Informe Final 268-17 Gobierno Regional de los Ríos, Auditoría Transferencias Corrientes y de Capital a la Corporación Regional de Desarrollo - Junio 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 688106349

Informe Final 268-17 Gobierno Regional de los Ríos, Auditoría Transferencias Corrientes y de Capital a la Corporación Regional de Desarrollo - Junio 2017

PonenteRendiciones de gastos 'Operación y Gobernanza' (Subtítulo 24.01.006) $598.700.000Convenios para desarrollar estudios básicos (Subtítulo 33.01) $1.179.000.000.-
Fecha de Resolución10 de Julio de 2017
EmisorRegional Los Ríos
ServicioGobierno Regional los Rios
Número de informe268/2017
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional
INFORME
FINAL
Gobierno Regional de Los Ríos
Número de Informe: 268/2017
10 de julio de 2017
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
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REMITE INFORME FINAL QUE INDICA.
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2017
Adjunto remito a Ud., para su conocimiento
y fines pertinentes, Informe Final N° 268, de 2017, debidamente aprobado, sobre
auditoría a las transferencias corrientes y de capital, efectuadas por el Gobierno
Regional de Los Ríos a la Corporación Regional de Desarrollo Productivo.
Sobre el particular, corresponde que esa
autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada
caso se señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas. Aspectos que
se verificarán en una próxima visita que practique en esa entidad, este Organismo
de Control.
Saluda atentamente a Ud.,
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
PREG. N° 17.001/2017
REMITE INFORME FINAL QUE INDICA.
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Adjunto remito a Ud., para su conocimiento
y fines pertinentes, Informe Final N° 268, dé 2017, debidamente aprobado, sobre
auditoría a las transferencias corrientes y de capital, efectuadas por el Gobierno
Regional de Los Ríos a la Corporación Regional de Desarrollo Productivo.
Saluda atentamente a Ud.,
AL SEÑOR
)
JEFE DE LA UNIDAD INTERNA
GOBIERNO REGIONAL DE LOS RÍOS
5-.
PRESENTE
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
Resumen Ejecutivo Informe Final N° 268, de 2017
Gobierno Regional de Los Ríos.
Objetivo:
Verificar el cumplimiento de los convenios de transferencias aprobados,
entre el GORE de Los Ríos y la Corporación Regional de Desarrollo Productivo,
relacionadas con la cuenta presupuestaria, Subtítulo 24, "Transferencias
Corrientes"; Ítem 01 "Al Sector Privado"; Asignación 006, "Corporación Agencia de
Desarrollo Productivo de Los Ríos", entre el 1 de marzo y 31 de diciembre de 2016;
y la cuenta presupuestaria vinculada al Subtítulo 33, "Transferencias de Capital",
Ítem 01, "Al Sector Privado", entre el
1
de enero de 2015 y 30 de noviembre de 2016.
Preguntas de Investigación:
¿Se mantiene un proceso de supervisión y control del cumplimiento de los
objetivos de los convenios por parte del Gobierno Regional?
¿Controla el GORE que las rendiciones de cuentas, hechas por la corporación
se ajusten a los preceptos contenidos en las resoluciones NOS 759, de 2003 y
30, de 2015, ambas de la Contraloría General de la República?
Principales Resultados:
El GORE no cuenta con los informes de supervisión y evaluación del
cumplimiento de los objetivos de los estudios que se exigen en las cláusulas
tercera y cuarta de los convenios, los que debían elaborar las divisiones de
Análisis y Control de Gestión, DACG y de Planificación y Desarrollo Regional,
DIPLADE, no logrando acreditar el cumplimiento de su obligación de
resguardar los recursos públicos que administra y el fin para el cual fueron
transferidos a terceros, vulnerando los artículos 60 y 61 de la ley N° 10.336, de
Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, por lo
que deberá implementar los procedimientos pertinentes para que en lo
sucesivo tal situación no se reitere, validándose esto en una nueva
fiscalización.
Se verificó que dicho servicio ha prorrogado la ejecución de 8 de los 10
convenios revisados, en períodos que sobrepasan hasta en un 325% el plazo
original, significando que las necesidades y objetivos que atenderían no han
sido cumplidos, no ajustándose a los referidos artículos 60 y 61 de la ley
N° 10.336 y al 5° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, por lo que en adelante, se tendrá
que implementar los mecanismos que le permitan controlar esas dilaciones, lo
que se validará en una futura visita de fiscalización.
Se constató que el GORE no cuenta con los expedientes originales de las
rendiciones de 'cuentas presentadas por la Corporación de Fomento
Productivo, vulnerando lo establecido en el artículo 4°, de la mencionada
30, de 2015, de la Contraloría General de la República, que Fija
Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas, validándose en una
nueva fiscalización que esa situación se haya corregido.
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Se verificó que esa entidad regional transfirió recursos ala aludida corporación,
aun cuando ésta mantenía rendiciones pendientes desde el año 2014, por un
monto total de $131.081.584, infringiendo lo dispuesto en el numeral 5.4, de la
resolución N° 759 de 2003, de la Contraloría General de la República, vigente
hasta el 31 de mayo de 2015, y que se reitera en similares condiciones en el
artículo 18, de la mencionada resolución N° 30, de 2015, del mismo origen, la
cual rige a partir del 1 de junio de ese año para estos efectos, por lo que se
verificará en una próxima fiscalización que ese actuar no se reitere.
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PREG. N° 17.001/2017
INFORME FINAL N° 268, DE 2017,
SOBRE AUDITORÍA A LAS TRANSFE-
RENCIAS CORRIENTES Y DE CAPITAL,
EFECTUADAS POR EL GOBIERNO RE-
GIONAL DE LOS RÍOS A LA CORPO-
RACIÓN REGIONAL DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
VALDIVIA,
1
0 JUL 2017
En' cumplimiento del plan anual de
fiscalización de esta Entidad de Control para el año 2017 y en conformidad con lo
establecido en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y
Atribuciones de la Contraloría General de la República, y 54 del decreto ley N° 1.263,
de 1975, Orgánica de Administración Financiera del Estado, se realizó una auditoría
y examen de cuentas a las transferencias realizadas por el Gobierno Regional de
Los Ríos a la Corporación Regional de Desarrollo Productivo de Los Ríos. El equipo
de trabajo que ejecutó la revisión estuvo integrado por los señores Pablo Martínez
Simi y Edison Guerra Ramírez, auditor y supervisor, respectivamente.
JUSTIFICACIÓN
Esta Contraloría Regional se ha constituido
en el Gobierno Regional de Los Ríos, GORE, con la finalidad de verificar el
cumplimiento de los convenios de transferencias celebrados entre ese organismo y
la Corporación Regional de Desarrollo Productivo de Los Ríos, en adelante la
. corporación, toda vez que se ha considerado como relevante la cuantía de los
montos traspasados al ente privado y que dichos aportes se hayan ido
incrementando desde el año 2010 al 2016, teniendo presente, a la vez, que tal
materia no había sido revisada en periodos anteriores por parte de esta Entidad de
Control.
ANTECEDENTES GENERALES
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 13 de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y
Administración Regional, "La administración superior de cada región del país estará
radicada en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural
y económico de ella.". Agregando en su inciso segundo que "Para el ejercicio de sus
A LA SEÑORA
LARITZA DENISE PREISLER ENCINA
,.., CONTRALOR REGIONAL DE LOS RÍOS
PRESENTE
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CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
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funciones los gobiernos regionales gozarán de personalidad jurídica de derecho
público, tendrán patrimonio propio y estarán investidos de las atribuciones que esta
ley les confiere".
Ahora bien, el inciso quinto del artículo 115
de la Constitución Política de la República de Chile establece que "La ley podrá
autorizar a los gobiérnos regionales y a las empresas públicas para asociarse con
personas naturales o jurídicas a fin de propiciar actividades sin fines de lucro que
contribuyan al desarrollo regional", añadiendo que las entidades que al efecto se
constituyan se regularán por las normas comunes aplicables a los particulares.
De manera análoga, el inciso primero del
artículo 100, de la referida ley N° 19.175, permite que los gobiernos regionales se
asocien con otras personas jurídicas, para constituir con ellas corporaciones o
fundaciones de derecho privado destinadas a propiciar actividades o iniciativas sin
fines de lucro, que contribuya al desarrollo regional en los ámbitos social, económico
y
.
cultural.
Por su parte, el inciso segundo de la
precitada disposición agrega que las entidades así formadas realizarán entre otras
acciones, "...estudios orientados a identificar áreas o sectores con potencial de
crecimiento, estimular la ejecución de proyectos de inversión, fortalecer la capacidad
asociativa de pequeños y medianos productores, promover la innovación
tecnológica, incentivar las actividades artísticas y deportivas, estimular el turismo
intraregional, mejorar la eficiencia de la gestión empresarial y efectuar actividades
de capacitación.", agregando que en ningún caso podrán implicar él desarrollo de
actividades empresariales o la participación de ellas.
A su turno, el inciso tercero del antedicho
artículo 100, precisa que dichas asociaciones se regirán por las normas del Título
XXXIII del Libro Primero del Código Civil, por la antes citada ley N° 19.175 y por sus
propios estatutos, y no les serán aplicables las disposiciones que se refieren al sector
público, como tampoco las relativas a las demás entidades en que el Estado, sus
servicios, instituciones o empresas tengan aportes de capital o representación
mayoritaria o en igual proporción.
En tanto, el inciso segundo del artículo 101
del mismo texto legal dispone que "El aporté anual del gobierno regional por este
concepto no podrá superar, en su conjunto, el 5% de su presupuesto de inversión.
Sin perjuicio de lo anterior, la Ley de Presupuestos de cada año podrá aumentar
dicho porcentaje limite". Asimismo, su inciso quinto añade que, "los programas y/o
proyectos que ejecuten estas entidades solo podrán ser financiados hasta en un
50% con recursos de los gobiernos regionales".
