Fomenta las actividades deportivas, culturales y estudiantiles en la Región de Magallanes y Antártica Chilena. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914501001

Fomenta las actividades deportivas, culturales y estudiantiles en la Región de Magallanes y Antártica Chilena.

Fecha01 Agosto 2007
Fecha de registro01 Agosto 2007
Número de Iniciativa5239-04
EtapaArchivado
MateriaACTIVIDAD DEPORTIVA, DEPORTES
Autor de la iniciativaMuñoz Aburto, Pedro
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley
FIJA TARIFAS AEREAS ENTRE LAS CIUDADES DE SANTIAGO Y PUNTA

MOCIÓN



CREA UN FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL TRANSPORTE DE DELEGACIONES ARTÍSTICAS, CULTURALES, DEPORTIVAS Y ESTUDIANTILES DE LA REGIÓN DE MAGALLANES



Vistos:


Lo dispuesto en los artículos , 19º numeral 10º y 63º numeral 20º de la Constitución Política de la República.



Considerando:



1.- Que la Constitución Política de la República prescribe que es deber del Estado promover el bien común, creando las condiciones sociales que permitan a cada uno de los miembros de la comunidad su mayor desarrollo espiritual y material posible.


2.- Que, asimismo, la Carta Fundamental señala que nuestro país es unitario, sin perjuicio de que su administración sea descentralizada o desconcentrada.


3.- Que, en atención a ello, se han organizado regiones que representan áreas geográficas con una identidad propia, las que poseen, por tanto, manifestaciones culturales y artísticas diversas.


4.- Que el deporte es una actividad preferente para el Estado en cuanto permite a la población mantener estándares de vida más saludables, inculcar determinados valores y alejar a los jóvenes de flagelos tales como el alcoholismo, las drogas o la delincuencia.


5.- Que la expresión del arte y la cultura, el desarrollo de actividades deportivas y la integración de experiencias educativas requieren la permanente exposición, competencia y mancomunión de esfuerzos, los que se concretan en encuentros y eventos cuya participación permite a artistas, deportistas y estudiantes reconocer sus habilidades y superarse.

6.- Que lamentablemente las delegaciones artísticas, culturales, deportivas y artísticas de las regiones extremas del país y, especialmente, de Magallanes, tienen una enorme dificultad representada en la lejanía geográfica y el consecuente mayor costo por concepto de traslados.


Ello no fue resuelto por la Ley 19.891 que creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes ni por la Ley 19.712 que creó el Instituto Nacional de Deportes de Chile, ChileDeportes, ni por las normas administrativas que regulan sus fondos concursables, los que habitualmente excluyen el financiamiento de transporte o su alto costo vuelve inviable el proyecto respectivo.


7.- Que, por el contrario, hasta hace algunos años rigió la Ley 16.708, publicada en el Diario Oficial el 15 de Noviembre de 1967 que fija tarifas aéreas entre las ciudades de Santiago y Punta Arenas para los conjuntos que señala.


Dicho cuerpo legal, conocido como Ley Lorca, en recuerdo de su impulsor el recordado ex parlamentario Don Alfredo Lorca Valencia estableció tarifas especiales para conjuntos artísticos, deportivos y estudiantiles de Magallanes en la Línea Aérea Nacional creando para su financiamiento un impuesto de un 2% de las tarifas. Evidentemente, tras la privatización de la aerolínea perdió su eficacia.


8.- Que, sin embargo, el problema y la necesidad correlativa continúan. Ello lo muestra la experiencia práctica de diversas delegaciones artísticas, culturales, deportivas y estudiantiles de Magallanes que deben viajar a la zona central y que se ven obligados a la realización de colectas y actividades benéficas.


9.- Que lo anterior hace necesario reponer una iniciativa similar, esta vez incorporando un sobrecargo voluntario de hasta 0,05 UF a cada pasaje con el mismo objeto, el que será administrado por un Consejo representativo de la comunidad.

A dicha instancia debieran incorporarse, durante la tramitación del proyecto, personalidades como el Intendente Regional y los Alcaldes, lo que requeriría el patrocinio del Ejecutivo.


10.- Que si se dispusiera de un aporte voluntario de 0,015 UF, considerando las estadísticas actuales que señalan unos 250.000 pasajeros anuales en la ruta Punta Arenas - Santiago, se recolectarían unos $ 70.000.000, suficientes para financiar, al valor actual, entre unos 300 y 1000 pasajes considerando las distintas tarifas existentes y los porcentajes en que se entregue el beneficio.


11.- Que, evidentemente, sería deseable que dicha cifra fuera un aporte obligatorio, pero se ha preferido optar inicialmente por una contribución voluntaria, confiando en la solidaridad de los habitantes de Magallanes y la naturaleza y fines del importe, el que pudiera hacerse posteriormente imperativo una vez que se indague el respaldo de la ciudadanía y quede de manifiesto su utilidad.


Por lo anterior, el Senador que suscribe, viene en presentar el siguiente


PROYECTO DE LEY


Artículo 1º- Créase un Fondo Regional para el traslado de delegaciones artísticas, culturales, deportivas y estudiantiles de la Región de Magallanes a otras zonas del país. Dicho fondo se constituirá por los recursos a que hace referencia el artículo siguiente y las donaciones u aportes que se le transfirieran.


Artículo 2º.- Las líneas aéreas que realicen vuelos comerciales nacionales o internacionales de pasajeros que tengan por inicio o destino cualquier localidad de la XII Región, deberán requerir de sus pasajeros su...

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