Resolución núm. 4893 EXENTA, publicado el 30 de Agosto de 2013. ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA TUBÉRCULOS DE PAPA (SOLANUM TUBEROSUM L.) DESTINADOS A CONSUMO, PROCEDENTES DE URUGUAY - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468838322

Resolución núm. 4893 EXENTA, publicado el 30 de Agosto de 2013. ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA TUBÉRCULOS DE PAPA (SOLANUM TUBEROSUM L.) DESTINADOS A CONSUMO, PROCEDENTES DE URUGUAY

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA TUBÉRCULOS DE PAPA (SOLANUM TUBEROSUM L.) DESTINADOS A CONSUMO, PROCEDENTES DE URUGUAY 

Núm. 4.893 exenta.- Santiago, 21 de agosto de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 156, de 1998, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional; las resoluciones Nos. 558 de 1999, 2.104 de 2003, 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 133 de 2005, 3.589 de 2012, y sus modificaciones, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

 

Considerando:

 

  1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.

  2. Que esta autoridad ha recibido solicitudes de usuarios interesados para importar al país tubérculos de papa ( Solanum tuberosum L.), destinados a consumo, procedentes de Uruguay, producto que previo a la presente resolución no tenía establecidos requisitos fitosanitarios para su importación desde dicho origen.

  3. Que se ha realizado el Análisis de Riesgo de Plagas para plagas cuarentenarias de tubérculos de papa ( Solanum tuberosum L.) destinados a consumo, procedentes de Uruguay, lo que ha permitido establecer los requisitos fitosanitarios de importación.

  4. Que en Chile existen áreas de producción de papa consumo y semilla, libres de plagas cuarentenarias de este cultivo, las cuales se encuentran oficialmente protegidas, con restricciones para el movimiento interno de tubérculos.

     

    Resuelvo:

     

  5. Establézcanse los siguientes requisitos fitosanitarios de importación para tubérculos de papa ( Solanum tuberosum L.) destinados a consumo, procedentes de Uruguay.

  6. Para su ingreso al país el envío deberá estar amparado por un Certificado Fitosanitario Oficial, emitido por la autoridad fitosanitaria del país de origen correspondiente, en el que consten los siguientes requisitos y declaraciones adicionales:

     

    2.1 El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Phyrdenus muriceus (Coleoptera: Curculionidae).

    Para otorgar esta declaración adicional, la inspección correspondiente debe ser realizada por los inspectores del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca...

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