En este contexto normativo se constituyó la
entidad denominada "Corporación Regional de Desarrollo Productivo de Los Ríos",
con la participación del Gobierno Regional y el Servicio de Cooperación Técnica,
ambos de la región de Los Ríos y La Asociación Gremial de la Cámara de Turismo
de Valdivia, entre otros, según da cuenta la escritura pública de 4 de diciembre de
2009, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Valdivia, doña María Inés
4
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Morales Guarda, siendo concedida su personalidad jurídica y aprobados sus
estatutos mediante el decreto N° 821, de 2010, del Ministerio de Justicia.
Por otra parte, el artículo 103 de la referida
ley N° 19.175, en lo que importa, que las referidas corporaciones deberán rendir
anualmente cuenta documentada al gobierno regional respectivo acerca de sus
actividades y del uso de sus recursos, añadiendo en su inciso segundo, que ello es
sin perjuicio de la fiscalización que deberá ejercer el consejo directamente o a través
de las unidades que determine, respecto del uso de los aportes efectuados por este.
En el mismo orden de cosas, el artículo 104,
establece que "La Contraloría General de la República fiscalizará las corporaciones
y fundaciones constituidas por los gobiernos regionales o en que éstos participen,
de acuerdo a lo previsto en este Título, respecto del uso y destino de sus recursos,
pudiendo disponer de toda la información que requiera para este efecto.", lo que de
acuerdo a la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida
entre otros en el dictamen N° 55.095, de 2012, no solo se extiende a los aportes
fiscales que reciba sino que también a los ingresos propios que obtenga por
cualquier otra vía.
Cabe precisar que, con carácter reservado
el 11 de mayo del año en curso, fue puesto en conocimiento del Gobierno Regional
de Los Ríos, el Preinforme de Observaciones N° 268, de 2017, con la finalidad que
formulara los alcances y precisiones que, a su juicio, procedieran, lo que se concretó
mediante los oficios Nos 1.179 y 1.251, de 24 de mayo y 2 de junio, respectivamente,
ambos de 2017, del Intendente de la región de Los Ríos.
OBJETIVO
,
El objetivo de la presente fiscalización
realizada en el Gobierno Regional de Los Ríos fue verificar el cumplimiento de los
convenios de transferencias aprobados, entre ese servicio y la Corporación Regional
de Desarrollo Productivo, mediante una auditoría y un examen de cuentas, a las
transferencias relacionadas con la cuenta presupuestaria, Subtítulo 24,
"Transferencias Corrientes"; Ítem 01 "Al Sector Privado"; Asignación 006,
"Corporación Agencia de Desarrollo Productivo de Los Ríos", entre el 1 de marzo y
31 de diciembre de 2016; y para la cuenta presupuestaria asociada al Subtítulo 33,
"Transferencias de Capital", Ítem 01, "Al Sector Privado", entre el 1 de enero de 2015
y 30 de noviembre de 2016.
La finalidad de la revisión es determinar si
las transacciones realizadas cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes, se encuentran debidamente documentadas, sus cálculos son exactos y
estén adecuadamente registradas.
Todo lo anterior, en concordancia con la
)r,
citada ley N° 10.336, y la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la
República, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas.
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METODOLOGÍA
El examen se efectuó de acuerdo con las
disposiciones contenidas en la resolución N° 20, de 2015, que Fija las Normas que
Regulan las Auditorías efectuadas por este Organismo de Fiscalización, y con los
procedimientos de control sancionados por la resolución exenta N° 1.485, de 1996,
que Aprueba Normas de Control Interno, ambas de esta procedencia, como
asimismo, con los artículos 131 y 132 de la referida ley N° 10.336, de Organización
y Atribuciones de la Contraloría General de la República, incluyendo la solicitud de
datos, el análisis de documentos y otros antecedentes, junto con la aplicación de las
pruebas de auditoría que se estimaron necesarias en las circunstancias. Asimismo,
se practicó un examen de las cuentas de gastos relacionadas con la materia en
revisión.
Las observaciones que este Organismo de
Control formula 'con ocasión de las fiscalizaciones que realiza se clasifican en
diversas categorías, de acuerdo con su grado de complejidad. En efecto, se entiende
por altamente complejas (AC) y complejas (C), aquellas observaciones que, de
acuerdo a su magnitud, reiteración, detrimento patrimonial, eventuales
responsabilidades funcionarias, son consideradas de especial relevancia por la
Contraloría General; en tanto, se clasifican como medianamente complejas (MC) y
levemente complejas (LC), aquellas que tienen menor impacto en esos criterios.
Es menester hacer presente, que la
información utilizada fue proporcionada por las Divisiones de Análisis y Control de
Gestión y la de Administración y Finanzas, ambas del Gobierno Regional de Los
Ríos, mediante el acta de entrega de información administrativa y finánciera, de 28
de febrero de 2017, asimismo, en sucesivos oficios y correos electrónicos, siendo el
último de ellos, de fecha 18 de marzo de 2017.
UNIVERSO Y MUESTRA
En conformidad a los antecedentes
proporcionados por la entidad auditada, mediante la resolución N° 36, de 21 de
marzo de 2016, el GORE aprobó el convenio de igual fecha, autorizando transferir a
la Corporación Regional de Desarrollo Productivo la suma de $598.700.000, con
cargo al Subtítulo 24, "Transferencias Corrientes"; Ítem 01 "Al Sector Privado";
Asignación 006, "Corporación Agencia de Desarrollo Productivo de Los Ríos", para
gastos de operación y gobernanza, sin embargo, mediante el certificado de 22 de
febrero de 2017, la jefa de la división de análisis y control de gestión, informó que al
30 de diciembre de 2016, se habían recibidos los informes mensuales de rendición
hasta el mes de septiembre de ese año, dando cuenta de $317.694.127, equivalente
al 53%, por lo que se determinó examinar el 100% de dichas rendiciones.
A su turno, según el oficio N° 92 de 2017, el
Jefe de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Los Ríos,
entre el 1 de enero de 2015 y 30 de noviembre de 2016, se transfirieron a esa
corporación $1.179.000.000, para financiar 16 estudios básicos, los que se
imputaron al Subtítulo 33.01, de los que se determinó una muestra analítica de 6
iniciativas por $814.000.000, equivalente al 69% de ese universo, considerándose
6
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como criterio de selección los que significaron un aporte superior a los $60.000.000,
según se muestra en la siguiente tabla:
TABLA N° 1
UNIVERSO Y MUESTRA
MATERIA ESPECÍFICA
UNIVERSO
MUESTRA
TOTAL
EXAMINADO
($)
($)
($)
Rendiciones de gastos
"Operación y Gobernanza"
(Subtítulo 24.01.006)
598.700.000
-
317.694.127
*618
317.694.127
*618
Convenios para desarrollar
estudios básicos
(Subtítulo 33.01)
1.179.000.000
**16
814.000.000
**6
814.000.000
**6
Fuente: Informes de rendiciones proporcionados por el Jefe de la División de Administración y Finanzas del
Gobierno Regional de Los Ríos, mediante el oficio N° 92, de 13 de enero de
.
2017, que remite la información
requerida a través del oficio N° 6.719 de 2016 de esta Contraloría Regional.
(*) Cantidad de informes de rendiciones revisadas.
(**) Cantidad de convenios revisados. El detalle se presenta en el Anexo N° 1.
Por otro lado, se estimó necesario incluir
como partidas adicionales 4 convenios por un monto total de $131.081.584,
financiados con recursos del año 2014 y que al 30 de diciembre de 2016, no habían
sido rendidos. El detalle se muestra en el Anexo N° 2.
RESULTADO DE LA AUDITORÍA
Del examen practicado se determinaron las
siguientes situaciones:
I. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO
1.
Procedimiento de arqueos de fondos
Sobre el particular, mediante el certificado
de 6 de marzo de 2017, el auditor interno (s), del GORE, informó que ese organismo
no tiene un manual que establezca los procedimientos para efectuar los arqueos de
fondos fijos y que durante la presente anualidad será considerado su diseño y
aprobación.
La falta de ese instrumento, no se condice
con lo estipulado en el numeral 45, de la referida resolución N° 1.485, de.1996 de la
Contraloría General de la República, el cual establece que "la documentación relativa
a las estructuras de control interno debe incluir datos sobre la estructura y polítiCas
de una institución, sobre sus categorías operativas, objetivos y procedimientos de
control. Esta información debe figurar en documentos tales como la guía de gestión,
las políticas administrativas y los manuales de operación y de contabilidad."
En esta oportunidad, la autoridad regional
adjunta el "Manual de Procedimiento de Fondo Fijo para Gastos Menores",
sancionado por ese servicio, mediante la resolución exenta N° 595, de 19 de mayo
de 2017.
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Atendida que_ en su respuesta, el GORE
demuestra la elaboración y formalización del referido procedimiento, esta Entidad de
Control da por subsanada la observación.
2.
Procedimientos disciplinarios
En las validaciones hechas por esta Entidad
de Control, respecto de los procedimientos disciplinarios que se encuentran en
ejecución por parte de ese servicio, se constató que al día 8 de marzo de 2017, los
instruidos mediante las resoluciones exentas NOS 38 y 1.790, del 16 de enero y 16
de noviembre, respectivamente, ambas de 2015, se encontraban sin finalizar, como
lo certificó doña Lilian Cerda Soto, encargada de personal de dicha institución, por
lo que acumulan a esa data 782 y 478 días, en ese mismo orden. Además, se verificó
que las últimas diligencias realizadas fueron llevadas a cabo durante la presente
fiscalización, los días 7 y 8 de marzo de 2017.
Al respecto, cabe señalar que el artículo 135
de la ley
.
N° 18.834, Estatuto Administrativo, dispone "que tratándose de sumarios
administrativos, la investigación de los hechos deberá realizarse en el plazo de
veinte días, al término de los cuales se declarará cerrada la investigación y se
formularán cargos al o los afectados o se solicitará el sobreseimiento."
Agrega el artículo 143, del mismo cuerpo
legal, que "Vencidos los plazos de instrucción de un sumario y no estando este
afinado, la autoridad que lo ordepó deberá revisarlo, adoptar las medidas tendientes
a agilizarlo y determinar la responsabilidad del fiscal.", sin embargo, no se advierte
que se hayan adoptado medidas oportunas conducentes a concluirlos.
