Resolución núm. 1688 EXENTA, publicada el 04 de Agosto de 2010. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
Santiago, 29 de julio de 2010.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.688 exenta.- Vistos: Estos antecedentes y lo dispuesto en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el decreto supremo Nº 250, de 2004 y sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 19.886; en el decreto ley Nº 3.346, de 1980, de Justicia, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la ley Nº 20.407, de Presupuestos del Sector Público para el año 2010; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en el decreto Nº 291, del Ministerio de Justicia, de nombramiento de la Subsecretaria de Justicia, Patricia Pérez Goldberg, de 11 de marzo de 2010; en el decreto Nº 410, de 1992, del Ministerio de Justicia, que faculta al Jefe del Departamento Administrativo para firmar materias que indica; en el memorándum Nº 844, de 14 de mayo de 2010, del Jefe del Departamento Administrativo; en el memorándum Nº 537, de 13 de julio de 2010, de la Jefa de la División Jurídica; en la providencia Nº 715, de 21 de julio de 2010, de la Subsecretaria de Justicia; y
Considerando:
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- Que, la delegación de facultades es una institución contemplada en la ley cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, en virtud de la cual, es posible delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias de que se encuentra dotada una autoridad determinada, mecanismo que deberá efectuarse de forma parcial, sobre materias específicas y en funcionarios de su dependencia.
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- Que, es necesario agilizar los procedimientos administrativos internos de la Subsecretaría de Justicia, dando cumplimiento a los principios de economía procedimental y eficiencia contemplados en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.
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- Que, para dar cumplimiento a lo...
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