Decreto 79 - FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE;PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y;RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA;EMPRESA AGUAS SAN PEDRO S.A. EN EL SECTOR ALERCE,;COMUNA DE PUERTO MONTT, X REGION - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241158202

Decreto 79 - FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE;PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y;RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA;EMPRESA AGUAS SAN PEDRO S.A. EN EL SECTOR ALERCE,;COMUNA DE PUERTO MONTT, X REGION

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SAN PEDRO S.A. EN EL SECTOR ALERCE, COMUNA DE PUERTO MONTT, X REGION

Núm. 79.- Santiago, 22 de febrero de 2007.- Vistos:

  1. - El artículo 15º del D.F.L. Nº382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas, Ley General de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la ley N°19.549.

  2. - El artículo 32º del D.S. Nº1.199 de 2004 del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento del D.F.L.

    N°382 de 1988.

  3. - El D.F.L. N°70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas.

  4. - El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS. N°453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  5. - La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549, del Ministerio de Obras Públicas.

  6. - El artículo 100° del D.S. N°1.199/2004 del Ministerio de Obras Públicas.

  7. - La solicitud de concesiones sanitarias para la atención de un sector urbano de la localidad de Alerce, de la comuna de Puerto Montt, X Región.

  8. - El Estudio Tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios efectuado con ocasión del proceso concesional de nueva concesión.

  9. - Carta recibida el 16-01-07 de la Empresa Aguas San Pedro S.A.

  10. - Acta del acto público de recepción de antecedentes.

  11. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  12. - Que, las empresas de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado de aguas servidas están sujetas a la fijación tarifaria establecida por el D.F.L. M.O.P. Nº 70/88 y su reglamento.

  13. - Que, la tarifa determinada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios e informada al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no tuvo observaciones por parte de esta Secretaría de Estado, según lo señaló en su oficio Nº 94, de 08.01.07.

  14. - Que, las tarifas ofrecidas en su postulación por la única empresa solicitante resultaron ser superiores a las determinadas por la autoridad. En razón de esta postura, se debió comunicar al interesado la tarifa oficial para que reestudiara su oferta o se desistiera de ella.

  15. - Que, por presentación de fecha 16.01.07, la Empresa Aguas San Pedro S.A., informó a la Superintendencia de Servicios Sanitarios el hecho de haber aceptado la tarifa fijada por la autoridad.

  16. - Que se ha dado cumplimiento a lo prescrito en el artículo 15° del DFL MOP N°382/88 y DS MOP N°1.199/2004.

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para los usuarios finales de la Empresa Aguas San Pedro S.A., que atiende al sector Alerce, X Región:

  17. DE LAS FORMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICION DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF * IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable

    parejo ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 * IN2 + CV2 * IN3

    1.1.3. Cargo variable por servicio de alcantarillado

    de aguas servidas ($/m3): CVAL

    CVAL = CV3 * IN4 + CV4 * IN5

    1.2. DEFINICION, VALOR DE LOS CARGOS TARIFARIOS Y

    MECANISMO DE INDEXACION

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2005, son los indicados a continuación.

    1.2.1. Definición y valor de cargos tarifarios

    Variable Definición Valor

    CF Cargo fijo por cliente. 835,61

    CV1 Cargo variable por producción

    de agua potable. 209,52

    CV2 Cargo variable por distribución

    de agua potable. 122,25

    CV3 Cargo variable por recolección

    de aguas servidas. 78,51

    CV4 Cargo variable por disposición

    base de aguas servidas 21,93

    1.2.2. Polinomios de Indexación

    Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai * IIPC + bi * IIPMI + ci * IIPMN

    donde:

    IIPC: Índice del Índice de Precios al Consumidor,

    calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el

    Índice de Precios al Consumidor, publicado por

    el INE e IPCo el correspondiente a diciembre de

    2005, IPCo = 121,12.

    IIPMI: Índice del Índice de Precios al por Mayor de

    Productos Importados del Sector Industrial

    calculado como IPMI/IPMIo, en que IPMI es el

    Índice de Precios al por Mayor de Productos

    Importados del Sector Industrial, publicado por

    el INE e IPMIo el correspondiente a diciembre

    de 2005, IPMIo = 172,68.

    IIPMN: Índice del Índice de Precio al por Mayor de

    Productos Nacionales del Sector Industrial,

    calculado como IPMN/IPMNo, en que IPMN es el

    Índice de Precios al por Mayor del Sector

    Industrial, publicado por el INE e IPMNo el

    correspondiente a diciembre de 2005, IPMNo =

    220,16.

    A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi.

    Variable INi ai bi ci

    CF Cargo fijo cliente IN 1 0,8000 0,0000 0,2000

    CV1 Cargo variable

    producción de

    agua potable IN 2 0,3440 0,1220 0,5340

    CV2 Cargo variable

    distribución de

    agua potable IN 3 0,4000 0,0830 0,5170

    CV3 Cargo variable por

    recolección de

    aguas servidas IN 4 0,3860 0,1310 0,4830

    CV4 Cargo variable por

    disposición de

    aguas servidas IN 5 0,3750 0,1870 0,4380

    Cargos por Riles IN 6 1,0000 0,0000 0,0000

    Cargo por Grifos IN 7 0,1328 0,6292 0,2380

    Cargos por Corte

    y Reposición IN 8...

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