2.5 y 1.2.6, sobre el pago de estipendio a beneficiarios que no cumplían con los requisitos establecidos en el citado programa, este Organismo de Control procederá a formular el reparo pertinente, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y 101 de la ley N° 10.336, Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.:
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En cuanto a que la DAS no remitió al Servicio de Salud Concepción copia de los comprobantes de ingreso por las remesas de fondos recibidas, la municipalidad deberá adoptar medidas tendientes a dar cumplimiento a la normativa referida, correspondiéndole al Director de Control Municipal validar su aplicación, emitiendo un informe que se mantendrá a disposición de esta Contraloría Regional.
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Sobre que los fondos transferidos a la DAS y los gastos no se contabilizan de conformidad a lo instruido por la Contraloría General de la República en el oficio N° 36.640, de 2007, la Dirección de Control del municipio deberá validar el cumplimiento de las instruido sobre la materia, emitiendo un informe al respecto, el que deberá mantenerse a disposición de este Organismo de Contralor.
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En relación con que en las bases que regulan la licitación ID 2786-287-LE12, no se estableció el requerimiento de la suscripción del contrato, el municipio deberá en lo sucesivo dar estricto cumplimiento a lo establecido en la normativa ya citada, lo cual deberá ser validado por el Director de Control, manteniendo a disposición de esta Contraloría Regional...
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