En el oficio de respuesta, la autoridad
regional manifiesta que para evitar esta situación el departamento de personal
realizará un control de las .fechas y se comunicará mediante correo electrónico con
el fiscal cuando se acerque el cumplimiento de los plazos.
Sin embargo, de las nuevas validaciones
hechas por este Órgano de Control se advierte que el procedimiento disciplinario
instruido a través de la resolución exenta. N° 1.790, de 2015, fue finalizado mediante
la resolución N° 107, de 2016, mientras que para el ordenado por la resolución
exenta N
°
38, de 2015, se dictó la resolución exenta N° 1.291, de 2016, en cuyos
numerales 4 y 5, se disponen medidas disciplinarias, sin que se advierta que éste
haya sido finiquitado.
Por lo anterior, esa entidad, junto con
arbitrar las medidas que le permitan mantener un registro actualizado y confiable,
sobre ésta materia, tendrá que remitir a esta Entidad de Control, en un plazo de 30
días hábiles, los antecedentes que demuestren que el sumario administrativo
ordenado por la resolución exenta N° 38, de 2015, se encuentre concluido y
registrado en el SIAPER, lo que será validado por la Unidad de Seguimiento.
1.051.50E00
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II. EXAMEN DE LA MATERIA AUDITADA
Es del caso indicar que el GORE de Los
Ríos ha transferido recursos a la Corporación Regional de Desarrollo Productivo a
través del Subtítulo 24, "Transferencias Corrientes" con la finalidad de solventar los
gastos de "gobernanza" y mediante el subtítulo ,33, "Transferencias de Capital", para
financiar el desarrollo de diferentes proyectos y diseños presentados por la entidad
privada. El detalle de esos traspasos, desde el año 2010 al 2016, se muestra en el
siguiente gráfico:
GRAFICO N° 1
OPERACIÓN Y GOBERNANZA
701000.003
600.000.000
500.000.000
400.000.000
300.000.000
.
200.000,003
100.000.000 .
598.700.000
456.327.000
320.000.003320.000.000
299.989.000
280.000.000
-
subt
24
z2010 12011 22012
2013 12014 a2015 z2016
Fuente: Leyes de presupuesto de los años 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.
Asimismo, en relación a los gastos por
estudios básicos, para el año 2015, se constató un aumento equivalente al 61%,
según se grafica a continuación.
GRAFICO N° 2
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
1.200.000,000
1.000.000.000
800.000.000
601000.000
3
405.898
"
3
70.000.000
307.469.0
401001000
200.0.000
o
subt
33
II
2010
2011 1 2012
2013
II
2014
II 2015 112016
Fuente: Leyes de presupuesto de los años 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.
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CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
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1.
Transferencias "Operación y Gobernanza 2016", con cargo al Subtítulo 24
Como cuestión previa corresponde indicar
que el día 21 de marzo de 2016, se firmó el acuerdo entre el GORE de Los Ríos y
esa corporación, siendo aprobado mediante la resolución N° 36, de igual fecha,
conviniendo transferir a esta última, el monto total de $598.700.000, para la
ejecución del programa denominado "Transferencia Operación y Gobernanza de la
Corporación de Desarrollo Regional 2016".
La vigencia de ese convenio se extiende
desde la fecha de su notificación a la entidad ejecutora de la resolución del GORE,
totalmente tramitada, hasta que se apruebe la rendición de cuentas. Su objetivo
general, según lo prescrito en la cláusula tercera del referido acuerdo, consiste en
financiar los gastos de operación y gobernanza de la aludida corporación, es decir,
en personal, gastos generales, combustible entre otros.
Luego, conviene señalar que los recursos
transferidos, fueron imputados al presupuesto del GORE asignado mediante la ley
N° 20.882,
Presupuesto del Sector Público año 2016, Programa 02, Subtítulo 24,
Ítem 01, Asignación 006 y su modificación contenida en la ley N° 20.890. Siendo
aprobada por el Consejo Regional de Los Ríos por el Muerdo N° 04-02, de 4 de
febrero de 2016. El detalle del mismo se encuentra contenido en el Anexo N° 3.
Al respecto, cabe consignar que de la
revisión de los antecedentes relacionados a este punto, no se advirtieron situaciones
que observar en el acápite "Examen de la Materia Auditada", sin embargo, se
detectaron otros hechos qué se exponen en apartado sobre "Examen de Cuentas".
2.
Antecedentes de los convenios para la ejecución de estudios básicos con cargo
al Subtítulo 33.
Sobre el particular, es menester precisar
que los convenios firmados entre el GORE y la precitada corporación, y que son
objeto de la presente auditoría, fueron imputados con cargo al presupuesto del
Fondo Nacional de Desarrollo Regional, FNDR y la asignación Programas del Fondo
de Innovación para la Competitividad, FIC, correspondiente a los años 2014 y 2015,
tal como se muestra en el mencionado Anexo N° 1.
A propósito de lo anterior, el artículo 74, de
la mencionada ley N° 19.175, establece que el FNDR, "es un programa de
inversiones públicas, con finalidades de compensación territorial, destinado al
financiamiento de acciones en los distintos ámbitos de infraestructura social y
económica de la región, con el objeto de obtener un desarrollo territorial armónico y
equitativo. Este Fondo se constituirá por una proporción del total de gastos de
inversión pública que establezca anualmente la Ley de Presupuestos. La distribución
del mismo se efectuará entre las regiones, asignándoles cuotas regionales.", luego
agrega, el inciso siguiente que "La Ley de Presupuestos de cada año podrá informar
los rubros de gastos que, para estos efectos, no se entenderán comprendidos en los
ámbitos de infraestructura social y económica de la región."
10
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
Por otra parte, según la información
contenida en la página web del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, la
asignación FIC "fue creada el año 2006, y constituye el principal instrumento para
dotar de nuevos y mayores recursos los distintos esfuerzos que el Estado realiza en
torno a la innovación, siguiendo los siete ejes estratégicos de la Política de
Innovación definida por el Comité de Ministros para Ía Innovación que preside el
titular de Economía."
En cuanto a su funcionamiento, "El FIC
destina recursos a proyectos de investigación científica, innovación empresarial,
transferencia tecnológica y emprendimiento, entre otros, a través de agencias
públicas especializadas. Las principales son Innova Chile de CORFO y CONICYT,
que totalizaron el 88% del gasto del año 2013. Adicionalmente, hay programas
implementados a través de la Fundación para la Innovación Agraria (FIA), la
Gerencia de Competitividad de CORFO y la Iniciativa Científica Milenio (ICM)."
Ahora bien, del estudio de los expedientes
de cada una de las iniciativas favorecidas, se detectaron las siguientes situaciones:
2.1. Prórrogas otorgadas para la ejecución de los estudios
A partir de la información expuesta en el
punto anterior, se verificó que dicho GORE ha prorrogado la ejecución de los 8
convenios ya referidos en períodos que sobrepasan hasta en un 325% el plazo
originalmente entregado, lo que significa que las necesidades y objetivos que
atenderían y para lo cual fueron priorizados y financiados no han podido ser
satisfechas de acuerdo a lo programado. El resumen de lo anterior se muestra en la
Tabla N° 2 y se detalla en el Anexo N° 4.
TABLA N° 2
PRORROGAS OTORGADAS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS ESTUDIOS
ESTUDIO
AVAN-
CE
RESULTADOS DEL EJERCICIO
FECHA DE
TERMINO
PRORROGA
(DÍAS)
DIFEREN-
CIA
Investigación, Desarrollo e Innovación en
Nuevos Productos del Mar.
50%
31-12-2017
1.158
317%
Investigación para Repoblamiento y Cultivo
de Especies Nativas en AMERB.
50%
31-12-2017
1.158
317%
Análisis Centro de Transferencia Tecnológica
en Sectores Priorizados.
100%
30-10-2016
731
200%
Prospección Identificación Áreas y
Tecnologías para Especies Nativas Marinas.
50%
31-08-2017
1.036
284%
Diagnóstico, Fortalecimiento y Apoyo a las
Comunas en Iniciativas de Inversión, Etapa II.
100°A)
30-06-2016
378
158%
Fondo de Cofinanciamiento Bienes Club
2015.
100%
31-03-2017
652
272%
Diagnóstico Programa de Buenas Prácticas
'en la Producción de Quesos.
-
31-03-2017
549
150%
Análisis Plan Maestro Regional
Infraestructura de Bomberos.
100%
30-04-2017
325%
68 2
Fuente: Antecedentes puestos a disposición por la Corporación 'Regional de Desarrollo Productivo de los
Ríos, mediante el oficio N° 10 de 2017, que informa el estado de avance en la ejecución de los proyectos
revisados.
11
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
Los hechos descritos, no permiten que ese
organismo regional demuestre que con su actuar esté garantizando que se cumplan
los objetivos de los estudios aludidos y, con ello, que los recursos que para éstos
fueron destinados se encuentren utilizados idóneamente, no ajustándose a la
obligación que tiene todo funcionario público de adoptar las medidas de cuidado y
resguardo necesarias del patrimonio y bienes públicos, en virtud de los artículos 60
y 61 de la 'nombrada ley N° 10.336, asimismo, a lo previsto en el artículo 5° de la
aludida ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de. Bases Generales de la
Administración del Estado, en cuanto a que "Las autoridades y funcionarios deberán
velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido
cumplimiento de la flinción pública."
Al respecto, el GORE indica que según lo
estipulado en la glosa 5.2, del programa 02, común para todos los gobiernos
regionales, tratándose de convenios de transferencias, la ejecución de estos
recursos se regirá por la normativa de la entidad receptora, suponiendo la existencia
de diversos procedimientos internos y plazos.
Asimismo explica que entre las causas que
originaron las constantes prórrogas contractuales, se encontrarían el desfase entre
la fecha en que se aprobaron los convenios y la que se comenzaron a ejecutar,
dependiendo de procesos previos a la adjudicación de los programas, estudios y
proyectos, además de la estacionalidad, que en algunos casos retrasó su inicio hasta
por un semestre.
