Causa nº 2267/2018 (Casación). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 708349177

Causa nº 2267/2018 (Casación). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Abril de 2018

Fecha de Resolución11 de Abril de 2018
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Rol de Ingreso2267/2018
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación244-2017 - C.A. de Valdivia
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-197-2017 - JUZGADO DE LETRAS DE MARIQUINA
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, once de abril de dos mil dieciocho. Vistos y considerando:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de V., que confirmó la de mérito que rechazó la demanda de rebaja de pensión de alimentos.

Segundo

Que el recurrente denuncia que se vulneraron los artículos 3 y 7 de la Ley N° 14.908 y 32 de la Ley N° 19.968, cuestionando el valor probatorio que los sentenciadores dieron a la prueba, en particular la documental, de la que se puede concluir que los ingresos del demandado son inferiores a los que se tuvieron por acreditados, unido a su declaración prestada en juicio.

Agrega que si bien es efectivo que además de percibir una pensión de invalidez es dueño de un inmueble, no se rindió prueba alguna que demuestre que en él se ejecuta alguna actividad productiva, por lo que no se puede presumir ingresos que no existen, debiendo, por tanto, acceder a su pretensión de reducción de los alimentos.

Tercero

Que los sentenciadores del fondo dieron por establecidos los siguientes hechos: 1.- Las partes son progenitores del niño A.G.M., actualmente de 14 años de edad. 2.- En el año 2009, en causa seguida ante el Juzgado de Letras de M., que derivó en un proceso por cumplimiento Rit Z-202-2016, se fijaron alimentos en favor del niño, obligándose el alimentante a pagar la suma de $53.381. 3.- El demandante percibe actualmente una pensión de invalidez mensual ascendente a $102.000; es poseedor inscrito de un inmueble de 108 hectáreas adquirido por sucesión por causa de muerte, habiendo comprado en el año 2017 un automóvil que inscribió a nombre de su actual pareja. 4.- La madre del niño es quien actualmente solventa la mayor parte de sus necesidades.

Sobre la base de dichos hechos rechazaron la demanda de rebaja de alimentos, pues, de acuerdo a las máximas de la experiencia, resulta improbable e inverosímil que el demandante perciba como ingresos sólo aquellos derivados de la pensión de invalidez, pues con sus dichos se acreditó que adquirió un automóvil que inscribió a nombre de su actual pareja y que es poseedor inscrito de una propiedad de 107 hectáreas, resultando poco probable que no genere ingresos por ésta, máxime si debe pagar contribuciones y costear gastos de...

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