Causa nº 5690/2008 (Casación). Resolución nº 5690-2008 de Corte Suprema, Sala de Verano de 19 de Febrero de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 55551134

Causa nº 5690/2008 (Casación). Resolución nº 5690-2008 de Corte Suprema, Sala de Verano de 19 de Febrero de 2009

JuezGabriela Pérez P.,Carlos Künsemüller L.,Jaime Rodríguez E.,Sonia Araneda B.,Milton Juica A.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Corte en Segunda Instancia
Tipo de proceso(Crimen) Casación Fondo
Número de registrorec56902008-cor0-tri6050000-tip4
Fecha19 Febrero 2009
Partes C/CLAUDIO FUENTES TAPIA Y OTRO (QTE.:MARIA BERRIOS DIAZ)
Número de expediente5690-2008
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

1

Santiago, diecinueve de febrero de dos mil nueve.

V I S T O S:

En estos autos N° 5690-2008, por sentencia de siete de julio de dos mil seis, que se lee de fojas 324 a 342, se condenó a C.A.F.T. a dos penas de sesenta y un días de reclusión menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas de la causa, por su responsabilidad como autor de los cuasidelitos de homicidio de M.S.C.M., ocurrido en esta ciudad el 12 de enero de 1998, y de lesiones en perjuicio de L.D.J., ocurrido en Santiago el 28 de octubre del año 2000. Se condenó además al sentenciado a la suspensión de la licencia de conducir por un año y se le otorgó el beneficio de remisión co ndicional de la pena. La sentencia , pronunciándose sobre la acción civil entablada por doña M.G.B.D., cónyuge sobreviviente de don M.C.M., en contra de C.A.F.T. y del Banco de Chile, continuador legal de Leasing Andino S.A., acogió la demanda interpuesta a fojas 149, sólo en cuanto condenó a los demandados a pagar solidariamente a la demandante la suma de $10.000.000, más intereses corrientes para operaciones no reajustables desde que se encuentren en mora y hasta la fecha del pago efectivo, con costas.

En contra de esta decisión el acusado apeló a fojas 349 vts., y el Banco de Chile dedujo recurso de apelación a fojas 344 solicitando se revoque la sentencia en la parte que lo condenó solidariamente al pago de una indemnización civil por daño moral.

Una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por resolución dictada el veintiséis de agosto pasado, que se lee a fojas 373, confirmó la sentencia de primer grado.

En contra de este último fallo el Banco de Chile, a fojas 374, dedujo recurso de casación en el fondo.

Concedido el expresado recurso y habiéndosele declarado admisible, se trajeron los autos en relación.

C O N S I D E R A N D O :

PRIMERO

Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 546 inciso final del Código de Procedimiento Penal el recurso denuncia en primer término la infracción de los artículos 41 del Código de Procedimiento Penal, en relación con el artículo 2332 del Código Civil y artículos 103 bis y 428, ambos del Código de Procedimiento Penal, infracción que se produce al rechazar los jueces del mérito la excepción de prescripción de la acción intentada que opuso al contestar la demanda. Sostiene el recurso que el fallo de primer grado yerra al desatender el mandato del artículo 41 ya citado, que dispone una regla de prescripción extintiva. Si bien las acciones civiles en el plenario se interponen luego de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR