Decreto 4354 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE GRAFFITIS, RAYADOS, PINTURAS Y OTROS DAÑOS EN ELEMENTOS MOBILIARIOS UBICADOS EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, FISCALES, MUNICIPALES O PROPIEDAD PRIVADA - MUNICIPALIDAD DE PUNTA ARENAS - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 333813030

Decreto 4354 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE GRAFFITIS, RAYADOS, PINTURAS Y OTROS DAÑOS EN ELEMENTOS MOBILIARIOS UBICADOS EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, FISCALES, MUNICIPALES O PROPIEDAD PRIVADA

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUNTA ARENAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor21 de Noviembre de 2011

APRUEBA ORDENANZA SOBRE GRAFFITIS, RAYADOS, PINTURAS Y OTROS DAÑOS EN ELEMENTOS MOBILIARIOS UBICADOS EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, FISCALES, MUNICIPALES O PROPIEDAD PRIVADA

Núm. 4.354 (Sección "B").- Punta Arenas, noviembre 11 del 2011.- Vistos:

? E-mail de 3 de noviembre de 2011, del Administrador Municipal;

? Acuerdo Nº1.334 adoptado por el Concejo Municipal en sesión Nº67 extraordinaria de 10 de noviembre de 2011;

? Lo dispuesto en los artículos 198 y 118 de la Constitución de la República; lo preceptuado en la ley Nº 18.287 sobre procedimiento de los Juzgados de Policía Local; artículos 26, 2320 y 2321 del Código Civil;

? De conformidad a lo dispuesto en los artículos 3º letra f), letra a), 12, 65 letra k) y 79 letra b), y en uso de las facultades que confieren los artículos 56 inciso 1º y 63 letra i) del Texto Refundido, Coordinado, Sistematizado y Actualizado de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

? Decretos alcaldicios Nº4.052 de 6 de diciembre de 2008 y Nº4.049 de 19 de octubre de 2011;

Considerando: Que corresponde a la Municipalidad velar por el ornato y aseo y el cuidado del medio ambiente en la comuna para proteger a sus habitantes;

Decreto:

  1. Apruébase la siguiente "Ordenanza sobre graffitis, rayados, pinturas y otros daños en elementos mobiliarios ubicados en bienes nacionales de uso público, fiscales, municipales o propiedad privada en la comuna de Punta Arenas", en los siguientes términos:

Ordenanza sobre graffitis, rayados, pinturas y otros daños en elementos mobiliarios ubicados en bienes nacionales de uso público, fiscales, municipales o propiedad privada en la comuna de Punta Arenas

Artículo primero

La presente Ordenanza tiene por objeto el regular los graffitis, rayados, pinturas y otros daños semejantes en muros, paredes, fachadas exteriores, postes de alumbrado público, calles, caminos, elementos mobiliarios ubicados en bienes nacionales de uso público, fiscales, municipales o de propiedad privada en la comuna de Punta Arenas.

Artículo segundo

Se prohíbe a toda persona efectuar graffitis, rayados, pinturas, destrucción u otras análogas en:

  1. Los bienes nacionales de uso público, tales como calles, mobiliarios de plazas, parques, estatuas, monumentos, monolitos, esculturas, asientos, bancas u otros.

  2. Los bienes de propiedad...

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