INFORME FINAL 19-13 CORPORACIÓN MUNICIPAL DE QUILPUE SOBRE AUDITORÍA AL FONDO DE APOYO AL MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL - AGOSTO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565152398

INFORME FINAL 19-13 CORPORACIÓN MUNICIPAL DE QUILPUE SOBRE AUDITORÍA AL FONDO DE APOYO AL MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL - AGOSTO 2013

Fecha de Resolución21 de Agosto de 2013
EmisorRegional Valparaíso
ServicioCORPORACION MUNICIPAL DE QUILPUE
Número de informe19/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Presidente de la Corporación Municipal de Educación, Salud, Cultura y Atención al Menor de Quilpué ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 19, de 2013. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, corresponde que la Municipalidad de Quilpué -en su calidad de receptora de los Fondos FAGEM que ha recibido del Ministerio de Educación-, adopte las siguientes medidas:

  1. Formalizar mediante un acuerdo de voluntades la transferencia de los recursos FAGEM a la Corporación Municipal de Quilpué, para que ésta ejecute las iniciativas del programa, dando cumplimiento con ello a lo dispuesto en el artículo 3°, de la ley N° 19.880, en cuanto a que las decisiones que adopta la Administración deben expresarse por medio de actos administrativos.

  2. Efectuar el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el decreto N° 375, de 2003, que Aprueba Reglamento de la ley N° 19.862, que Establece Registros de las Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.

  3. Adoptar las medidas correctivas que estime pertinentes, para identificar las distintas subvenciones recibidas, a objeto de controlar eficientemente la administración de los fondos correspondientes al programa FAGEM.

  4. Efectuar la devolución de los recursos al Ministerio de Educación, por gastos que no se ajustan a los objetivos de las iniciativas del FAGEM por la suma de $583.969, detallados en el Anexo N° 1, toda vez que el aludido numeral 3.3 del Instructivo Operativo FAGEM 2011 es explícito al mencionar que no se pueden considerar gastos corrientes, como es la adquisición de materiales de oficina, recargas de celulares, arreglos florales, tortas, comestibles, entre otros; la suma de $1.847.044, por gastos efectuados con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que autorizó el programa FAGEM 2011; el monto de $247.478 detallados en el Anexo N° 3, por corresponder a desembolsos del Programa de Centro de Recursos de Aprendizaje y al Programa de Integración...

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