INFORME FINAL 157-13 SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA AUDITORIA A TRANSFERENCIAS AL CENTRO DE INFORMACIÓN DE RECURSOS NATURALES-JUNIO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136434

INFORME FINAL 157-13 SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA AUDITORIA A TRANSFERENCIAS AL CENTRO DE INFORMACIÓN DE RECURSOS NATURALES-JUNIO 2014

Fecha de Resolución25 de Junio de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioSUBSECRETARIA DE AGRICULTURA
Número de informe157/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Subsecretaria de Agricultura ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 157, de 2013. En relación a la observación contenida en el punto N° 2, del acápite IV Sistema Contable, ese servicio deberá proceder a incoar un sumario administrativo, a fin de establecer las eventuales responsabilidades que pudieran derivarse por el incumplimiento de los análisis que permitan asegurar Ia clasificación de los activos y pasivos, de los ingresos y los gastos patrimoniales, de acuerdo los oficios circulares N OS 79.150, de 2012 y 54.977, de 2010, ambas de este origen, de cumplimiento obligatorio, según el artículo 65, del decreto ley N° 1.263, de 1975, cuyo inicio deberá comunicarse a esta Entidad de Control, dentro de 15 días hábiles, contados desde la recepción del presente documento, y su resultado remitiendo para el correspondiente control de juridicidad conforme lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, que Fija Normas de Tramite de Toma de Razón. Respecto de aquellas que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. Remitir oportunamente los informes que indica Ia glosa 03 de la partida 13, capitulo 01, programa 02, de la ley de presupuestos vigente (acápite I Aspectos de Control Interno, numeral 3).

  2. Respaldar la rendición relativa a la retención de impuestos con el pago de honorarios para cumplir con lo preceptuado en la letra b), numeral 3.1, de la resolución N° 759, de 2003, que Fija Normas Sobre Rendición de Cuentas, de esta Entidad de Control (acápite II de Examen de Cuentas, numeral 1).

  3. Sustentar la rendición del pago de impuestos con el comprobante de traspaso de recursos de la cuenta corriente exclusiva a la interna de CIREN con el detalle del pago de los tributos (acápite II de Examen de Cuentas, numeral 2).

  4. Implementar acciones tendientes a controlar que la totalidad de los contratos mantengan sus garantías vigentes de acuerdo a lo establecido en el número 5 del punto cuarto del convenio (acápite II de Examen de Cuentas, numeral 4).

  5. Instruir las medidas correctivas tendientes a dar cumplimiento a Ia resolución N° 759, precitada, en relación a...

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