INFORME FINAL 40-12 SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN TARAPACA AUDITORÍA A LAS EXPROPIACIONES DE INMUEBLES - MAYO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565334182

INFORME FINAL 40-12 SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN TARAPACA AUDITORÍA A LAS EXPROPIACIONES DE INMUEBLES - MAYO 2013

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2013
EmisorRegional Tarapacá
ServicioSERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION TARAPACA
Número de informe40/2012
SectorServicios Regionales
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el SERVIU, Región de Tarapacá, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 40, de 2012, específicamente las señaladas en el título II "SOBRE EXAMEN DE CUENTAS", resolviendo lo que sigue:

  1. Sobre el numeral 2 "Falta de documentación de respaldo", el servicio aportó las solicitudes de reconsideración faltantes, antecedentes que permiten dar por subsanada la observación. En relación con las observaciones que se mantienen, la institución deberá adoptar las medidas correspondientes con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes: 1 Sobre "Aspectos de Control Interno" En relación a las observaciones señaladas en este acápite, esa entidad en lo que corresponde, deberá realizar las acciones que más adelante se indican, a fin de subsanar las debilidades de control detectadas; teniendo en consideración para ello, la circular N° 37.556, de 2006, de la Contraloría General de la República, que hizo de obligatoriedad general para los servicios públicos las normas de control interno impartidas en la resolución exenta de este Organismo Contralor N° 1.485, de 1996: a) Respecto de lo representado en el numeral "Falta de manuales de procedimientos" el servicio deberá implementar el manual de procedimiento comprometido en su respuesta.:

  2. En cuanto al punto 2 "Falta de segregación de funciones" aún cuando la función de expropiación corresponde al departamento jurídica de dicho servicio, deberá establecer controles mitigantes, a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en la resolución exenta N° 1485, de 1996, de esta Contraloría General, en específico, lo relativo a la norma de control interno "División de las Tareas"; ello, con el fin de evitar que un funcionario realice una transacción desde su...

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