Decreto núm. 1118, publicado el 16 de Diciembre de 1994. OTORGA GARANTIA DEL ESTADO A OPERACION DE CREDITO A CONTRATAR POR LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470788718

Decreto núm. 1118, publicado el 16 de Diciembre de 1994. OTORGA GARANTIA DEL ESTADO A OPERACION DE CREDITO A CONTRATAR POR LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

OTORGA GARANTIA DEL ESTADO A OPERACION DE CREDITO A CONTRATAR POR LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A.

Núm. 1.118.- Santiago, 14 de Noviembre de 1994.- Vistos: el artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile, el D.L. N° 1.263 de 1975; el artículo 11 de la Ley N° 18.196; el artículo 15 de la Ley N° 18.382; el D.S. N° 1.098, de Hacienda de 1993; el artículo 20 de la Ley N° 18.482 y la Ley N° 18.550.

Decreto:

  1. Otórgase la Garantía del Estado a la o las operaciones de crédito que contrate la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., con un Consorcio de Bancos Franceses, representados por el Banque Nationale de Paris, hasta por la suma de US$3.231.641.- (tres millones doscientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y uno dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), o su equivalente en otras monedas, más los intereses y comisiones que correspondan, destinados a financiar parcialmente el Sistema de Vías, suministros y equipamiento necesario para el proyecto para la Línea 5 de la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A.

    La presente garantía se otorga de acuerdo a la autorización para contratar uno o más créditos concedida a la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., mediante decreto exento, según lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 18.196 y el artículo 15 de la Ley N° 18.382.

  2. Las condiciones financieras del o los préstamos serán:

    Monto : hasta US$3.231.641.-

    Plazo Total : no menos de 7 años a partir de

    la fecha de firma del convenio.

    Período de Gracia : no menos de 36 meses.

    Amortización : en cuotas semestrales,

    consecutivas y aproximadamente

    iguales.

    Tasa de Interés : hasta LIBOR 180 días + 1,25%.

    Comisión de

    Administración : hasta 0,50% Flat. Pagadera en

    la forma que establezca el

    contrato.

    Comisión de

    Compromiso : hasta 0,50% anual pagadera

    semestralmente sobre el monto no

    utilizado del crédito.

    Comisión de

    Agente : hasta US$5.000.- pagadera

    anualmente a partir de la firma

    del convenio o convenios

    respectivos.

    Otros Gastos : asimismo, podrán convenirse otras

    obligaciones pecuniarias

    usuales para este tipo de

    operaciones en los mercados

    financieros internacionales,

    incluidos intereses penales,

    comisión de agencia y otros,

    así como el pago de los gastos

    que se irroguen.

  3. En virtud de lo dispuesto en los artículos 45 y 46 del D.L. N° 1.263 de 1975, la documentación correspondiente a la garantía indicada en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR