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Para incorporar una cuota de género en las elecciones de concejales y consejeros regionales que se realicen hasta el año 2029.

Fecha21 Diciembre 2017
Número de Iniciativa11551-06
Fecha de registro21 Diciembre 2017
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización
Autor de la iniciativaAllende Bussi, Isabel, Goic Boroevic, Carolina, Harboe Bascuñán, Felipe, Muñoz D`Albora, Adriana
MateriaCUOTA DE GÉNERO, ELECCIÓN DIRECTA DE CONSEJEROS REGIONALES, ELECCIONES MUNICIPALES
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley

Boletín N° 11.551-06


Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señoras Muñoz, Allende y Goic y señor Harboe, para incorporar una cuota de género en las elecciones de concejales y consejeros regionales que se realicen hasta el año 2029.



Vistos. Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios y, especialmente, en su reforma aprobada a través de la Ley N° 20.840, que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional; en el D.F.L. No 1 de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y en el D.F.L. N° 1 de 2005, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.


Considerando:


1.- Que uno de los problemas que enfrenta nuestra sociedad es la persistente inequidad de género que se aprecia en diversos ámbitos.


En el mundo privado, persisten graves desigualdades de acceso a la educación y al trabajo. Las mujeres obtienen menos remuneraciones que los varones en funciones similares y difícilmente llegan a ocupar puestos directivos.


En el ámbito de las políticas públicas, son castigadas por los planes de salud, que se encarecen por la maternidad, cargando exclusivamente a éstas su costo en lugar de solidarizarlo en la sociedad y son, además, perjudicadas en un sistema previsional de capitalización individual que no considera adecuadamente su menor densidad de cotizaciones.


2.- Que, asimismo, nuestro país registra una muy insuficiente participación de la mujer en cargos públicos.


Pese a que éstas se involucran activamente en la dirigencia social, a nivel vecinal o comunitario, dichos liderazgos presentan serias dificultades para ascender a las esferas del poder.

Así, según datos de ONU Mujeres, las parlamentarias son en Chile el 15,8% del Poder Legislativo, mientras el promedio regional es de 25,2%. Desglosadas por ramas del Congreso Nacional contamos con 19 diputadas del total de 120 y seis senadoras de 38.


En el sector municipal, los datos son algo mejores pero muy lejanos a la equidad. Como señala el Informe Mujeres y Elecciones Municipales 2016, del PNUD, "De las 231 candidatas a alcaldesa, solo 41 fueron electas, es decir, un 11,9% de las alcaldías ha quedado en manos de una mujer. Asimismo, de los 2.240 concejales electos en la pasada elección municipal, 552 fueron mujeres, lo que equivale a un 24.6% del total"


Ello conspira contra una adecuada representación de la sociedad en las diversas instituciones y nos aleja de ser un país moderno e inclusivo.


3.- Que ese diagnóstico ha estado presente desde hace varias décadas. Así, el año 2003, las entonces diputadas Adriana Muñoz, Isabel Allende, Rosa González, Carmen Ibáñez, María Eugenia Mella, María Antonieta Saa, Alejandra Sepúlveda y Carolina Tohá y los actuales senadores Guido Girardi y Fulvio Rossi, presentamos a consideración del Parlamento un proyecto de ley destinado a modificar diversos cuerpos legales con el objeto de promover el derecho de las mujeres a participar en la vida pública nacional. (Boletín N° 3206 18)


El texto establecía una cuota de género de al menos un 40% en las elecciones parlamentarias y municipales, con el objeto de impulsar la participación femenina.


Pese a la evidente necesidad de disposiciones de esta naturaleza, el proyecto no encontró suficiente apoyo en esos años.


4.- Que la misma idea fue promovida exitosamente por la Presidenta Michelle Bachelet más de una década después.


Así, la Ley 20.840 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional, contempla en forma transitoria hasta la elección que deba efectuarse el año 2029, una cuota de género del 40% en las listas de postulantes, similar a la propuesta el 2003, además de incentivos económicos para los partidos que elijan candidatas mujeres.





5.- Que las elecciones parlamentarias realizadas en noviembre pasado, bajo el marco de la ley 20.840, han tenido un contundente resultado desde la perspectiva de género.


Si bien su efecto concreto deberá ser analizado con mayor profundidad y, preferentemente, una vez culminado el ciclo de elecciones para el que fue previsto, las cifras son categóricas.


La representación femenina en el Parlamento logró para el período 2018-2022 un alcance histórico. Se eligieron 6 senadoras, que se suman a las 4 que se mantienen, totalizando 10, lo que corresponde al 23,2% de la Cámara Alta. Las diputadas, en tanto, serán 36, un 22,5% de 155 escaños.


Esto significa cuadruplicar el ritmo de crecimiento de las parlamentarias mujeres percibido en comicios anteriores.


5.- Que estimamos que la limitación de las cuotas de género sólo a las elecciones parlamentarias conspira contra la obtención de resultados aún mejores.


Lo anterior, en tanto el liderazgo político es generalmente ascendente, de tal modo que la existencia de una amplia base de concejalas y consejeras regionales debiera redundar en una aún mayor oferta y potencialidad de candidatas al Parlamento.


6.- Que lo anterior permitirá que nuestro país avance más decididamente en la materia, recogiendo recomendaciones como las contenidas en la Resolución "La participación de la mujer en la política", aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011.


En su numeral 3, se exhorta a todos los Estados a fomentarla participación política de la mujer, acelerar el logro de la igualdad entre hombres y mujeres.


Asimismo, la letra g) de su numeral 6, insta a todos los Estados a que, entre otras medidas, aceleren la aplicación, según corresponda, de estrategias que promuevan el equilibrio de género en la adopción de decisiones políticas, y adoptar todas las medidas apropiadas para alentar a los partidos políticos a velar por que las mujeres tengan una oportunidad justa y equitativa de competir por todos los cargos públicos electivos;


Refuerza lo dicho el acápite número 9, que alienta además a los Estados a que se comprometan a establecer el objetivo del equilibrio entre mujeres y hombres en los...

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