INFORME FINAL 17-11 MUNICIPALIDAD DE CURICÓ AUDITORÍA INTEGRAL ALEATORIA - OCTUBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565327406

INFORME FINAL 17-11 MUNICIPALIDAD DE CURICÓ AUDITORÍA INTEGRAL ALEATORIA - OCTUBRE 2011

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2011
EmisorRegional Maule
ServicioMUNICIPALIDAD DE CURICO
Número de informe17/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

En mérito de lo expuesto cabe concluir lo siguiente:

  1. En relación el apartado I, sobre Evaluación de Control Interno, corresponde a esa entidad edilicia disponer las medidas correctivas para subsanar los alcances formulados, cuya efectividad se verificará en futuras fiscalizaciones.

  2. En relación al apartado II, referido al Macroproceso de Generación de Recursos, el municipio debe disponer las medidas correctivas para regularizar los alcances formulados en los apartados 2.1 y 2.2.

  3. Respecto de las materias analizadas en el macroproceso de Finanzas, el municipio debe implementar las medidas tendientes a subsanar los alcances formulados, cuyo cumplimiento se comprobará en futuros programas de seguimiento efectuados por este Organismo de Control, de acuerdo con las políticas definidas al efecto. Corresponde señalar que en cuanto a los fondos entregados a los Concejales, que se encuentran pendientes de rendición desde el año 2006, situación analizada en la letra h), del apartado 3.7, corresponde al municipio adoptar las medidas para resarcir el daño patrimonial pertinente, lo cual es sin perjuicio de las acciones que le competen a esta Contraloría Regional, conforme las facultades contenidas en la ley N° 10.336.

  4. En relación con las situaciones tratadas en el macroproceso de Recursos Humanos, procede a la entidad edilicia adoptar las medidas correctivas pertinentes, lo cual es sin perjuicio de la obligación que le asiste de dar cumplimiento a lo dispuesto en la resolución N° 3.558, de 2010, del Contralor General de la República, sobre el reintegro de sumas por el pago de la Asignación de Incremento Previsional. Adicionalmente, este Organismo Fiscalizador formulará los reparos correspondientes en relación con el pago de las Asignaciones de Incremento Previsional y de Mejoramiento de la Gestión, cuyos casos constan en los numerales 4.1 y 4.2, respectivamente. Asimismo, resulta procedente insistir en que se deben adoptar las medidas correctivas para subsanar los alcances formulados en relación con las contrataciones a honorarios, declaraciones de intereses y patrimonio y los límites de descuentos voluntarios, cuyo cumplimiento será verificado en el marco de los programas de seguimiento que realice esta Contraloría Regional.

  5. Respecto al macroproceso de Abastecimiento y las observaciones consignadas en presente informe, corresponde al municipio adoptar las medidas correctivas en los casos que proceda y evitar en lo sucesivo incurrir en...

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