Informe final 305-2018 Municipalidad de quilicura auditoria al proceso de formulación ejecución y control de presupuesto sept-2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 841043428

Informe final 305-2018 Municipalidad de quilicura auditoria al proceso de formulación ejecución y control de presupuesto sept-2018

Fecha05 Septiembre 2018
Número de informe305/2018
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La auditoría tuvo por objeto evaluar que el proceso de formulación, ejecución y control del presupuesto del Área de Educación de la Municipalidad de Quilicura, haya sido efectuado de manera eficiente y eficaz, a través de la formulación de presupuestos debidamente financiados y autorizados.

Lo anterior, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, agregándose revisiones de años anteriores, en la medida que se consideraron necesarias. Lo anterior, en concordancia con la citada Ley N° 10.336.

CONCLUSIONES

Se observó que las obligaciones pendientes de pago, por al menos $33.350.737, al término del ejercicio del año 2016, no se encontraban registradas como deuda exigible, no obstante cumplir con los requisitos para ser reconocidas como tal, conforme la normativa del sistema contable vigente. Tal situación generó que la deuda flotante del año 2017, que corresponde a la deuda exigible al término del ejercicio presupuestario 2016, se encontrara subvalorada en la cantidad antes mencionada, la cual, al no estar debidamente contabilizada, comprometió el presupuesto municipal del año 2017, en dicho monto. Asimismo, el hecho detectado distorsionó los pasivos registrados por esa entidad comunal al 31 de diciembre de 2016. El municipio deberá, en lo sucesivo, dar estricto cumplimiento a la normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación aprobada por· el oficio circular N° 60.820, de 2005, y sus modificaciones, de esta Institución Fiscalizadora, a fin de reconocer como acreedores presupuestarios, los compromisos financieros devengados al 31 de diciembre de cada año.

Se detectó que esa repartición comunal durante el período fiscalizado, no realizó las cuadraturas de los movimientos de fondos de las cuentas Nos 18006558, Departamento de Educación Municipal"; 10621270, "Ley SEP"; y, 10656766, "FAEP", todas del Banco de Crédito é Inversiones, lo que se contrapone con lo instruido por este Organismo Fiscalizador por oficio circular N" 11 .629, de 1982, que imparte Instrucciones al Sector Municipal sobre Manejo de Cuentas Corrientes Bancarias. La municipalidad deberá acreditar la igualdad entre las anotaciones contables y los resúmenes bancarios, al 31 de diciembre de 2017, acorde lo establecido en el...

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