Decreto 79 - FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE;PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y;RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA;EMPRESA AGUAS SAN PEDRO S.A. EN EL SECTOR ALERCE,;COMUNA DE PUERTO MONTT, X REGION
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SAN PEDRO S.A. EN EL SECTOR ALERCE, COMUNA DE PUERTO MONTT, X REGION
Núm. 79.- Santiago, 22 de febrero de 2007.- Vistos:
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- El artículo 15º del D.F.L. Nº382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas, Ley General de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la ley N°19.549.
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- El artículo 32º del D.S. Nº1.199 de 2004 del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento del D.F.L.
N°382 de 1988.
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- El D.F.L. N°70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas.
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- El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS. N°453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
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- La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549, del Ministerio de Obras Públicas.
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- El artículo 100° del D.S. N°1.199/2004 del Ministerio de Obras Públicas.
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- La solicitud de concesiones sanitarias para la atención de un sector urbano de la localidad de Alerce, de la comuna de Puerto Montt, X Región.
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- El Estudio Tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios efectuado con ocasión del proceso concesional de nueva concesión.
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- Carta recibida el 16-01-07 de la Empresa Aguas San Pedro S.A.
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- Acta del acto público de recepción de antecedentes.
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- Estos antecedentes.
Considerando:
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- Que, las empresas de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado de aguas servidas están sujetas a la fijación tarifaria establecida por el D.F.L. M.O.P. Nº 70/88 y su reglamento.
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- Que, la tarifa determinada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios e informada al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no tuvo observaciones por parte de esta Secretaría de Estado, según lo señaló en su oficio Nº 94, de 08.01.07.
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- Que, las tarifas ofrecidas en su postulación por la única empresa solicitante resultaron ser superiores a las determinadas por la autoridad. En razón de esta postura, se debió comunicar al interesado la tarifa oficial para que reestudiara su oferta o se desistiera de ella.
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- Que, por presentación de fecha 16.01.07, la Empresa Aguas San Pedro S.A., informó a la Superintendencia de Servicios Sanitarios el hecho de haber aceptado la tarifa fijada por la autoridad.
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- Que se ha dado cumplimiento a lo prescrito en el artículo 15° del DFL MOP N°382/88 y DS MOP N°1.199/2004.
Decreto:
Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para los usuarios finales de la Empresa Aguas San Pedro S.A., que atiende al sector Alerce, X Región:
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DE LAS FORMULAS TARIFARIAS
1.1. DEFINICION DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS
1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL
CFCL = CF * IN1
1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable
parejo ($/m3): CVAP
CVAP = CV1 * IN2 + CV2 * IN3
1.1.3. Cargo variable por servicio de alcantarillado
de aguas servidas ($/m3): CVAL
CVAL = CV3 * IN4 + CV4 * IN5
1.2. DEFINICION, VALOR DE LOS CARGOS TARIFARIOS Y
MECANISMO DE INDEXACION
La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2005, son los indicados a continuación.
1.2.1. Definición y valor de cargos tarifarios
Variable Definición Valor
CF Cargo fijo por cliente. 835,61
CV1 Cargo variable por producción
de agua potable. 209,52
CV2 Cargo variable por distribución
de agua potable. 122,25
CV3 Cargo variable por recolección
de aguas servidas. 78,51
CV4 Cargo variable por disposición
base de aguas servidas 21,93
1.2.2. Polinomios de Indexación
Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:
INi = ai * IIPC + bi * IIPMI + ci * IIPMN
donde:
IIPC: Índice del Índice de Precios al Consumidor,
calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el
Índice de Precios al Consumidor, publicado por
el INE e IPCo el correspondiente a diciembre de
2005, IPCo = 121,12.
IIPMI: Índice del Índice de Precios al por Mayor de
Productos Importados del Sector Industrial
calculado como IPMI/IPMIo, en que IPMI es el
Índice de Precios al por Mayor de Productos
Importados del Sector Industrial, publicado por
el INE e IPMIo el correspondiente a diciembre
de 2005, IPMIo = 172,68.
IIPMN: Índice del Índice de Precio al por Mayor de
Productos Nacionales del Sector Industrial,
calculado como IPMN/IPMNo, en que IPMN es el
Índice de Precios al por Mayor del Sector
Industrial, publicado por el INE e IPMNo el
correspondiente a diciembre de 2005, IPMNo =
220,16.
A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi.
Variable INi ai bi ci
CF Cargo fijo cliente IN 1 0,8000 0,0000 0,2000
CV1 Cargo variable
producción de
agua potable IN 2 0,3440 0,1220 0,5340
CV2 Cargo variable
distribución de
agua potable IN 3 0,4000 0,0830 0,5170
CV3 Cargo variable por
recolección de
aguas servidas IN 4 0,3860 0,1310 0,4830
CV4 Cargo variable por
disposición de
aguas servidas IN 5 0,3750 0,1870 0,4380
Cargos por Riles IN 6 1,0000 0,0000 0,0000
Cargo por Grifos IN 7 0,1328 0,6292 0,2380
Cargos por Corte
y Reposición IN 8...
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