Por otro lado, se precisa que el control sobre
los trabajos será formalizado mediante un procedimiento elaborado por la División
de Análisis y Control de Gestión, DACG y la División de Planificación y Desarrollo
Regional, DIPLADE y la División de Fomento Productivo e Industrias.
En atención a los puntos contenidos en la
respuesta del servicio, conviene recordar que si bien los citados acuerdos se rigen
por las normas de la entidad receptora, eso no obsta a que el GORE ejerza su
obligación, como organismo otorgante de los recursos, de hacer cumplir el convenio,
cautelando con ello los principios de eficacia y eficiencia sobre el uso de los fondos.
Además, ese organismo no acompaña los antecedentes que demuestren las
dificultades que se le presentaron a la aludida corporación privada en su proceso de
adjudicación de las iniciativas, ni especifica cuáles fueron los problemas
estacionales que impidieron su ejecución.
Por lo anterior y considerando que la
elaboración y formalización de un procedimiento de control y supervisión de los
proyectos, que informa ese servicio, es una medida que tendrá efecto a futuro, se
mantiene la observación, verificándose su implementación y resultados en una
próxima fiscalización.
12
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2.2. Informes de superviSión y evaluación del cumplimiento de los objetivos de los
convenios
Los convenios suscritos por el GORE y la
aludida corporación, consideran en sus cláusulas terceras y cuartas, que la DACG y
la DIPLADE, ambas de ese organismo, debían elaborar informes de supervisión y
evaluación del cumplimiento de los objetivos de los estudios financiados a esa
entidad privada de forma mensual y/o trimestral, respectivamente. La misma
exigencia se dispuso que debía cumplir el aludido órgano receptor de los recursos,
tal como se muestra en la tabla siguiente:
TABLA N° 3
CLAUSULAS DE LOS CONVENIOS
RESOLUCIÓN
CLÁUSULA
_
TIPOS DE INFORMES
NÚMERO
FECHA
.
DIPLADE
DACG
CRDP
1.127
30-10-2014
Trimestral
Mensual
Trimestral
1.128
30-10-2014
Trimestral
Mensual
Trimestral
1.129
30-10-2014
Trimestral
Mensual
Trimestral
1.130
30-10-2014
Trimestral
' Mensual
Mensual
156
27-11-2015
-
-
Trimestral
673
18-06-2015
- -
Trimestral
674
18-06-2015
-
-
Trimestral
-
675
18-06-2015
-
.-
Trimestral
1.388
29-09-2015
Trimestral
Mensual
Mensuál
1.394
29-09-2015
Trimestral
Mensual
Mensual
Fuente: Resoluciones, exentas que aprobaron los convenios de transferencias, entre el
GORE de Los Ríos y la Corporación Regional de Desarrollo Productivo.
Ahora bien, al ser requeridos los aludidos
reportes al servicio, éste Comunica, mediante los certificados de las jefaturas de
DIPLADE y la DACG, de 16 y 18 de marzo de 2017, y del gerente general de la
corporación, del día 17 del mismo mes y año, que se daría cumplimiento a esas
obligaciones a través de reuniones de trabajo y de seguimiento al proceso 'de
ejecución de los referidos estudios. No obstante, no fue puesta a disposición de este
Organismo de Control la documentación que permita acreditarlo.
Los hechos expuestos, además de vulnerar
las condiciones dispuestas en los propios convenios, demuestran una falta de control
por parte del GORE al cumplimiento de los objetivos de cada una de las iniciativas
financiadas, toda vez que la ausencia de evaluación y monitoreo periódico de los
avances de éstas, no le permite adoptar las medidas necesarias y oportunas en
casos de retrasos excesivos, cambios injustificados y no autorizados de los estudios
y proyectos u otras irregularidades que pongan el riesgo los recursos públicos y la
finalidad para la cual fueron destinados, no ajustándose con ello a lo dispuesto en
los mencionados artículos 60 y 61 de la ley N° 10.336.
En su respuesta, la autoridad regional
informa que la supervisión y evaluación del cumplimiento de los objetivos de los
convenios de transferencias los lleva a cabo la DIPLADE y acompaña antecedentes
4
-)la puestos a disposición de esta Entidad de Control durante la etapa de fiscalización,
además de correos electrónicos entre la encargada de proyectos y la jefa de la
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CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
DACG, en que se comunican genéricamente sobre el estado de avance de los
proyectos FIC 2016.
Por otra parte, sobre la documentación que
debió enviar la mencionada corporación, expone que ésta se remitió en los informes
de planificación anual, dando cuenta 'del estado de avance técnico y financiero
consolidados y agrega que, el proceso de control y seguimiento de la cartera de
proyectos FIC del segmento Universidades y Centros, se realiza por la DIPLADE
mediante la solicitud de informes de avance técnicos cuatrimestrales y por la DACG
a través de los financieros mensuales, adjuntando como medio de respaldo, oficio
de un periodo diferente al revisado o que se refieren a otras iniciativas.
Agrega luego que el presente año se pondrá
en marcha blanca un sistema de seguimiento de los proyectos, el cual es parte de
la "Política Regional de Innovación y Emprendimiento de la Región de Los Ríos",
financiado a través del FIC 2017.
Respecto a lo planteado por ese organismo,
cabe precisar que las instancias de comunicación que menciona como forma de
control de las iniciativas de inversión en estudio, no cumplen con las exigencias
establecidas en los propios convenios en cuanto a su forma y periodicidad, y que los
documentos acompañados no se relacionan con éstas o, en otros casos, con el
periodo revisado, por lo que no son pertinentes para dar por subsanada la
observación, debiendo ese gobierno regional, adoptar las medidas necesarias para
mantener una apropiada vigilancia del cumplimiento de los aludidos acuerdos y de
los recursos que a través de ellos se han puesto a disposición de entidades privadas
en comento, lo que será validado en una nueva fiscalización.
2.3. Deficiencias de la información, respecto del grado de avance y el proceso de
rendición de cuentas de los estudios
Del análisis a los antecedentes dispuestos
tanto por el GORE, como por la aludida corporación, se constató que de los 10
proyectos revisados, 8 difieren entre la información exhibida sobre el grado de
avancé de su ejecución y el de sus rendiciones de cuentas.
Cabe considerar que por esas iniciativas el
ente regional durante los años 2015 y 2016 transfirió la totalidad de los recursos
comprometidos. Las situaciones detectadas son las siguientes:
a) Que, a la fecha de la presente
fiscalización, 4 de los estudios presentan un avance en su ejecución cercano al 50%,
en tanto los fondos rendidos son menores o igual al 10%. El detalle se expone en la
Tabla N° 4.
14
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
- UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
TABLA N° 4
ESTUDIOS CON UN 50% DE AVANCE EN SU EJECUCIÓN
NOMBRE DEL PROYECTO
MONTO
APROBADO
($)
AVANCE
ESTUDIO
AVANCE
RENDICIÓN
MONTO
RENDIDO
. ($)
Investigación, Desarrollo e Innovación en
Nuevos Productos del Mar.
70.000.000
50%
0,4%
250.000
Investigación para Repoblamientó y Cultivo
de Especies Nativas en AMERB.
30.000.000
50%
0,8%
250.000
Prospección Identificación Áreas y
Tecnologías para Especies Nativas Marinas.
30.000.000
50%
1,7%
500.000
Investigación Desarrollo de Actividad
Acuícola a Partir de Capacidad de Carga y
Compatibilidad Territorial.
65.000.000
50%
1,0%
6.500.000
Fuente: Informes mensuales de rendición de cuentas proporcionados por el GORE y documentación entregada
-
por la Corporación Regional de Desarrollo Productivo de Los Ríos, mediante el oficio N° 10 de 2017, que indica
el estado de avance en la ejecución de los proyectos revisados.
b). De igual modo, se constató que 4
estudios, si bien presentan un avance del 100%, no están totalmente rendidos,
hallándose 2 con una rendición menor al 50%, quedando pendiente el saldo total de
$92.933.447. Según se muestra a continuación:
TABLA N° 5.
ESTADO DE LAS RENDICIONES
NOMBRE DEL
PROYECTO
MONTO
APROBADO
($)
AVANCE
ESTUDIO
AVANCE
RENDICIÓN
MONTO
RENDIDO
($)
SALDO
($)
Análisis Centro de
Transferencia Tecnológica
en Sectores Priorizados.
30.000.000
100%
93,1%
27.918.416
2.081.584
Diagnóstico,
Fortalecimiento y Apoyo a
las Comunas en Iniciativas
de Inversión, Etapa II.
150.000.000
100%
99,6%
149.393.303
606.697
Fondo de Cofinanciamiento
Bienes Club 2015.
80.000.000
100%
32,6%
26.044.834
53.955.166
Análisis Plan Maestro
Regional Infraestructura de
Bomberos.
-
69.000.000
100%
'
47,3%'
32.650.000
36.350.000
Total ($)
92.993.447
Fuente: Informes mensuales de rendición de cuentas proporcionados por el GORE e información entregada por
la Corporación Regional de Desarrollo Productivo de Los Ríos, mediante el oficio N° 10 de 2017, que informa el
estado de avance en la ejecución de los proyectos revisados.
c)
Se verificó que el GORE a comienzos
del año 2016 transfirió, a la referida corporación, el monto total pactado para el
proyecto "Construcción Teatro de Cine Digital Panguipulli", código BIP 30345724-0,
del año 2015, el que asciende a $370.000.000, situación que Se agrava dado que la
entidad privada traspasó, a su vez, esos recursos a la "Corporación de Adelanto de
la Comunidad de Panguipulli" para esas obras, sin que a la fecha existan avances
físicos de la construcción según lo informado por la última entidad citada. Asimismo,
no se adviertan los resguardos que debió tomar el organismo público al respecto.
15
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
Los hechos descritos en los literales a), b) y
c) del presente numeral, denotan la ausencia de control de parte de ese GORE sobre
el estado de avance de las iniciativas que patrocina económicamente y una falta de
diligencia al momento de exigir las rendiciones de cuentas de los recursos que se
encuentran impliCados, vulnerando así el deber que tiene todo funcionario público
de adoptar las medidas de cuidado y resguardo necesarias del patrimonio y bienes
públicos, en virtud de los artículos 60 y 61 de la nombrada ley N° 10.336.
