Informe final 335-17 defensoría penal pública auditoría a los servicios de defensa penal pública contratados por las defensorías regionales metropolitanas norte y sur - julio 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840026625

Informe final 335-17 defensoría penal pública auditoría a los servicios de defensa penal pública contratados por las defensorías regionales metropolitanas norte y sur - julio 2017

Fecha31 Julio 2017
Número de informe335/2017
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO Practicar una auditoría y examen de cuentas a los pagos efectuados durante el año 2016, por los servicios de defensa penal pública contraídos mediante licitaciones públicas y convenios directos, por las Defensorías Regionales Metropolitanas Norte y Sur.
CONCLUSIONES Se verificó la omisión de entrega de 9 informes semestrales por parte de los prestadores a las respectivas Defensorías Regionales Metropolitanas, sin aplicación de multas por 900 UF; multas no aplicadas de 300 UF por falta de entrega de los informes finales de la Sociedad Defensas Penales y Penitenciarias Larca y Robles Ltda. y María Fernanda Aguilera Fortes, acorde a determinados acuerdos de voluntades; e informes de incumplimiento de metas sin fundamento plausible ni aplicación de multas, en cuanto al indicador “Entrevista a imputados privados de libertad" que registra 2 meses de incumplimiento consecutivo en octubre y· noviembre de 2016, por parte del prestador Sociedad Defensas Legales Ltda. multa no aplicada de 100 UF, también por la falta de· acreditación de los indicadores de septiembre, octubre y , noviembre de 201 p, de Mauricio Eduardo de la Hoz Mardones -multa sin aplicar de 200 UF-, y respecto de los indicadores de octubre y noviembre de igual anualidad del prestador Asesorías Legales Legis Ltda. -multa sin aplicar de 100 UF-, aspectos sobre los cuales la Defensoría Penal Pública deberá acreditar las justificaciones en los casos que se indican en el cuerpo del presente informe o aplicar las sanciones establecidas en las contrataciones correspondientes, en armonía con las bases que las rigen, informando sobre, ello a esta Entidad de Control dentro del plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, o en caso contrario, se evaluará la formulación del reparo pertinente por el total de 1.600 UF, en virtud de lo dispuesto en los. artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, sin perjuicio de lo consignado en el artículo 116 de la misma.

Se constató que las Defensorías Regionales Metropolitanas Norte y Sur suscribieron convenios directos con Defensa Jurídico Penal S.A. y María Fernanda Aguilera Fortes, la primera, y con Sociedad Defensas Penales y Penitenciarias Larca y Robles Ltda. y Francisco Javier Malina Jerez, la segunda, sin que se haya efectuado una licitación previa declarada parcial o totalmente desierta, ni un nuevo proceso concursal ejecutado durante su vigencia, cuestión que no se
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