Decreto 204 EXENTO - FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456512722

Decreto 204 EXENTO - FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO

EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 6 de Junio de 2012

FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO

Núm. 204 exento.- Santiago, 5 de junio de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N° 19.030 y sus modificaciones, en especial las introducidas por la ley N° 20.493; en el decreto supremo N° 211, de 2000, que aprueba nuevo Reglamento de la ley Nº 19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, modificado por decreto supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería; el Of. Ord. N° 193/2012, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa al tenor de lo establecido en los arts. y del referido Reglamento, y en la Resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

1- Fíjanse los Precios de Referencia y Paridad del Kerosene Doméstico:

.

2- Los precios establecidos en el numeral precedente entrarán en vigencia el día jueves 7 de junio de 2012.

Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Bunster Betteley, Ministro de Energía.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Hernán Moya Bruzzone...

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