En cuanto a las letras a) y b), el GORE
argumenta que parte de las diferencias tienen relación con la fecha en que se obtuvo
la información, ya que las rendiciones financieras corresponden al período
comprendido entre el mes de enero de 2015 y septiembre de 2016, mientras que el
avance técnico desde enero de 2015 al 31 de enero de 2017. Conforme lo anterior,
se adjunta el oficio N° 27, de 23 de mayo de 2017 de la corporación, en que se
comunica al servicio el estado de los estudios y proyectos en revisión, en que se
indica que las principales diferencias se deben a:
Un atraso en la remisión de las
rendiciones de gastos mensuales al servicio, situación que al 23 de mayo de 2017
se encontraría corregida:
Desfase entre la etapa de aprobación
técnica por parte de la corporación, y la materialización del pago por el GORE, ya
que para esta última se necesita el cumplimiento de estándares indicados en los
respectivos contratos.
Lo planteado por el servicio demuestra la
inconsistencia de la información que mantenía en su poder y las deficiencias en el
control físico y financiero de las iniciativas de inversión que patrocinó, toda vez que
según se informa, recién el día 23 de mayo de 2017, contó con las rendiciones de
los gastos efectuados por la corporación, por lo que se mantiene la observación,
debiendo ese organismo implementar los mecanismos que le permitan evitar que el
asunto se reitere nuevamente, lo que será verificado en una próxima auditoría.
En cuanto a la letra c), el servicio acompaña
el oficio N° 28 de 2017, de 23 de mayo de 2017, de la corporación, en que se
consigna que si bien ya se entregaron $370.000.000, a la fecha existe un saldo
pendiente de transferir equivalente a $120.000.000, de un total de $490.000.000,
inicialmente comprometidos.
Agrega que para un mayor control, se
acordó en el convenio "Construcción Teatro con Cine Digital de Panguipulli", entre
la referida corporación regional y la Corporación de Adelanto de Amigos de
Panguipulli, de 4 de enero de 2016, tramitar la apertura de una cuenta corriente
bancaria bi-personal entre las respectivas entidades, de modo de administrar
conjuntamente tales recursos. Sin embargo, actualmente el convenio se encontraría
en proceso de resciliación, por cambios en las condiciones del proyecto, lo que fue
informado y aprobado por el CORE de Los Ríos, debiendo la corporación restituir al
GORE los aportes transferidos.
16
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
No obstante lo comunicado por el gobierno
regional, en cuanto a la eventual devolución de los $370.000.000 transferidos para
la construcción del proyecto, se mantiene la observación, debiendo en un plazo de
30 días hábiles remitir a esta Entidad de Control, los antecedentes que demuestren
que efectivamente se le ha restituido la totalidad de los recursos en comento o, en
su caso, los que acrediten las cauciones correspondientes, lo que será validado por
la Unidad de Seguimiento.
III. EXAMEN DE CUENTAS
1.
Expedientes de rendición de cuentas
De las validaciones realizadas se constató
que el GORE no cuenta con los expedientes originales de las rendiciones de cuentas
presentadas por esa corporación privada, ya sea por las transferencias relacionadas
para gastos de "Operación .y Gobernanza 2016" a través del subtítulo 24, como para
los estudios financiados con cargo al subtítulo 33, manteniendo en su poder la
documentación en fotocopias, situación que es confirmada por doña María Solange
Palavecino, encargada de proyectos de la entidad regional, mediante el certificado
de rendiciones transferencias CRDP 2014-2015-2016, de 1 de marzo de 2017.
La situación antes planteada, no se ajusta a
lo establecido en el artículo 4°, de la mencionada resolución N° 30, de 2015, en
cuanto a que "para efectos de la documentación de cuentas en soporte de papel se
considerará auténtico solo el documento original, salvo que el juez en el juicio
respetivo y por motivos fundados, reconozca este mérito a otro medio de prueba, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 55 del decreto ley N° 1.263, de 1975, y 95
En este mismo sentido, conviene recordar
que el citado artículo 55 del decreto ley N° 1.263, de 1975, establece que "los
ingresos y gastos de los servicios o entidades del Estado deberán contar con el
respaldo de la documentación original que justifique tales operaciones y que acredite
el cumplimiento de las leyes tributarias, de ejecución presupuestaria y de cualquier
otro requisito que exijan los reglamentos o leyes especiales sobre la materia." Lo
que no ocurrió para los casos en estudio.
Por otro lado, los hechos planteados no se
ajustan a lo indicado en la letra c) del artículo 27, de la citada resolución N° 30 de
2015, que precisan en lo que importa, que es deber de la entidad otorgante
"mantener a disposición de la Contraloría General, los antecedentes relativos a la
rendición de cuentas de las transferencias. En casos calificados y autorizados por el
Organismo Fiscalizador, dichos documentos podrán encontrarse en poder de la
persona o entidad receptora para el respectivo examen".
El GORE reconoce el asunto objetado, y
además plantea que tal situación no fue observada en su oportunidad por esta
Contraloría Regional por existir un acuerdo informal en ese aspecto, para resguardar
la información y por la necesidad de que la corporación mantuviese los originales
por exigencias tributarias. Sin embargo, comunica que el jefe de servicio procederá
17
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
a requerir la autorización corresliondiente, de acuerdo a lo establecido en la
resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.
Al respecto, cabe señalar que ese servicio
no acompaña antecedentes que acrediten que se le haya autorizado, por parte de
esta Entidad de Control, que permanezcan en poder de la entidad privada los
antecedentes originales de las rendiciones de cuentas, a su vez, es menester
recordar que de acuerdo al artículo 30 de la aludida resolución N° 30, de 2015, "Los
Jefes de Servicio y los funcionarios respectivos, cuando corresponda, serán
directamente responsables de la correcta administración de los fondos recibidos,
gastados e invertidos en su unidad, así como de la oportuna rendición de cuentas".
Así también, se debe mencionar que si a
propósito de la solicitud que remitirá esa autoridad al Contralor General de la
República, se le autoriza mantener dicho proceder, tal condición tendrá un efecto a
futuro,- por lo que no corregiría el asunto objetado, debiendo mantenerse la
observación, validándose en una nueva fiscalización que, por una parte, ese
organismo requiera a la aludida corporación los expedientes originales de las
rendiciones de cuentas en estudio y por otro lado, ajustar sus procedimientos sobre
la materia, para llevarlos a cabo según se establece en la normativa legal vigente.
2.
Entrega de nuevos fondos
A partir del análisis de la información
proporcionada por el servicio mediante el referido oficio N° 92 de 2017, se validó que
el GORE, durante los años 2015 y 2016 continuó .realizando transferencias a la
corporación, en circunstancias que esa entidad mantiene 4 proyectos con saldos
pendientes de rendición por un total de $131.081.584, desde el año 2014, según se
muestra en la siguiente tabla y el detalle se presenta en el Anexo N° 5.
TABLA N° 6
PROYECTOS PENDIENTES DE RENDICIÓN
NOMBRE
MONTO DEL
PROYECTO
($)
MONTO
RENDIDO
($),,
% DE
RENDICIÓN
SALDO POR
RENDIR
'
($)
Investigación, Desarrollo e Innovación en Nuevos
Productos del Mar.
70.000.000
250.000
0,4%
69.750.000
Investigación para Repoblamiento y Cultivo de
Especies Nativas en AMERB.
30.000.000
250.000
0,8%
29.750.000
Análisis Centro de Transferencia Tecnológica en
Sectores Priorizados.
30.000.000
27.918.416
93,1%
2.081.584
Prospección Identificación Áreas y Tecnologías
para Especies Nativas Marinas.
30.000.000
500.000
1,7%
29.500.000
TOTAL DEL SALDO POR RENDIR ($)
131.081.584
Fuente: Información puesta a disposición mediante el citado oficio N° 92, de 2017 del GORE de Los Ríos, que
remite información requerida a través del oficio N° 6.719 de 2016 de esta Contraloría Regional.
(*) Total rendido al 30 de septiembre de 2016.
Cabe agregar que, los 4 convenios suscritos
para la ejecución de estudios precisan que el límite de la primera transferencia debía
18
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ser del 25% del costo total del mismo. Así también, en sus cláusulas cuartas
consignan que el resto de las remesas estarían condicionadas al avance efectivo en
la ejecución de las actividades, a lo que no se dio cumplimiento en los casos en
estudio.
Lo expuesto, junto con vulnerar las propias
cláusulas de los acuerdos pactados, no se ajusta a lo dispuesto en el numeral 5.4,
de la resolución N° 759 de 2003, de la Contraloría General de la República, vigente
hasta el 31 de mayo de 2015, el cual consigna que "los servicios no entregaran
nuevos fondos a rendir, sea a disposición de unidades internas o a la administración
de terceros, mientras la persona o institución que debe recibirlos no haya cumplido
con la obligación de rendir cuenta de la inversión de los fondos ya concedidos.", y
que se reitera en similares condiciones en el artículo 18, de la mencionada resolución
N° 30, la cual rige a partir del 1 de junio de ese año para estos efectos.
En su oficio de respuesta, el GORE expresa
que dichos recursos fueron transferidos entre los meses de octubre y diciembre de
2014, existiendo rendiciones mensuales e informes que daban cuenta de su
necesidad. Agrega además que, conforme al artículo 18, de la citada resolución
30, no se condicionará una nueva transferencia al gasto efectivo de la remesa
anterior, pero con el nuevo procedimiento que está elaborando el servicio para el
cumplimiento del objetivo y control financiero, se mejoraría el seguimiento de la
iniciativa durante su ejecución.
En atención a lo indicado por el GORE, se
debe precisar que el citado artículo 18, dispone que "Los servicios no entregarán
nuevos fondos a rendir, sea a disposición de unidades internas o a cualquier título a
terceros, cuando la rendición se haya hecho exigible y la persona o entidad receptora
no haya rendido cuenta de la inversión de cualquier fondo ya concedido, salvo en
casos debidamente calificados y expresamente fundados por la unidad otorgante",
lo que no se cumplió en los caso en estudio.
