Final 412-20- subs.de transportes audit-a las adquisiciones-junio 20
Fecha | 26 Junio 2020 |
Número de informe | 412/2020 |
Emisor | I Contraloría Regional Metropolitana de Santiago |
OBJETIVO
La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría a las adquisiciones correspondientes al subtítulo 22 del programa 03,
Transantiago, del presupuesto de la Subsecretaría de Transportes, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.
La finalidad de la revisión fue verificar si la entidad planifica sus adquisiciones las realiza respetando los principios de eficiencia, eficacia y economicidad y las utiliza de acuerdo a los fines previstos. Asimismo, determinar si las transacciones cumplen con la normativa legal, se encuentran debidamente documentadas, sus Cálculos son exactos y están adecuadamente
registradas.
Todo lo anterior, en concordancia con la ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
Transantiago, del presupuesto de la Subsecretaría de Transportes, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.
La finalidad de la revisión fue verificar si la entidad planifica sus adquisiciones las realiza respetando los principios de eficiencia, eficacia y economicidad y las utiliza de acuerdo a los fines previstos. Asimismo, determinar si las transacciones cumplen con la normativa legal, se encuentran debidamente documentadas, sus Cálculos son exactos y están adecuadamente
registradas.
Todo lo anterior, en concordancia con la ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
CONCLUSIONES
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Subsecretaria de Transportes ha aportado antecedentes y ha iniciado acciones que han permitido salvar en parte las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 412, de 2019, de esta Entidad de Control.
En efecto, las observaciones planteadas en los capítulos II, examen de la materia auditada, numerales 1, modificaciones improcedentes de resoluciones afectas al trámite de toma de razón mediante resoluciones exentas de dicho trámite, punto 1.2, modificación de contrato efectuado mediante trato directo, respecto de la resolución exenta N° 244, de 2018, que modificó la designación de la contraparte técnica del contrato aprobado por la resolución N° 47, de 2017; y 5, falta de registro en Chile Proveedores; y III, examen de dientas, multas no cobradas por incumplimiento en plazo de entrega de productos o servicios, respecto del segundo informe correspondiente al mes de enero de 2018, por la cantidad de $ 4.449.537, se levantan al tenor de las precisiones realizadas.
En cuanto a lo observado en el capítulo III, examen de cuentas, multas no cobradas por incumplimiento en plazo de entrega de productos o servicios, excepto lo que se refiere al segundo informe del mes de enero de 2018 (AC), la Subsecretaria de Transportes deberá efectuar el cobro de las multas por un total de $ 22.125.389, asociadas a los informes individualizados en el anexo N° 3, y remitir los antecedentes que permitan confirmar el pago efectivo del valor antes señalado, en un plazo que no exceda 20 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe vencido el cual, sin que ello se cumpliere, esta Entidad...
En efecto, las observaciones planteadas en los capítulos II, examen de la materia auditada, numerales 1, modificaciones improcedentes de resoluciones afectas al trámite de toma de razón mediante resoluciones exentas de dicho trámite, punto 1.2, modificación de contrato efectuado mediante trato directo, respecto de la resolución exenta N° 244, de 2018, que modificó la designación de la contraparte técnica del contrato aprobado por la resolución N° 47, de 2017; y 5, falta de registro en Chile Proveedores; y III, examen de dientas, multas no cobradas por incumplimiento en plazo de entrega de productos o servicios, respecto del segundo informe correspondiente al mes de enero de 2018, por la cantidad de $ 4.449.537, se levantan al tenor de las precisiones realizadas.
En cuanto a lo observado en el capítulo III, examen de cuentas, multas no cobradas por incumplimiento en plazo de entrega de productos o servicios, excepto lo que se refiere al segundo informe del mes de enero de 2018 (AC), la Subsecretaria de Transportes deberá efectuar el cobro de las multas por un total de $ 22.125.389, asociadas a los informes individualizados en el anexo N° 3, y remitir los antecedentes que permitan confirmar el pago efectivo del valor antes señalado, en un plazo que no exceda 20 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe vencido el cual, sin que ello se cumpliere, esta Entidad...
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