Causa nº 35216/2017 (Casación). Resolución nº 7 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 4 de Diciembre de 2017
Corte en Segunda Instancia | - C.A. de Concepción |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Rol de ingreso en primera instancia | C-163-2016 |
Número de expediente | 35216/2017 |
Fecha | 04 Diciembre 2017 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 242-2017 |
Partes | FIGUEROA / VALENZUELA (CAROL DANIELA FIGUEROA GONZALEZ CON EDGARD AUGUSTO VALENZUELA SAAVEDRA) |
Sentencia en primera instancia | - JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CABRERO |
Número de registro | 35216-2017-7 |
Santiago, cuatro de diciembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:
Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirmó la de mérito que acogió la demanda, con declaración que la pensión alimenticia se regula en la suma de $500.000.
Que el recurrente denuncia infringido el artículo 32 de la Ley 19.968, porque los jueces sustentaron su decisión en antecedentes aportados por la demandante, que no fueron ratificados por la prueba rendida, sin que conste el real monto al que ascienden los gastos de los alimentarios. Solicita invalidar la sentencia del grado y dictar una de reemplazo que rechace la demanda.
Que, en lo que interesa, los sentenciadores dieron por acreditados los siguientes hechos: 1.- Las partes son padres de los niños D.A. y M.P., ambos V.F., de nueve y cuatro años de edad, respectivamente; quienes cursan educación básica y prebásica, asistiendo a un colegio que no requiere pago de matrícula, ni mensualidad, sin perjuicio, de los gastos derivados de cuotas del centro de padres, transporte escolar, colaciones, uniformes, útiles escolares, salud y recreación, entre otros. 2.- La demandante y los niños, habitan un inmueble de propiedad del demandado, por el cual no paga rentas de arrendamiento, ni dividendos, pero, que requiere reparaciones, pues se trata de una vivienda cuya construcción no está terminada y que, en algunos sectores, carece de luz o agua caliente; cuentan con apoyo doméstico, además de incurrir en gastos como calefacción, servicios básicos y alimentación; en cuanto a sus ingresos, se desempeña como profesora, percibiendo haberes líquidos cercanos a los $700.000, es dueña de un inmueble y no posee vehículos, no tiene más cargas de familia. 3.- El demandado se desempeña como Director de Control en la Municipalidad de C., percibiendo una remuneración bruta de $1.795.751, más incentivos de carácter variables, además de participar en una sociedad de responsabilidad limitada, dedicada al giro de la construcción; posee un vehículo del año 2005, y dos inmuebles, un departamento con estacionamiento y bodega, ubicado en la ciudad de Concepción, y el que habitan la demandante y los hijos, además, tuvo otro, que, una vez...
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