En seguida, su inciso segundo, agrega que
cuando existen transferencias en cuotas, como ocurre en la especie "...no procederá
el otorgamiento de nuevos recursos mientras no se haya rendido cuenta de la
transferencia anterior, salvo para el caso de las transferencias a privados, en las
cuales, aun cuando no se haya rendido la remesa anterior, se podrá obtener la
siguiente, en la medida que se garantice, a través de vale vista, póliza de seguro,
depósito a plazo o de cualquier otra forma que asegure el pago de la garantía de
manera rápida y efectiva, la parte no rendida de la respectiva cuota, debiendo fijarse
un plazo para dicha rendición o para la ejecución de esa caución.", salvaguardas
que no consta que se hubiesen tomado por parte de ese gobierno regional al
momento de continuar transfiriendo recursos a esa entidad privada.
Por lo antes expuesto, se mantiene la
observación, verificándose en una nueva fiscalización que esa entidad dé
cumplimiento a su obligación de resguardar los-recursos públicos puestos bajo su
administración, que para esta materia se debe realizar ajustando sus procedimientos
de rendición de cuentas a la aludida resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría
General de la
,
República.
19
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
3.
Oportunidad de las rendiciones de cuentas
Durante el curso de la presente fiscalización
la jefa de la DACG, mediante el certificado de 18 de marzo de 2017, informó que al
día 10 de marzo de 2017, se recibieron los informes mensuales de rendición de
cuentas hasta el mes de noviembre de 2016, situación
-
que se replica tanto para los
gastos de operación y gobernanza como también los asociados a la ejecución de
estudios básicos, según se detalla en el Anexo N° 6.
Lo anterior, transgrede la letra a), del
artículo 27, de la referida resolución N° 30 de 2015, el cual establece que, las
unidades operativas otorgantes serán responsables de "exigir rendición de cuentas
de los fondos otorgados a las personas o entidades del sector privado.", y lo
dispuesto en su artículo 30, en cuanto a que "Los Jefes de Servicio y los funcionarios
respectivos, cuando corresponda, serán directamente responsables de la correcta
administración de los fondos recibidos, gastados e invertidos en su unidad, así como
de la oportuna rendición de cuentas."
En esta oportunidad, el GORE informa que
la corporación, regularizó su proceso de rendición de cuentas, que habría mantenido
retrasado desde fines de 2016, por la falta de personal, adjuntando como respaldo
el oficio N° 530, de 2017, del GORE, 'en que se solicita regularizar el proceso de
rendición de cuentas.
En cuanto al resto de las organizaciones,
menciona que tanto en los convenios de transferencia como en las reuniones
sostenidas con esas entidades, se hace hincapié en la obligación de ajustase a las
resoluciones que regulan el proceso de rendición de cuentas, sin embargo, estas
entidades no cumplen a cabalidad o a tiempo sus obligaciones, por lo que se
elaborará un manual de procedimientos sobre la materia.
Las situaciones descritas por ese servicio
no desvirtúan los hechos que se objetan' y la medida correctiva que propone, en el
evento de que se concrete, surtirá efectos a futuro no corrigiendo los sucesos
analizados, por lo que se mantiene la observación, verificándose en una nueva
auditoría que éstos no se vuelvan a producir.
4.
Verificación de la documentación de respaldo de las rendiciones de cuentas
Durante las indagaciones realizadas, se
constató que el GORE no corrobora la autenticidad material y tributaria de la
documentación contenida en los expedientes de rendición de cuentas, lo que es
ratificado por la encargada de proyectos mediante el referido certificado de
rendiciones transferencias CRDP 2014-2015-2016, de 1 de marzo de 2017, lo que
cobra especial relevancia ya que, además, dicha documentación se encuentra
respaldada en fotocopias, dando cuenta con ello de una absoluta carencia de control
sobre la valides de las cuentas.
• La situación planteada demuestra que ese
GORE no se ha ajustado a lo establecido en la letra b) del artículo 95°, de la referida
20
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ley N° 10.336, el cual consigna que, el examen de las cuentas tendrá por 'objeto
"Comprobar la veracidad y fidelidad de las cuentas, la autenticidad de la
documentación respectiva y la exactitud de las operaciones aritméticas y de
contabilidad."
Sobre el particular, ese servicio reitera que
se solicitará al Contralor General de la República, la posibilidad de mantener los
respaldos originales de las rendiciones de cuentas, en poder de la entidad privada
de que se trata, conforme lo dispuesto en la referida resolución N° 30, de 2015, de
esta Entidad de Control.
Lo comunicado por ese organismo, no
guarda relación con el asunto que se objeta, por lo que se mantiene la observación,
debiendo éste, en lo sucesivo, adoptar los procedimientos necesarios para verificar
la validez y veracidad de la documentaCión que contienen los expedientes de
rendición de cuentas, especialmente la de carácter tributario, aspecto que se validará
en una nueva auditoría.
CONCLUSIONES
Atendidas las consideraciones expuestas
durante el desarrollo del presente trabajo, el Gobierno Regional de Los Ríos ha
aportado los antecedentes que permite subsanar la observación planteadas en el
Preinforme N° 268 de 2017, de esta Contraloría Regional, precisadas en el
Acápite I Aspectos de Control Interno, numeral 1 "Procedimiento de Arqueo de
Fondos".
Respecto de aquellas observaciones que se
mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar éstricto cumplimiento
a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia revisada, entre las cuales
se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
1)
En virtud de lo estipulado en el
acápite I "Aspectos de Control Interno", dicha entidad deberá implementar las
siguientes medidas:
En cuanto al numeral 2
"Procedimientos disciplinarios", (0)
1
, donde se constató que un procedimiento
disciplinario no se ha concluido, arbitrar las medidas que le permitan mantener un
registro actualizado y confiable, sobre esta materia y remitir a esta Contraloría
Regional, en un plazo de 30 días hábiles, los antecedentes que demuestren su
término y su registro en el SIAPER, lo que será validado en una futura visita de
seguimiento.
2)
De acuerdo a lo precisado en el
acápite II "Examen de la Materia Auditada", esa entidad tendrá que efectuar lo
siguiente:
1
Compleja.
21
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
En relación a lo detectado en el
numeral 2.1 "Prórrogas otorgadas para la ejecución de los estudios" (MC)
2
, sobre las
constantes regularizaciones a los períodos de ejecución de los convenios, esa
entidad deberá implementar procedimientos que le permitan lograr una adecuada
supervisión y control de los objetivos y recursos transferidos, lo que será validado en
una futura visita de este Órgano de Control.
En cuanto a lo observado en el
numeral 2.2 "Informes de supervisión del cumplimiento de los objetivos de los
convenios" (C), referente a la ausencia de los informes de supervisión de los
convenios suscritos, adoptar las medidas necesarias para mantener una apropiada
vigilancia del cumplimiento de los aludidos acuerdos y de los recursos que a
propósito de ello se han traspasado a las entidades privadas, materia que será
revisada en una próxima fiscalización.
En lo concerniente a las letras a) y b)
del numeral 2.3 "Diferencias de la información, respecto del grado de avance y el
proceso de rendición de cuentas de los estudios"(AC)
3
, en que se detectó que la
información disponible en las rendiciones de cuentas °no dan cuenta del estado de
avance efectivo de los estudios, establecer las mecanismos que le permitan
mantener un adecuado control y supervisión sobre el estado de ejecución de los
convenios, situación que será verificada en una futura fiscalización por esta
Contraloría Regional.
Sobre la letra c), del numeral
2.3 "Diferencias de la información, respecto del grado de avance y el proceso de
rendición de cuentas de los estudios" (AC), en que se observó que el proyecto
"Construcción Teatro de Cine Panguipulli", no ha tenido avances físicos, aun cuando
fueron transferidos $370.000.000, rernitir a esta Contraloría Regional, en un plazo
de 30 días hábileS, los antecedentes que demuestren que efectivamente se le ha
restituido la totalidad de los recursos en comento o, en su caso, los que acrediten
las cauciones correspondientes, lo que será validado por la Unidad de Seguimiento.
3)
En lo que corresponde al acápite III
"Examen de Cuentas", a la repartición le corresponde:
Sobre lo advertido en el numeral
1 "Expediente de rendición de cuentas" (C), donde se constató que el GORE no
cuenta con los expedientes originales de las rendiciones de cuentas presentadas por
esa corporación priVada, requerir a la entidad ejecutora las rendiciones de cuentas
en original y ajustar su procedimiento a lo dispuesto en la normativa legal y tributaria
vigente conforme la citada resolución N° 30 de 2015, materia que será revisada en
una próxima fiscalización de esta Entidad Fiscalizadora.
De lo puntualizado en el numeral 2
"Entrega de nuevos fondos" (AC), donde se verificó que ese servicio transfirió nuevos
fondos a entidades que mantenían rendiciones de cuentas pendientes desde el año
2014 por un monto total de $131.081.584, dar cumplimiento a su obligación de
2
Medianamente compleja.
3
Altamente Compleja.
1
22
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CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
resguardar los recursos públicos puestos bajo su administración, ciñéndose a lo
dispuesto en la aludida resolución N° 30, de 2015, aspecto que será verificado en
una futura auditoría.
-
Conforme la observación planteada
en el numeral 3 "Oportunidad de las rendiciones de cuentas" (MC), donde se acreditó
un retraso en la recepción de las rendiciones de cuentas por parte del GORE, velar
por el cumplimiento del convenio suscrito y la normativa de rendición de cuentas en
lo que referente a los plazos para su presentación, asunto que validará en una futura
fiscalización que lleve a cabo este Órgano de Fiscalización.
En cuanto a lo establecido en el
numeral 4 "Verificación de la documentación de respaldo de las rendiciones de
cuentas" (C), en donde se observa que dicho servicio no corrobora la autenticidad
material y tributaria de la documentación contenida en los expedientes de rendición
de cuentas, implementar un procedimiento para validar tales atributos de los
antecedentes, dando cumplimiento a lo establecido en la letra b) del artículo 95°, de
la referida ley N° 10.336, aspecto que será revisado en una próxitha fiscalización.
