INFORME FINAL 41-13 MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ AUDITORIA PROGRAMA APS - DICIEMBRE 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 565138122

INFORME FINAL 41-13 MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ AUDITORIA PROGRAMA APS - DICIEMBRE 2012

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2013
EmisorRegional Bío-Bío
ServicioDEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE SALUD MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE LA PAZ
Número de informe41/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de San Pedro de la Paz ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 41, de 2013. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberá adoptar medidas a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:

  1. En relación a aquellas observaciones contenidas en el acápite II. Examen de Cuentas, 1. Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa, 1.2 Ejecución, 1.2.2, 1.2.3, 1.2.4, y al acápite III. Examen de la Materia Auditada, 1. Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa, 1.2 Ejecución, 1.2.5 y 1.2.6, sobre el pago de estipendio a beneficiarios que no cumplían con los requisitos establecidos en el citado programa, este Organismo de Control procederá a formular el reparo pertinente, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y 101 de la ley N° 10.336, Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.:

  2. En cuanto a que la DAS no remitió al Servicio de Salud Concepción copia de los comprobantes de ingreso por las remesas de fondos recibidas, la municipalidad deberá adoptar medidas tendientes a dar cumplimiento a la normativa referida, correspondiéndole al Director de Control Municipal validar su aplicación, emitiendo un informe que se mantendrá a disposición de esta Contraloría Regional.

  3. Sobre que los fondos transferidos a la DAS y los gastos no se contabilizan de conformidad a lo instruido por la Contraloría General de la República en el oficio N° 36.640, de 2007, la Dirección de Control del municipio deberá validar el cumplimiento de las instruido sobre la materia, emitiendo un informe al respecto, el que deberá mantenerse a disposición de este Organismo de Contralor.

  4. En relación con que en las bases que regulan la licitación ID 2786-287-LE12, no se estableció el requerimiento de la suscripción del contrato, el municipio deberá en lo sucesivo dar estricto cumplimiento a lo establecido en la normativa ya citada, lo cual deberá ser validado por el Director de Control, manteniendo a disposición de esta Contraloría Regional...

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