INFORME FINAL 2-13 MUNICIPALIDAD DE FUTRONO SOBRE FISCALIZACIÓN DEL CÁLCULO Y PAGO DEL INCREMENTO PREVISIONAL-FEBRERO 2013. - Doctrina Administrativa - VLEX 565333134

INFORME FINAL 2-13 MUNICIPALIDAD DE FUTRONO SOBRE FISCALIZACIÓN DEL CÁLCULO Y PAGO DEL INCREMENTO PREVISIONAL-FEBRERO 2013.

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2013
EmisorRegional Los Ríos
ServicioMUNICIPALIDAD DE FUTRONO
Número de informe2/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

La Municipalidad de Futrono, deberá adoptar las medidas necesarias para dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia::

  1. Respecto a los numerales 1.1 y 2, relacionados con el pago de incremento previsional de los años 2009, 2010, respectivamente, esta entidad de control procederá a formular el reparo respectivo ante el Tribunal de Cuentas conforme lo dispuesto en la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de esta Contraloría General. Asimismo, la Autoridad Comunal deberá disponer las medidas necesarias para que el incremento previsional contemplado en el artículo 2° del decreto ley N° 3.501 , de 1980, sea calculado aplicando el factor que corresponde sólo sobre las remuneraciones que al 28 de febrero de 1981 se encontraban afectas a cotizaciones previsionales, y no a las creadas o establecidas con posterioridad, las que no gozan del beneficio establecido por el legislador. (Aplica dictamen N°44.764 de 2009, de este Organismo de Control).

  2. En lo concerniente al numeral 3, que dice relación a "diferencias en...

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