Si impuestos determinados son mayores que deducciones a los impuestos - Núm. 94, Abril 2021 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 866721453

Si impuestos determinados son mayores que deducciones a los impuestos

AutorSergio Arriagada Rojas
Páginas540-540
540
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
SECCIÓN: SOLICITO DEPOSITAR REMANENTE EN CUENTA CORRIENTE O AHORRO
BANCARIA
301 Nombre institución bancaria 306 Número de cuenta
Tipo de cuenta
780 (Marque con una X según corresponda)
Cuenta corriente
Cuenta vista
Cuenta de ahorro
El contribuyente que opte por esta modalidad deberá solicitarlo expresamente en esta sección
registrando los datos que más adelante se señalan, siempre que la referida cuenta pertenezca
a un banco y esté registrada a nombre del contribuyente declarante, sea este persona natural o
jurídica. Por lo tanto, el RUT y el nombre o razón social del contribuyente registrado en el F-22
deben ser coincidentes con el RUT y el nombre o razón social que tenga registrado el banco
para las cuentas que se indiquen.
Los datos a registrar en esta sección son los siguientes:
1. Código 301. Nombre institución bancaria. Se debe registrar el nombre del banco a la
que pertenece la cuenta corriente, de ahorro o a la vista.
Los bancos autorizados por la TGR para recepcionar depósitos por concepto de devolución de
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autorizados por la Comisión para el Mercado Financiero para mantener cuentas corrientes, de
ahorro o a la vista.
2. Código 306. Número de cuenta. Se debe registrar el número de la cuenta corriente, de
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número de cuenta bancaria es superior a quince dígitos, se deben registrar los últimos quince.
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el tipo de cuenta bancaria.
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artículo 97 de la LIR, cuando el contribuyente no cuente con las cuentas bancarias indicadas, o
la TGR no tenga información sobre las referidas cuentas, aquella podrá efectuar la devolución
del respectivo remanente mediante un vale vista bancario o a través de un pago directo por caja
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Cualquier inconsistencia entre los datos registrados por el contribuyente en esta sección del
F-22 y los datos que al respecto registra el banco de que se trate, impedirá que se efectúe
el depósito y facultará a la TGR a efectuar la devolución de los remanentes en los términos
indicados SECCION: IMPUESTO A PAGAR (LINEAS 88 A LA 90
SI IMPUESTOS DETERMINADOS SON MAYORES QUE DEDUCCIONES A LOS IMPUESTOS
IMPTO. A
PAGAR
92 Impuesto Adeudado 90 +
93 Reajuste Art.72, línea 88 : % 39 +
94 TOTAL A PAGAR (Líneas 87+88) 91 =

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