Finalmente para aquellas observaciones
que se mantienen, se deberá remitir el "Informe de Estado de Observaciones" de
acuerdo al formato adjunto en el Anexo N° 7, en un plazo de 30 días hábiles,
informando las medidas adoptadas y acompañando los antecedentes de respaldo
respectivos.
Transcríbase al Intendente y al Jefe de la
Unidad de Auditoría Interna del Gobierno Regional, ambos de la región de Los Ríos.
Saluda atentamente Ud.,
Jefe Unidad Control Externo
Contraloría Regional de Los Ríos
23
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 1
UNIVERSO DE PROYECTOS EJECUTADOS
EN LOS AÑOS 2015 Y 2016, POR LA CORPORACIÓN REGIONAL DE
DESARROLLO PRODUCTIVO DE LOS RÍOS
IMPUTACIÓN
.
NOMBRE
RESOLUCIÓN
.
FECHA
CÓDIGO
MONTO
APROBADO
($)
1
33-01-121
"Investigación de Desarrollo de la
Capacidad Acuícola a partir de la
Capacidad de Carga y
Compatibilidad Territorial" %
1.388
29-09-2015
30400545-0
65.000.000
.
2
33-01-200
"Diagnóstico, Fortalecimiento y
Apoyo a Comunas en Iniciativas
de Inversión, Etapa II"
675
18-06-2015
30371037-0
150.000.000
3
33-01-201
'
"Transferencia para el
Cofinanciamiento de Bienes Club
.2015"
673
18-06-2015
30371042-0
80.000.000
.
4
33-01-116 "
"Diagnóstico a la Potencialidad de
Producción de Biogás para la
Producción"
1.393
29-09-2015
30386975-Ó
20.000.000
5
33-01-122
"Investigación de Nuevos
Productos Alimenticios en Base a
la Carne Ovina"
1.377
29-09-2015
30400546-0
20.000.000
6
33-01-124
"Investigación, Desarrollo de
Nuevos Productos y Subproductos
en Frutales Menores"
1.389
29-09-2015
30400548-0
30.000.000
7
-
33-01-115
"Análisis, Plan Maestro de Gestión
Parque Nacional Puyehue y Área
de Influencia"
1.390
.29-09-2015
30400380-0
60.000.000
8
33-01-114
,
"Análisis, Plan Maestro de
Infraestructura y Puesta de Valor
de Terreno Parque Nacional
Villarrica"
1.391
29-09-2015
30400379-Ó
,
40.000.000
9
33-01-117
Análisis, Definición y Diseño
Conceptual de Puerto Seco"
1.395
29-09-2015 30387022-0
30.000.000
10
33-01-118
"Diagnóstico, Programa de Buenas
Prácticas en la Producción de
Quesos"
1.394
29-09-2015
30386974-0
80.000.000
11
33-01-203
"Construcción de Teatro con Cine
.
Digital en la comuna de
Panguipulli"
156
27-11-2015
30345724-0
370.000.000
12
33-01-119
"Actualización e Implementación
de Sistemas de Información
Ambiental y Territorial"
1.39
.
6
29-09-2015
30386976-Ó
60.000.000
13
33-01-120
"Prospección, Sistema de
Seguimiento para la Gestión de la
Innovación
1.387
29-09-2015
30400423-0
15.000.000
Fuente: Información puesta é disposición mediante el citado oficio N° 92, de 2017 del .GORE de Los Ríos, que remite
información requerida a través del oficio N° 6.719 de 2016 de esta Contraloría Regional.
24
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 1
UNIVERSO DE PROYECTOS EJECUTADOS
EN LOS AÑOS 2015 Y 2016, POR LA CORPORACIÓN REGIONAL DE
DESARROLLO PRODUCTIVO DE LOS RÍOS
(CONTINUACIÓN)
IMPUTACIÓN
NOMBRE
RESOLUCIÓN
FECHA
CÓDIGO
MONTO
APROBADO
($)
14
-
33-01-123
"Investigación, Plan de Manejo-
Mejoramiento Productivo en
Terneros de Carne"
1.392
29-09-2015
30400547-0
30.000.000
15
33-01-125
"Investigación, Valor Nutricional de
Productos Regionales"
1.397
29-09-2015
30400549-0
60.000.000
16
33-01-202
"Análisis, Plan Maestro Regional,
Infraestructura de Bomberos"
674
18-06-2016
30371073-0
69.000.000
Total ($)
1.179.000.000
Fuente: Información puesta a disposición mediante el citado, oficio N° 92, de 2017 del GORE'de Los Ríos, que remite
información requerida a través del oficio N°6.719 de 2016 de esta Contraloría Regional.
25
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO,N
a
2
PARTIDAS ADICIONALES
IMPUTACIÓN
NOMBRE
PROCESO DE RENDICIÓN
MONTO
TRANSFERIDO
($)
MONTO POR
RENDIR
($)
1
33-01-101
Investigación, Desarrollo e Innovación_ en
Nu9vos Productos del Mar
70.000.000
69.750.000
2 '
33-01-102
Investigación para el Repoblamienta y Cultivo
de Especies Nativas AMERB
30.000.000
29.750.000
3
33-01-103
Análisis Centro de Transferencia Tecnológica
.
en Sectores Priorizados
30.000.000
2.081.564
-
4
33-01-104
Prospección, Identificación de
.
Áreas y
Tecnologías para las Especies Nativas
Marinas
30.000.000
29.500.000
Total ($)
131.081.584
Fuente: Información puesta a disposición mediante el citado oficio N° 92, de 2017 del GORE de Los Ríos, que remite
información requerida a través del oficio N° 6.719 de 2016 de esta Contraloría Regional.
26
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL' EXTERNO
ANEXO N° 3
PRESUPUESTOS DE GASTOS CORPORACIÓN REGIONAL
DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE LOS RÍOS.
MATERIA
DETALLE
PRESUPUESTO 2016
Recursos Humanos
325.310.000
Gasto del personal
305.168.000
gasto de colación
14.742.000
Aguinaldos
1.800.000
Alumnos en práctica
3.600.000
Servicios técnicos y
profesionales
.
111.000.000
Asesoría legal
9.820.000
profesionales a
honorarios
Asesorías
96.135.556
Otras Asesorías
técnicas
5.044.444
Combustibles y
lubricantes
4.500.000
Combustible para
vehículos
4.350.000
-Lupricantes para
vehículos
150.000
Materiales de uso o
consumo
14.000.000
Artículos de
cafetería
3.700.000
,
Artículos de oficina
5.000.000
Artículos de aseo
2.800.000
Fotocopias
1.000.000
Insumos
computacionales
1.000.000
Otros materiales de
uso o consumo
500.000
Servicios Básicos
'
25.990.000
Agua
850.000
Correos
1.640.000
Electricidad
4.370.000
Calefacción
5.450.000
Internet
6.600.000
Telefonía celular
3.480.000
Telefonía fija
-
3.600.000
Mantenimiento y
Reparaciones
'
4.000.000
Mantención de
Inmueble
1.000.000
Mantención de
Vehículos
2.500.000
Reparación de
Equipos y Muebles
500.000
Fuente: Acuerdo N° 04-02, de 4 de febrero de 2016, del Consejo Regional de Los Ríos.
27
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 3
PRESUPUESTOS DE GASTOS CORPORACIÓN REGIONAL
DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE LOS RÍOS.
(CONTINUACIÓN)
MATERIA
DETALLE
PRESUPUESTO 2016
Publicidad y Difusión
24.000.000
Avisos
5.500.000
Difusión de medios
1.000.000
Diario Hua Hum
9.300.300
Material Corporativo
8.199.700
Servicios Generales
20.150.000
Estadía
3.000.000
Traslado
2.870.000
Servicio de
alarma/vigilancia
2.640.000
Servicio de Aseo
7.440.000
Servicio de coffe
break
4.000.000
.
Otros servicios
generales
200.000
Arriendos
63.750.000
Arriendo de oficinas
50.180.000
Arriendo de salones
3.390.000
Arriendo de
vehículos
5.000.000
Arriendo de equipo
,
5.180.000
Otros gastos en bienes
.
y servicios
6.000.000
Muebles
3.000.000
Equipo
3.000.000
TOTAL
598.700.000
Fuente: Acuerdo N° 04-02, de 4 de febrero de 2016, del Consejo Regional de Los Ríos.
28
?
Fuente: Información contenida en el oficio N° 10 de 2017, de la Corporación Regional de Desarrollo Productivo de Los Ríos, que informa el estado de avance en la ejecución
de los proyectos revisados.
CÓDIGO
AVANCE
EN LA
EJEC.
PLAZO ORIGINAL
1° PRÓRROGA
2° PRÓRROGA
3° PRÓRROGA
RESULTADO DEL EJERCICIO
DESDE
HASTA
PLAZO
(DÍAS)
RESOLUCIÓN
EXENTA
HASTA
PLAZO
(DÍAS)
RESOLUCIÓN
EXENTA
HASTA
PLAZO
(DÍAS)
RESOLUCIÓN.
EXENTA
HASTA
PLAZO
(DÍAS)
FECHA
TERMINO
DEL
ESTUDIO
PLAZO
TOTAL
(DÍAS)
\ "."--""./
VAR. %
RESPECTO
DEL PLAZO.
ORIGINAL
FECHA
FECHA
FECHA
30339376
50%
'30-10-
2014
30-10-
2015
365
1 984
'
17-11-
2Q15
31-12-
2016
428
208
03-03-
2017
31-12-
2017
365
_
-
-
-
31-12-
2017
1.158
,317% -
30339472
50%
30-10-
2014
30-10-
2015
365
17985
17-11-
2015
31-12-
2016
428
561
_
30-05.
2016
, 31-12-
2017
365
-
-
31-12-
2017
1.158
317%
30339372
100% ,
30-10-
2014
30-10-
2015
365
'
1.982
17-11-
2015
30-05-
2016
213
623
20-06-
*Z16
30-10-,
2016
153:
.
