INFORME FINAL 40-10 MUNICIPALIDAD DE CAMIÑA AUDITORIA DE RECURSOS HUMANOS-DICIEMBRE 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 565311074

INFORME FINAL 40-10 MUNICIPALIDAD DE CAMIÑA AUDITORIA DE RECURSOS HUMANOS-DICIEMBRE 2010

Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2010
EmisorRegional Tarapacá
ServicioMUNICIPALIDAD DE CAMIÑA
Número de informe40/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, es menester concluir que:

  1. - En atención a los antecedentes y argumentos esgrimidos por la autoridad del Municipio de Camiña, respecto de la observación contenida en el numeral 1.5 "Aguinaldo de Navidad año 2009", del Título II "Examen de Cuentas", esta Sede Regional ha resuelto levantarlas, sin perjuicio de las actividades de seguimiento que puedan desarrollarse en visitas futuras. Respecto de lo representado en el acápite 1.5 "Aguinaldo de navidad año 2009", se concluye de acuerdo a los antecedentes presentados que el aguinaldo fue bien pagado por lo que la observación se procede a levantar.

  2. - La Municipalidad de Camiña deberá adoptar las medidas que se indican a continuación, en orden a concretar en forma definitiva la solución de las observaciones que se mantuvieron en el cuerpo de este Informe Final: "SOBRE EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO" 2.1.- Respecto de la observación contenida en el numeral 1 "Inexistencia de Unidad de Recursos Humanos", debe: a.- Ante la falta de la referida unidad, implementar controles compensatorios que aseguren el buen desempeño y manejo de los temas referentes a personal. b.- Evidenciar la estructura informada por esa autoridad, para el manejo del recurso humano del municipio, lo que puede estar señalado en el respectivo manual de procedimiento, que sobre la materia prepare esa entidad edilicia.:

    c.- adoptar las medidas pertinentes con la finalidad de capacitar al personal en materia de remuneraciones, para los funcionarios encargados de los temas del personal municipal. 2.2.- Sobre lo observado en el acápite N° 2 "Debilidad en la confección de las planillas de remuneraciones", la autoridad del municipio deberá adoptar los controles necesarios que permitan asegurar y a su vez revertir tal debilidad, para que así la información obtenida para el pago de los respectivos estipendios de los funcionarios, sea transparente, íntegra y exacta::

    ello, a fin de mitigar posibles errores voluntarios o involuntarios que puedan suceder en el proceso de depuración de la información definitiva.:

    2.3.- Sobre la falta de manuales de Procedimientos, señalada en el punto 3 de este informe, corresponde que se instruya para que se implementen en las respectivas áreas del municipio, en lo particular, en los encargados de recursos humanos: ello, toda vez que como se indicó en la respuesta a esta observación, dichos documentos ya se encuentran...

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