El hombre y la máquina en búsqueda de la justicia, o por qué los jueces de apelación deberían seguir siendo humanos - El derecho y las ciencias sociales en la segunda mitad del siglo - Libros y Revistas - VLEX 976426750

El hombre y la máquina en búsqueda de la justicia, o por qué los jueces de apelación deberían seguir siendo humanos

AutorJulius Stone
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Sídney
Páginas61-99
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EL DERECHO Y LAS CIENCIAS SOCIAL ES EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO
III
EL HOMBRE Y LA MÁQUINA EN BÚSQUEDA DE LA
JUSTICIA, O POR QUÉ LOS JUECES DE APELACIÓN
DEBERÍAN SEGUIR SIENDO HUMANOS
En este mi último ensayo trataré de recompensar la paciencia del lector
con las generalidades anteriormente expuestas, hablando de algunos asun-
tos más concretos en la administración contemporánea de la justicia. De las
diversas cuestiones disponibles, he seleccionado un grupo; al hacerlo así, he
tomado en consideración cuatro criterios. El primero es el grado de impor-
tancia que tiene para el orden jurídico total de la institución cuya problemá-
tica está implicada. El segundo es el grado de urgencia de una mejor com-
prensión y manejo de estas problemáticas. El tercero es el grado en que éstas
sean capaces de desconcertarnos, a menos que tengamos una comprensión y
un apoyo adecuado de otras ramas del conocimiento, incluyendo a las cien-
cias sociales. El cuarto es el grado al que el campo de la actividad jurídica
implicada, el de la asesoría y adjudicación jurídicas, ya está sintiendo pre-
siones de parte de los desarrollos tecnológicos y del trabajo en las ciencias
social y política. Tengo en mente los efectos de la tecnología de computación
sobre las tareas jurídicas, por un lado, y por otro, los efectos sobre las tareas
legales de las arriesgadas empresas de los especialistas en ciencia política
dentro del análisis cuantitativo del comportamiento judicial. Y las líneas de
mi interés están insinuadas en los dos títulos de mi presente ensayo: «El hom-
bre y la máquina en búsqueda de la justicia» o «Por qué los jueces de a pela-
ción deberían seguir siendo humanos».
I
La confrontación de las perplejidades humanas con las potencialidades
de las máquinas se ha desplazado hacia un amplio frente, incluso si solo
pensamos en los intereses de los abogados.1 Y podemos enlistar muchos de
1La selección de la literatura hasta 1963 y un análisis de los temas con relación al razona-
miento de los abogados se encuentra en Stone, Legal System, cap. 1, sec. 10. Hay dos
nota bles simp osios pos terior es en Jurime tric s (invi erno de 196 3), núm. 28 Law a nd
Contempo rary P roblems, pp. 1-270 (que a partir de ah ora l lamaremos Jurimetri cs), y en
«Legal Resea rch». La primera es una colección particularmente equilibrada y enjundiosa
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JULIUS STONE
los temas alreded or de los cuales se ha de trabar la discusión. ¿Las activida-
des de las computadoras, especialmente en alianza con la s suposiciones de la
ciencia de la conducta, expresan una filosofía (y también lo expresan en un
lenguaje) irreconciliablemente ajena a las grandes tradiciones de la ley? ¿Está
justificado que exija la tecnología, para su uso eficiente, los sistemas lógicos
cerrados con los cuales impiden el desarrollo de un orden legal que los ha
tenido dentro de sí? ¿La aceptación, por parte de los abogados de los grandes
servicios que estas nuevas técnicas pueden ofrecer, llevaría en sí la abdicación
de las habilidades profesionales legales?... ¿Los deseos de precisión de los
conceptos y el lenguaje que comúnmente se piensa requieren las máquinas,
conducirá a los abogados a despreciar y rechazar la fertilidad semántica del
lenguaje legal? ¿La mera habilidad tecnológica de las máquinas para manejar
datos complejos y masivos, si lo permitimos, tenderá a producir un refina-
miento y una complejidad excesiva de los preceptos jurídicos? ¿Vinculados a
los poderes en expansión del gobierno, no se convertirían en medios de acele-
rar la ya crecientemente rápida sujeción de los ciudadanos a un poder buro-
crático y tecnocrático centralizado?
Tales interrogantes pueden extenderse y multiplicarse y dar siempre for-
mas más dramáticas.2 Una tendencia oculta de hostilidad a la abogacía tradi-
cional como una artesanía centrada en sí misma y defensiva, y una enemiga
de la extensión del conocimiento, puede sentirse incluso en aquellos protago-
que contiene discusiones sobre el alcance de la «lógica moderna» (al respecto, véase L. E.
Allen y Mary Ellen Caldwell, «Modern Logic and Judicial Decision-Making: A Sketch of
one View», 21 3 Jurimetrics, ci tado de aquí en adel ante como «Modera Logic»); sobre l a
jurimetría como «la investigac ión cie ntífica de los problem as jurídi cos», H. W. Baade,
preámbulo del 1 Jurimetrics; acerca de los a spectos matemáticos de la toma de decisiones,
Fred Kort, «Simult aneous Equations and Bool ean Al gebra in th e Ana lysis of Ju dicial
Decisions, 143 Jurimetrics (citado de aquí en adelante como «Simultaneous Equations»);
respecto a la metodología con el uso de máquinas, con relación a la investigación legal,
