Causa nº 7884/2015 (Casación). Resolución nº 128225 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 31 de Agosto de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 581683094

Causa nº 7884/2015 (Casación). Resolución nº 128225 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 31 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso7884/2015
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación593-2015 C.A. de Valparaíso
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-3715-2012 3º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, treinta y uno de agosto de dos mil quince.

Vistos y teniendo presente:

  1. Que se ha ordenado dar cuenta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que confirmó la de primera instancia que rechazó las excepciones opuestas a la ejecución, acogiendo la demanda ejecutiva.

  2. Que en el recurso se denuncia la infracción a los artículos 19 número 20, 63 número 14 y 65 inciso 4° número 1 de la Constitución Política de la República; artículos 7 y 464 números 1, 7 y 14 del Código de Procedimiento Civil; artículos 142 inciso , 134 y 138 inciso del Código Orgánico de Tribunales; artículo 23 del Decreto Ley N° 3063; artículo 2 letra c) del Decreto 484; y los artículos 346 número 3 y 342 número 2 del Código de Procedimiento Civil.

    Expone el recurrente que las excepciones opuestas debieron ser acogidas pues se configuran los presupuestos para ello, y que la sentencia impugnada no aplicó en su verdadero sentido y alcance las normas que denuncia infringidas. Además, indica que los jueces del fondo no efectuaron un adecuado análisis y ponderación de los antecedentes probatorios, negándole valor a los instrumentos privados acompañados por su parte;

  3. Que es necesario consignar que la demanda ejecutiva fue presentada por la Municipalidad de Valparaíso en contra de la sociedad Cruz Azul Inversiones Ltda., por la suma de $ 7.580.638.-, incluidos reajustes e intereses calculados hasta la fecha del certificado de deuda N° 308, de 3 de diciembre de 2012, emitido por la Secretaria Municipal en ejercicio de la facultad establecida en el artículo 47 de la Ley de Rentas Municipales, por presentar la ejecutada una deuda morosa por concepto de patente comercial correspondiente al rol N° 222962, desde el segundo semestre del año 2009 al segundo semestre del año 2011, y de aseo.

    La demandada se opuso a la ejecución señalando que es una sociedad civil de inversiones que tiene un capital determinado y que su patrimonio, de carácter familiar, se ha invertido en bienes raíces, depósitos a plazo, acciones de sociedades anónimas y fondos mutuos; que se dedica a la realización de actos civiles; que el demandante no efectuó un análisis total del Decreto Supremo 484, de 1980; y que el ente municipal incurre en un grave abuso al emitir un título ejecutivo en el ejercicio de las facultades...

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