I.final n° 1.014-19 defensoria penal publica-gastos en personal-diciembre 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 909052524

I.final n° 1.014-19 defensoria penal publica-gastos en personal-diciembre 2019

Fecha26 Diciembre 2019
Número de informe1014/2019
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría al cumplimiento de las normas legales y reglamentarias relativas al gasto en remuneraciones correspondiente al decreto ley N° 3.551, de 1980, del Ministerio de Hacienda, en la Defensoría Penal Pública, Región Metropolitana, devengado y pagado durante el segundo trimestre del año 2019.
El examen tuvo por finalidad revisar si los gastos imputados al proceso de remuneraciones se han ajustado a la normativa que regula la materia, verificando si los montos pagados se encuentran debidamente documentados y registrados; comprobando la veracidad y fidelidad de las cuentas relacionadas; la autenticidad de la documentación de respaldo y la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad.

CONCLUSIONES

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Defensoría Penal Pública ha aportado.
antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 1.014, de 20·19, de este origen.
En efecto, la observación planteada en el capítulo 1, control interno, numeral 3, giradores de cuentas corrientes que no han sido autorizados por la Contraloría General, se levanta al tenor de las precisiones realizadas.
En lo que atañe a los capítulos 1, precitado, numeral 2, falta de cumplimiento de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; y II, examen de la materia auditada, numeral 1, asignación de modernización, puntos 1.1, incremento por desempeño colectivo; y, 1.2, componente base e institucional, se dan por subsanadas atendido los antecedentes proporcionados por el servicio.
Luego, en relación con las objeciones que se mantienen, la autoridad deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, lo siguiente:
1. Respecto a lo señalado en el citado capítulo I, aspectos de control interno, numeral 1 partidas de cheques girados y no cobrados que no corresponden (MC), la entidad deberá, en lo sucesivo, contabilizar los cheques por giros de fondos ajustándose a lo dispuesto en el oficio CGR N° 96.016, de 2015, de esta procedencia, e implementar los procedimientos de control que informa para evitar la contabilización de transferencias antes de su aprobación, comunicando acerca de ello a esta Entidad Fiscalizadora, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR...

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