especialmente en cuanto a la recuperación de datos hecha por las máquinas de l a informa-
ción que almacenan, y la relación entre el trabajo de las computadoras y la lógica simbó-
lica, véase Lee Loevinger, «Jurimetrics: The M ethodology of Legal Theory», 5 Jurimetrics
(citado de aquí en adelante co mo «Jurimetrics Methodology»); en lo relaci onado con la
capa cidad para pr edecir las de cisione s d e l as cortes de ape lación po r me dio de la
factori zación y d e los método s esta dísticos vincula dos co n las poten cialidades de las
computadoras, véase Glendon A. Schubert, «Judicial Altitudes a nd Voting Behavior: The
1961 Term of the United Sta tes Supreme Court», 100 Jurimetrics, pp. 100 y 108-37 (de aquí
en adelante citado como «Judicial Attitudes»); respecto a los temores relacionados con el
efecto de las limitaciones de las máquinas sobre la calidad de la justicia ejercida, véase J.
J. Spengler. «Machine-Made Justice: Some Implications», 36 Jurimetrics (citado de aquí en
adelante con el nombre de «Machi ne-Made Justice»); así como Wal ter Berns, «Law and
Behavioral Science», 185 Jurimetrics; por cuanto a los intentos hechos con el propósito de
disipar esos temores, véase F. R. Dickerson, «Some Jurisprudential Implications of Electronic
Data Processing», 53 Jurimetrics (citado en a delante como «Jurisprudential Implications»);
en cuanto al us o de los métodos cuantita tivos y de la teoría de la pro babilidad en el
análisis de los ma teriales judiciales, véase S. S. Ulmer, «Quantitative Analysis of Judicial
Processes: Some Practi cal and Theoretical Applications» , 164 Jurimetrics (citado de aquí
en adela nte con el nombre de «Quantitative Analysis»).
2Véase, por ejem plo, Dicke rson, «Juris prudential Implications», pp. 5 3, 56-6 5.
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nistas del estudio de la conducta y de las técnicas mecá nicas que no aspiran
a entronizar cálculos multivariados en el mismo lugar de la justicia. Incluso
entre aquellos que tratan de ver los dos lados, las conclusiones algunas veces
sobrepasan la prudencia para alegar que la s limitaciones sugeridas de las
posibilidades de las máquinas para las tareas del Derecho y la Justicia, pue-
den basarse hasta ahora meramente en los a ccidentes de la historia legal y en
las limitaciones prácticas de la artesanía abogacía3. Los bloqueos a la comunica-
ción que resultan de tales exageraciones, no son removidos por af irmaciones
subsecuentes de confianza respecto a que las máquinas «permanecerán como
nuestros sirvientes y no se convertirán en nuestros desalmados amos».
No resulta menos inútil cuando tales exageraciones atacan más, en lugar
de defender los nuevos enfoques. Sería interesante especular con T. L. Becker,4
si la intemperancia en la curiosidad, espoleada por técnicas de investigación
e instrumentos nuevos, pueden resultar en estudios indiscriminados en áreas
donde solo pueden traer males a las instituciones sociales, o si deberían exis-
tir algunos órganos para determinar la estrategia y las prioridades entre las
investigaciones que surgen de tales peligros. Carl F. Stover5 ha prevenido en
forma igualmente amplia, que los nuevos métodos, lejos de liberar al abogado
del tiempo para dedicarse a «cuestiones de mayor importancia », pueden
esclavizarlo a fórmulas «rutinarias». En tal forma que ideas como la de justi-
cia, cuya riqueza y ambigüedades son en cierta forma esenciales para tratar
con la situación humana, pueden (si no nos proponemos hacerlo) recibir una
atención incluso menor que en el pasado. W. Berns ha generalizado el cargo
de que el trabajo sobre la conducta, negando como lo hace, cualquier interés
con los elementos de valor en la decisión judicial, debe implicar peligros por
la excesiva importancia atribuida a los datos « científicos» implícitamente li-
bres de valores.6
Desde el punto de vista de un economista, J. J. Spengler ha sostenido la tesis
de que un resultado de reducir los problemas del Derecho y la Justicia a formas
que permiten manejarlos en las máquinas, debería de incrementar el grado de
coerción en los individuos por encima del mínimo necesario y que la función
expansiva del Estado moderno llevaría rápidamente a agravar esta tendencia.7
3Véase, por ejemplo , id., pp. 65-70.
4T. L. Be cker, «On Sc ience, Politica l Scie nce an d Law» , en «Legal Resea rch», pp. 1 1-5,
especialmente 14 y 15.
5Véase C. F. Stov er, «Technology and Law — a Look Ahead» (1963), Modem Uses of Logic in
Law, pp. 1 -8.
6Véas e B erns, «La w a nd Behav ioral Sc ience» , p p. 185-2 12, espec ialme nte 201- 11. Y
consúltense las polémicas relacionadas dentro de la disciplina de la ciencia polít ica mis-
ma. Véase Kirkpat rick, «The Impact of Behavio ral A pproach on Traditio nal Political
Science», editado por Austin Ranney, Essays on the Behavioral Study of Politics (1962), pp.
1-28, También J. P. Roche, «Political Science and Science Fiction» (1968), núm. 52, American
Political Science Review, pp. 1026 y ss.
7Véase Spengle r, « Machine-Ma de Ju stice», pp. 36-52. Espe cialmente su impresi onante
análisis del efecto de la t endencia hacia conceptos que puedan ser manejados por las
máquinas, en las pp. 44-46.

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