-
, 30-10-
2016
- 731
200%
30339425
50%
30-10-
2014
30-10-
2015
$65
1.983
17-11-
2015
- 31-12-
2016
428
225
08-03-
2017
31-08-
2017
243
-
- -
31-08-
2017
1
1.036
284%
30400545
50%
29-09-
2015
22-03-
2017
'
540
-
-
- -
-
- -
-
- - -
/
O
0%
30371037
100%
18-06-
2015
13-02-
2016
240
296
28-03-
2016
31-05-
2016
108
562
30-05-
.
0
216
30-06-
2016
30
-
-
30-06-
2016
378
158%
30371042
100%
18-06-
2015
13-02-
2016
.
240
297
28-03-
2016
30-12-
.
2016
321
224
08-03-
2017
31-03-
2017
91
- - -
31-03.,
' 2017
652
272% .
30386974
-
29-09-
2015
29-09-
2016
366
1477
.
.
20-10-
2016
31-03-
2017
183
-
-.
- -
-
-
-
31-03-
2017
549
150%
30345724
OrYo
27-11-
2015
15-02-
2017
446
-
-
-
-
- -
- -
-
-
0 '
0%
30371073
100%
18-06-
2015
14
,
01-
2016
210
198
17-02-
2016
30-09-
2016
260
.
1.480
20-10-
, 2016
31-12-
2016
,
92
209
03-03-
2017
30-04-
"
2017
120
30-04-
2017
682
3257o
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 4
PLAZOS OTORGADOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS ESTUDIOS
29
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 5
TRANSFERENCIA DE FONDOS EN LOS AÑOS 2015 Y 2016
AÑO
ESTUDIO
MONTO
TOTAL
TRANSFERIDO
($)
MONTO
RENDIDO EN
REVISIÓN
($)
MONTO
DEVUELTO
($)
SALDO POR
RENDIR
($)
Análisis Centro de Transferencia
2014
Tecnológica en Sectores
30.000.000
27.918.416
0
2.081.584
Priorizados
Prospección Identificación Áreas
2014
y Tecnologías para Especies
30.000.000
500.000
0
29.500.000
Nativas Marinas -
,
Investigación, Desarrollo e
2014
Innovación en Nuevos Productos
del Mar
70.000.000
250.000
0
69.750.000
Investigación para
2014
Repoblamiento
y
Cultivo de
30.000.000
250.000
0
29.750.000
Especies Nativas en AMERB
MONTO PENDIENTE DE RENDICIÓN ($)
131.081.584
Construcción Teatro con Cine
2015
Digital Panguipulli
370.000.000
0 0
370.000.000
2015
Diagnóstico, Fortalecimiento y
Apoyo a las Comunas
..
150.000.000
149.393.303
- 606.697
0
Transferencia Cofinanciamiento
2015
de Bienes Club 2015
80.000.000
26.044.834
0
53.955.166
2015
Análisis Plan Maestro Regional
Infraestructura de Bomberos
69.000.000
32.650.000
0
36.350.000
Diagnostico Programa de
2015
Buenas Prácticas en la
80.000.000
25.836.870
.
0
54.163.130
Producción de Quesos
Invéstigación Desarrollo de
Actividad Acuícola a Partir de la
2015
Capacidad de Carga y
65.000.000
. 6.500.000
0
58.500.000
Compatibilidad Territorial
.\
--1 Fuente: Cuadro elaborado a partir de la información puesta a disposición por el GORE a través del oficio N° 92 de
2017, al 30 de septiembre de 2016, que remite la información requerida a través del oficio N° 6.719 de 2016 de esta
Contraloría Regional.
30
-
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 6
FECHA DE REMISIÓN DE LOS INFORMES MENSUALES DE
RENDICIÓN DE CUENTAS
MES
RENDICIÓN
OFICIO REMISOR
CÓDIGO DEL
PROYECTO
RENDIDO
TIEMPO
TRANSCURRIDO
(DÍAS/MESES)
NUMERÓ
FECHA
30371037-0
36
01-10-2015
30371042-0
30371073-0
Agosto de 2015
30339376-0
1 mes
37
01-10-2015
30339425-0
30339472-0
30345740-0
51
30-12-2015
30386974-0
1 mes
30400545-0
.
,
30371037-0
11
11-03-2016
30371042-0
30371073-0
Octubre de 2015
30339376-0
12
11-03-2016
30339425-0
3 meses
30339472-0
30345740-0
13
11-03-2016
30386974-0
30400545-0
'
30345724-0
18
03-05-2016
30371037-0
30371042-0
30371073-0
Enéro de 2016
30339376-0
4 meses
19
03-05-416
30339425-0
30339472-0
30345740-0
20
03-05-2016
30386974-0
30400545-0
30345724-0
26
20-05-2016
30371037-0
30371042-0
30371073-0
Febrero de 2016
30339376-0
3 meses
27
20-05-2016
30339425-0
30339472-0
,
30345740-0
30386974-0
28
07-06-2016
30400545-0
Fuente: Informes de rendición de cuentas mensual, puesta a disposición por el GORE de Los
Ríos, mediante el acta de entrega de antecedentes de 27 de febrero de 2017.
31
CONTRALORÍA GENERAL DE LA' REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 6
-
FECHA DE REMISIÓN DE LOS INFORMES MENSUALES DE
RENDICIÓN DE CUENTAS
(CONTINUAC ÓN)
MES
RENDICIÓN
REMISOR
CÓDIGO DEL
PROYECTO
RENDIDO
TIEMPO
TRANSCURRIDO
DO
(DÍAS/MESES)
30345724-0
30371037-0
34
15-07-2016
4 meses
30371042-0
30371073-0
Marzo de 2016
30339376-0.
35
03-08-2016
30339425-0
,
30339472-0
5 meses
30345740-0
36
,
03-08-2016
30386974-0:'
30400545-0
30345724-0
,
30371037-0
37
18-08-2016
30371042-0
30371073-0
30434585-0
Abril de 2016
30339376-0
. 4 meses
38
18-08,2016
30339425-0
30339472-0
30345740-0
39
18-08-2016
30386974-0
30400545-0
30345724-0
30371037-0
45
20-09-2016
30371042-0
30371073-0
30434585-0
Mayo de 2016
30339376-0
4 meses
46
20-09-2016
30339425-0
30339472-0
30345740-0
30386974-0
47
18-08-2016
30400545-0
. 30345724-0
30371037-0
51
24-10-2016
30371042-0
30371073-0
30434585-0
Junio de 201.6
30339376-0
4 meses
52
24-10-2016
30339425-0
30339472-0
30345740-0
53
24-10-2016
30386974-0
30400545-0
r)
4
.,
f Fuente: Informes de rendición de cuentas mensual, puesta a disposición por el GORE de Los
Ríos, mediante el. acta de entrega de antecedentes de 27 de febrero de 2017.
32
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 6
FECHA DE REMISIÓN DE LOS INFORMES MENSUALES DE
RENDICIÓN DE CUENTAS
(CONTINUACIÓN)
MES RENDICIÓN
OFICIO REMISOR
CÓDIGO DEL
PROYECTO
RENDIDO
TIEMPO
TRANSCURRIDO
(DÍAS/MESES)
30345724-0
30371037-0
54
28-10-2016
30371042-0
30371073-0
30434585-0
Julio de 2016
30339376-0
3 meses
55
28-10-2016
30339425-0
30339472-0
30345740-0 -
56
28-10-2016
30386974-0
30400545-0
30345724-0
30371037-0
57
30-11-2016
30371042-0
30371073-0
30434585-0
Agosto de 2016
30339376-0
3 meses
58
30-11-2016
30339425-0
30339472-0
30345740-0
59
30-11-2016
30386974-0
30400545-0
30345724-0
30371037-0
64
27-12-2016
30371042-0
30371073-0
30434585-0
Septiembre de
2016
30339376-0
3 meses
30339425-0
65
27-12-2016
30339472-0•
30345740-0
30371037-0
66
27-12-2016
30386974-0
30400545-0
Fuente: Informes de rendición de cuentas mensual, puesta a disposición por el GORE de Los
Ríos, mediante el acta de entrega de antecedentes de 27 de febrero de 2017.
33
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 7
ESTADO DE OBSERVACIONES DE INFORME FINAL N° 268 DE 2017
OBSERVACIÓ
N
INFORME
FINAL
MATERIA DE LA
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR
LA OBSERVACIÓN FORMULADA
EN EL INFORME FINAL
COMPLEJI-
MEDIDA
IMPLEMENTADA Y
DE RESPALDO
FOLIO O
NUMERACIÓN
DE RESPALDO
OBSERVACIO-
NES Y/0
DE LA ENTIDAD
I.
Aspectos de
Control Interno,
Numeral 2.
Se detectó que el
procedimiento disciplinario
iniciado el año 2015, a través
de la resolución exenta N° .
38, se encontraba sin
finalizar y que al 8 de marzo
de 2017, acumulaba un
retraso de 782 días.
Remitir a esta Entidad de Control, en
un plazo de 30 días hábiles, los
antecedentes que demuestren que el
sumario administrativo ordenado por la
resolución exenta N° 38, de 2015, se
encuentre concluido y registrado en el
SIAPER, lo que será validado
:
por la
Unidad de Seguimiento
.
(C)
,
II.
Examen de
la Materia
Auditada 2.3.c).'
Se verificó que el GORE el
año 2016 transfirió, a la
Corporación de Desarrollo
Productivo de la Región de
Los Ríos, $370.000.000, que
es el total del monto pactado
para el proyecto
"Construcción Teatro de Cine
Digital Panguipulli", entidad
que a su vez transfirió dichos
recursos °a "Corporación de
Adelanto de la Comunidad de
Panguipulli", sin que a la
fecha existan avances físicos
de la construcción, ni
resguardos que caucionen el
monto.
El GORE de Los Ríos, en un plazo de
30 días hábiles, deberá remitir a esta
. Entidad de Control los antecedentes
que demuestren que efectivamente se .
le han restituido la totalidad de los
recursos en comento o, en su caso, los
que los caucionen, lo que será validado
por la Unidad de Seguimiento
(AC)
.
34
...........
www.contraloria.c1

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